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Aplicaciones tan conocidas como WhatsApp, Telegram, etc, se ha convertido en los últimos tiempos en una herramienta habitual de uso en el ámbito militar – como en el resto de la sociedad- muy eficaz en la transmisión de órdenes, pero que comporta un riesgo para la seguridad de las operaciones, la posibilidad de comunicar datos sensibles, usos inadecuados, y un largo etc.

Dada la gran amplitud de uso de estas aplicaciones, y la inexistencia de una definición y delimitación sobre su uso, resulta un tema complejo al no estar regulado, y sobre el que se están dando múltiples interpretaciones, no siempre pacíficas, sobre si es correcto para la trasmisión de órdenes, qué tipo de ordenes y en qué horarios.

El Militar debe cumplir las órdenes que le sean dadas y que deben ser trasmitidas por un medio eficaz y conveniente que se establezca en la Unidad. El WhatsApp como herramienta para transmitir dichas órdenes, así como la pertenencia a grupos de trabajo en las Unidades supone, sin duda, un aumento de la eficacia y la mejora del servicio.

Dado que todavía no hay nada legalmente establecido y mas allá de lo expuesto anteriormente, la jurisprudencia de los tribunales militares viene aceptando este medio siempre que lo hayan acordado pacíficamente ambas partes: el dador y el receptor de la orden.

El problema se produce cuando tiene lugar un abuso de trasmisión de órdenes, a cualquier hora y a cualquier día de la semana y no hay “necesidades del servicio justificadas”, contraviniendo manifiestamente lo expuesto anteriormente.

Esta problemática ha sido llevada al Consejo de personal de las Fuerzas Armadas en repetidas ocasiones, y ha dado lugar a una comunicación por parte de la SECRETARIA PERMANENTE COPERFAS/SUBSECRETARIA DE DEFENSA, dirigida a todas las Asociaciones profesionales, así como a las distintas Jefaturas de Personal de los Ejércitos que literalmente dice:

TRANSMISIÓN DE ÓRDENES A TRAVÉS DE GRUPOS DE WHATSAPP: En todo caso, podrían reiterarse las recomendaciones a los Mandos y Jefaturas de Personal sobre un buen uso de WhatsApp en las unidades bajo los criterios de: voluntariedad, no transmitir información sensible y transmitir mensajes para informar, coordinar y anticipar actuaciones.

No puede negarse la utilidad del WhatsApp ni la habitualidad de su uso que redunda en la rapidez de las comunicaciones y en la eficacia del servicio. Podría debatirse si, reuniendo los requisitos exigibles a una orden, ésta podría transmitirse por cualquier medio o no, pero no parece conveniente establecer una lista tasada de medios/canales para la transmisión de órdenes.

Los tribunales admiten el valor probatorio de las conversaciones de WhatsApp en causas civiles y penales.

Por último y para mayor claridad, existe una clarísima sentencia del Tribunal Militar Territorial, núm. 1, del año 2020, en la que considera legítimo el uso del WhatsApp, eficaz, y conveniente como medio usado por la mayoría de la sociedad española.

“Efectivamente, el hecho de que se alegue que fuera de su jornada laboral la recurrente no tiene obligación de estar conectada con su Unidad hemos de argumentar que con independencia de la necesaria y conveniente regulación de horarios en las Unidades, que ha de compatibilizarse -y más en el caso de la recurrente que tiene hijos menores de edad- con la necesidades familiares y la vida personal del militar, no es menos cierto que el militar ..."estará en disponibilidad permanente para el servicio, que se materializará de forma adecuada al destino que se ocupe y a las circunstancias de la situación, y realizará cualquier tarea o servicio con la máxima diligencia y puntualidad, tanto en operaciones como para garantizar el funcionamiento de las unidades".

“No obstante lo expuesto, no debe dejar de reconocerse que la organización de la Unidad en cuanto a la forma de comunicarse con los allí destinados para el cumplimiento de las órdenes necesarias para su buen funcionamiento, al parecer tiene puntos débiles y puede llevar a situaciones ante la que nos encontramos. Así, un modo más eficaz de comunicación podría haber evitado la situación creada. Ahora bien, tampoco podemos obviar dos elementos de la máxima importancia en este punto. En primer lugar el afirmar que el WhatsApp es una forma inadecuada de transmisión de una orden. No podemos sino estar en el más absoluto desacuerdo con tal afirmación, máxime cuando se trata de una función usada por una inmensa mayoría de las personas que utilizamos telefonía móvil. Es cierto que no es obligatorio tenerla instalada, ni utilizarla, ni siquiera tener móvil, pero una vez constatado el hecho de que la recurrente tenía este tipo de aplicación y que era habitualmente utilizada por ella, no hay inconveniente en ser reconocida como medio eficaz, adecuado y legítimo. Y ello con independencia de que podría ser conveniente la utilización de otro medio más eficaz que pudiera ser utilizada por todo el personal sin necesidad de depender de tal sistema.”

“En segundo lugar, recordar que lo que aquí se está valorando es el hecho de que la sancionada, no cumplió la orden recibida de su Jefe de Pelotón vía WhatsApp, habiendo leído dicho mensaje, contestando al mismo y teniendo en consecuencia una conversación telefónica con su Jefe de Sección …

“Además de incumplir con su deber y responsabilidad … se limitó a discrepar respecto de la idoneidad del teléfono móvil para transmitir ordenes relativas al servicio, que la orden se le dio fuera de las horas de trabajo el día anterior y que la orden la considera ilegitima por no darse de forma adecuada.

 

Según el Gabinete Jurídico de ASFASPRO se debe tener claro que esta reclamación NO afecta a todos los militares que pasaron a retiro entre el 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, solo a algunos casos concretos, y siempre que se cumplan una serie de condiciones.

De forma general, el "complemento por maternidad en las pensiones " es el que existía “solo” para las mujeres durante el periodo del 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 hasta el "complemento para la reducción de la brecha de género" que entró en vigor a partir del 4 de febrero de 2021.

El complemento por maternidad, origen de la presente controversia, se implementó conjuntamente, tanto para el régimen general de la Seguridad Social, como para el especial de Clases Pasivas

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 12 de diciembre de 2019 determinaba que dicho complemento se reconociera por la Ley únicamente para las mujeres y no para los hombres y en consecuencia, la sentencia nº 163/2022 del

Tribunal Supremo, del 17 de febrero de 2022, ratifica que los hombres con pensiones concedidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 ya pueden reclamar definitivamente el complemento de paternidad, por lo que su pensión puede incrementarse entre un 5 y un 15% desde este  momento y durante toda la vida de la pensión.

Posteriormente se podría tener derecho al complemento que se regula a partir del 4/2/ 2021 de acuerdo a lo dispuesto en la Disposición adicional decimoctava.

Complemento para la reducción de la brecha de género del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-12636

Pero para que los hombres puedan tener derecho al reconocimiento del complemento deberá concurrir alguno de los siguientes requisitos:

- Causar una pensión de jubilación o retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, según los siguientes requisitos que se detallan una serie de supuestos, por lo que si se da alguno de ellos, se supone que se daría el supuesto al derecho.

Dichos supuestos son:

- Causar una pensión de jubilación o retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad por haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción en los supuestos que se determinan en el Complemento para la reducción de la brecha de género

https://www.portalclasespasivas.gob.es/sitios/clasespasivas/es

ES/PENSIONESCLASESPASIVAS/pensionesjubilacion/Paginas/Normasgenerales.asp

Entonces ¿Quién puede pedir el complemento de “paternidad” entre 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021?

Hay muchos casos y situaciones, pero en ningún caso es un incremento de la pensión general, y podría solicitarlo quien cumpla:

- Que la pensión se reconociera entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, fuera de carácter forzoso o por incapacidad permanente para servicio o inutilidad, quedando excluidas por tanto las jubilaciones voluntarias. Por lo tanto, no es posible reclamarlo si reconocieron la pensión antes del 2016 ni a partir del 4 de febrero de 2021. (podrá en su caso reclamar la correspondiente a partir del 4 de febrero).

- Que los hijos nacidos o adoptados sean al menos dos, y que dicha circunstancia se haya producido con anterioridad al hecho causante de la pensión. No importa la edad de los hijos.

- La pensión puede incrementarse entre un 5 y un 15% desde el momento de su reconocimiento y durante toda la vida de la pensión. (Recordemos que existe una

prescripción de 4 años desde que se curse la petición).

- El caso “más habitual” será el de un militar, viudo, soltero, divorciado, que dándose las condiciones anteriores no lo cobrará por ser hombre. Casado, cuya mujer no lo cobrará.

- Si su mujer estuvo cobrando el complemento de maternidad en ese periodo, ¿se puede solicitar el de paternidad?

Con la nueva normativa que entró en vigor el 4 de febrero se deja muy claro que no pueden beneficiarse a la vez del complemento para la reducción de la brecha de género los dos, sino que se concederá a aquel de los dos cuya pensión -o pensiones- tenga menor importe.

De este modo, el reconocimiento del complemento al segundo progenitor supondría la extinción del previamente adjudicado al primero de ellos.

Así si su mujer cobró el complemento de maternidad, y ahora se solicita el de paternidad, en buena lógica, corregida la discriminación, y con la nueva ley en vigor

se denegará, pero nada impide solicitarlo.

- La solicitud NO NECESITA DE NINGUN ABOGADO, se puede hacer con firma electrónica “on line”.

 

 

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De nuevo, los Tribunales han dado cobertura a la difícil y quebradiza situación retributiva y de conciliación familiar del militar.

El gabinete jurídico de ASFASPRO, Novex Jurídico, fue el primero que consiguió varias sentencias estimatorias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dónde se reconocía el derecho de varios socios y socias a percibir la indemnización por residencia durante el tiempo de disfrute de la reducción de jornada laboral por guarda legal de un hijo menor de 12 años o mayor de edad con discapacidad y necesitado de especial protección (Sentencia núm. 495/2017 de 18 de septiembre y Sentencia núm. 171/2018 de 22 de marzo).

La indemnización por residencia es una compensación económica que percibe el personal funcionario, según su grupo retributivo, por residir en determinados lugares como Ceuta, Melilla, las Islas Baleares y las Islas Canarias. Sin embargo, venía ocurriendo que a aquellos funcionarios que tenían reconocida una reducción de jornada laboral, también se les reducía proporcionalmente la indemnización por residencia que le correspondía.

Tras varias sentencias estimatorias, el Estado mediante la Abogacía del Estado interpuso contra varias de ellas, recurso de casación ante el Tribunal Supremo al entender legal la reducción de la indemnización por residencia y ello en base al Decreto 361/1971 de 18 de febrero, sobre indemnización por residencia. Reciénteme el Tribunal Supremo en sentencias núm. 928/2022 de 6 de julio y núm. 955/2022 de 7 de julio, ha desestimado los recursos interpuestos por la Abogacía del Estado, volviendo a dar la razón a los argumentos planteados por el gabinete jurídico de ASFASPRO, fijando doctrina casacional:

A diferencia de lo que ocurría cuando el Decreto 361/1971 fue aprobado, hay ciertos supuestos de reducción de jornada - como el aquí considerado- que constituyen un derecho subjetivo del militar y, por consiguiente, que no admite un margen significativo de discrecionalidad en cuanto a su otorgamiento. Así por el contexto del momento en que la mencionada norma reglamentaria fue aprobada, cabe considerarla poco acorde con las previsiones legislativas vigentes en materias de permisos de los empleados públicos, incluidos los militares. La plena efectividad de las correspondientes normas legales justifica, por tanto, limitaciones a la eficacia del art. 6 del Decreto 361/1971 en aquellos supuestos en que la reducción de jornada es un derecho subjetivo.

A ello debe añadirse que la consideración de índole finalista hecha por la Sala de instancia tiene peso: la indemnización por residencia busca compensar el riesgo o la penosidad del lugar de destino; riesgo o penosidad que, efectivamente, no desaparecen durante el tiempo en que la jornada de trabajo ha sido reducida.”

Esta importantísima JURISPRUDENCIA CASACIONAL, que viene tras más de seis años de trabajo en tribunales del gabinete jurídico de ASFASPRO, abre la puerta a reclamar los descuentos realizados por la Administración en los cuatros últimos años tanto al personal de las Fuerzas Armadas, como a los funcionarios  de la Administración General del Estado, así como a los miembros  de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a los Funcionarios de Prisiones… y en general a todo el personal del Sector Público destinado en esas localidades y al que le hayan reducido la indemnización por residencia por tener concedida una reducción de jornada laboral.

Los nuevos socios de ASFASPRO de cuota integral podrán reclamar, con el asesoramiento del gabinete jurídico y sin coste alguno en vía administrativa, la disminución de la indemnización por residencia por tener concedida una reducción de jornada laboral por conciliación en los últimos cuatro años.

Finalmente, conviene recordar que en el año 2015 el Ministerio de Defensa se negó en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas a reconocer este derecho a los militares. De nuevo han sido los Tribunales los que han dado cobertura a la difícil y quebradiza situación retributiva y de conciliación familiar del militar.

El mundoDecenas de militares exigen mejoras en salarios para dignificar la profesión

 

Vozpopuli  Cientos de militares protestan en Madrid por sus bajos salarios: "Robles, abre la hucha"

Radio Televisión Canaria: Los militares se movilizan en Madrid para exigir mejoras salariales

Telemadrid: Los militares se manifiestan para pedir mejores condiciones y más medios

El pais:  Cientos de militares se manifiestan en Madrid a cuatro días de la cumbre de la OTAN

Diario de ferrol: Decenas de militares exigen mejoras en salarios para dignificar la profesión

 

El Confidencial Digital: Defensa recibió más de 300 quejas escritas de militares que reclaman la equiparación salarial

 

El lideal gallego:  Decenas de militares exigen mejoras en salarios para dignificar la profesión

 

Onda Regional: El dato. Asociaciones profesionales piden mejores retribuciones para los militares

 

El Faro Melilla: Asfaspro, ATME y UMT se manifestarán en Madrid este sábado por una carrera y retribuciones dignas

Telediario 15 horas de Radio Televisión Española minuto 27:39: El dato. Asociaciones profesionales piden mejores retribuciones para los militares

 

El Pais: Defensa se abre a revisar los sueldos de los 120.000 militares españoles

 

Informativo de Radio Nacional de España del viernes 8/7/2022   DocumentoPDF (clic en el icono para reproducir la entrevista)

Radar 3.0. del domingo 10 a las 9:30    DocumentoPDF (clic en el icono para reproducir la entrevista)

 

Compañeros, familiares, amigos, ciudadanas y ciudadanos, buenos días y gracias por acompañarnos.

Me permitiréis que varíe el formato de la proclama final de la manifestación y que lea la carta que enviamos hace unos días a Míster Jens Stoltenberg, Secretario General de la OTAN.

 

Estimado Sr. Stoltenberg,

Vd. no me conoce personalmente, pero me conoce como un combatiente de la OTAN, pues eso es lo que he sido en numerosos ejercicios y misiones internacionales y es en lo que puedo convertirme en cualquier momento, como tantos miles de soldados españoles. Y ambos sabemos lo que espera de un combatiente OTAN.

Vd, Sr. Stoltenberg, sabe bien que para que un ejército sea operativo y pueda cumplir su misión no basta con disponer de las armas más modernas y eficaces, es necesario que el personal que las maneja tenga la moral alta y cuente con espíritu de victoria. ¿Qué hace falta para ello? Algo que los militares españoles no tenemos: sentirnos valorados y apreciados, contar con una carrera satisfactoria y de prestigio, disponer de unas retribuciones dignas. Porque recibir buenas palabras y medallas sin valor en lugar de la nómina adecuada no es valorarnos ni apreciarnos, no sirve para pagar el pan de nuestros hijos.

Tras años y años en que España no ha aumentado el presupuesto de Defensa para llegar al 2% que se estableció en la cumbre de 2014, el golpe de realidad de la invasión de Ucrania ha provocado que el Gobierno español se haya decidió a incrementarlo con un crédito extraordinario en los próximos Presupuestos Generales del Estado de 2023. Son 3000 millones de euros que se quieren dedicar solo a la industria de defensa despreciando una vez más a quienes manejamos ese armamento cada vez más sofisticado.

Se nos trata como carne de cañón buena para el matadero pero no para ser tratada con respeto por nuestra dedicación, nuestra formación y nuestro sacrificio. Va siendo hora de devolver a la profesión militar el prestigio merecido, el reconocimiento a nuestra formación y al trabajo desarrollado, y para ello el primer paso es valorarnos en lo que toca y proporcionarnos una nómina digna, como se hace con cualquier bombero, policía, sanitario o conductor del camión de la basura. Por eso le rogamos que la organización que dirige, a la vez que insiste en que cada país miembro dedique el presupuesto adecuado a la Defensa, dote de una carrera atractiva y de una remuneración digna a los profesionales de la milicia, para garantizar así el grado de motivación y de moral que posibiliten al eficacia del esfuerzo militar, porque sin un personal motivado vamos directos al fracaso.

 

Hemos dirigido esta carta al Secretario General de la OTAN porque esos argumentos los hemos repetido, en diversas formas, a la Ministra de Defensa, que está encantada de conocerse pero rehúsa reunirse con nosotros, como le hemos pedido reiteradamente. Tal vez porque tendría que darse por enterada del mensaje y no quiere hacerlo.

Por eso es tan importante vuestra presencia hoy aquí, porque la ministra y el gobierno van a tener que darse por enterados de los problemas de carrera y de retribuciones que padecemos y les tocará mover ficha para solucionarlos.

Los militares necesitamos una carrera digna y atractiva, unas retribuciones acordes a nuestra formación y nuestro desempeño profesional. No puede ser que un teniente coronel pase de ser jefe de unidad por no cambiar de domicilio familiar, no puede ser que un capitán no se lo piense dos veces antes de colgar el uniforme para irse a Amazon, no puede ser que un sargento primero oposite para dejar atrás los galones siendo guardia civil raso, no puede ser que un soldado no quiera prosperar siendo suboficial de las Fuerzas Armadas porque no le salen las cuentas. No puede ser que un conductor de un coche patrulla policial cobre más que un teniente piloto de avión de caza. No puede ser que entre dos sargentos ocupando vacante de NBQ el complemento del perteneciente a las Fuerzas Armadas sea 730 euros menor que el del compañero de la Guardia Civil.

Es necesario y urgente iniciar el proceso de equiparación, homologación, dignificación salarial en las Fuerzas Armadas y terminar con la explotación laboral a la que estamos sometidos en la actualidad. Porque cuando no se retribuye por el trabajo realizado lo que hay es explotación laboral. Nuestros problemas tienen solución.

 

¡CARRERA Y RETRIBUCIONES DIGNAS!

Manifestación en Madrid el 25 de junio de 2022

El sábado 25 de junio se celebrará en Madrid una nueva manifestación de militares profesionales dirigida, de manera especial, contra los que miran, pero no quieren ver y oyen, pero se niegan a escuchar. Actitud recalcitrante y sistemática de la ministra de Defensa y todo su equipo desde que tomaron posesión de sus cargos.

Aunque seguramente pasará desapercibida para la gran mayoría de medios de comunicación y los principales programas de radio y televisión –que suelen prestar mayor atención a la problemática de otros colectivos– lo cierto es que en pleno siglo XXI se está produciendo en la sociedad española una realidad vergonzosa para cualquier país: el apartheid, la discriminación o la segregación de miles de mujeres y hombres, todos militares profesionales, a los que no se les quiere aplicar la legislación laboral vigente o las retribuciones y las condiciones profesionales que el gobierno defiende fogosamente para el resto de ciudadanos.

Esta vergonzosa discriminación, que venimos denunciando desde hace años en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, en el Congreso y en el Senado y en los medios de comunicación que han querido prestar atención a nuestras demandas, no se refiere a una subida de sueldo puntual o específica, sino a que no se retribuye en su justa medida la singularidad de la profesión militar, como sí se hace con otros servidores públicos como los policías autonómicos y locales, bomberos, los componentes de la Guardia Civil y la Policía Nacional, etc.

¿Por qué se reconoce la singularidad de su profesión a todos estos colectivos y los militares somos excluidos? No hay respuesta.

En las actuales circunstancias, cuando vemos casi todos los días a la ministra de Trabajo y a otros miembros del gobierno exigir a los empresarios y autónomos retribuciones y condiciones laborales justas para sus trabajadores, resulta casi escandaloso que al mismo tiempo ese mismo gobierno se niegue a retribuir la disponibilidad permanente para el servicio, la peligrosidad, la constante movilidad geográfica, el exceso de jornada laboral y el resto de condiciones que hacen singular a la profesión militar, aunque a la ministra de Defensa le parezca mal que lo reclamemos desde esta asociación y se niegue una y otra vez a recibir a nuestros representantes.

En consecuencia, por la defensa de la dignidad de todo el colectivo y sus intereses profesionales, económicos y sociales, además del principio de igualdad reconocido en la Constitución Española, nos dirigimos a todos los militares, a sus familias y al resto de ciudadanos para animarlos a participar en la manifestación convocada el sábado 25 de junio en Madrid.

Reclamar derechos profesionales e igualdad de trato es legal, lo que es inadmisible y contrario a derecho es la segregación o la discriminación de todo un colectivo de servidores públicos. Ninguno de nosotros puede ser considerado un mal militar por defender nuestros derechos y una carrera militar digna.

¡Participa y lucha por tu futuro, el de tu familia y el de las Fuerzas Armadas!

En 2019 la celiaquía dejó de ser causa de exclusión para acceder a la condición militar, sin embargo, junto a otras intolerancias, aparecen como una limitación para participar en varias de las misiones internacionales actuales.

  

La Ley Orgánica 9/2011 de derechos y deberes establece que en las Fuerzas Armadas no cabrá discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Si el cuadro de exclusiones se modificó para incluir en filas a personal con determinadas enfermedades, no parece lógico que ahora no puedan desarrollar su profesión militar en toda su extensión porque no tengamos medios suficientes para garantizar una adecuada alimentación, incluidas las intolerancias a la lactosa y al gluten.

Si estos militares van a tener cortapisas en su carrera por sus condiciones o circunstancias personales, ¿no se les debería advertir antes de su ingreso?

La participación en misiones internacionales tiene un peso muy  importante en las evaluaciones para el ascenso, por lo que su no participación tendrá consecuencias en la futura progresión profesional. Es una muestra más de que los militares necesitan, además de mejores retribuciones, una nueva Ley de carrera militar que asegure una carrera digna y en igualdad de oportunidades.

 

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Se repite el espectáculo, un año más el Ministerio de Defensa dedica buenas palabras al personal militar en el Día de las Fuerzas Armadas. Exclusivamente buenas palabras. El bagaje de actuaciones para resolver los graves problemas sigue igual a cero.

 

Hace pocos días la Ministra de Trabajo y Economía Social acusaba a algunas empresas de los sectores de la construcción, de la hostelería y del transporte de ahuyentar a los empleados por la baja remuneración y las peores condiciones laborales, por lo que quedaban miles y miles de puestos por cubrir. No se deba cuenta de que estaba describiendo la exacta situación del personal que depende de una colega del Consejo de Ministros. Nos referimos a la Ministra de Defensa y el personal militar de las Fuerzas Armadas. Hubiera sido un buen discurso para el Día de las Fuerzas Armadas.

 

No ha sido el caso, las palabras de la titular de Defensa, una vez más, han obviado los graves problemas y en lugar de solucionarlos lanza flores al personal, como si estas buenas palabras sirvieran para pagar la hipoteca, la electricidad de sus hogares o el pan de sus hijos.

 

La Ministra de Trabajo echaba balones fuera –de la Administración- pero si a su gobierno le preocuparan las trabajadoras y los trabajadores que desarrollamos nuestro trabajo en las Fuerzas Armadas, es posible que los adjetivos se le quedaran cortos. Porque a igualdad o similitud de trabajo, los militares siempre, siempre, recibimos mucho menos. Será que tenemos un descuento que se lleva el uniforme.

 

Si la Ministra de Trabajo aplica su análisis a las Fuerzas Armadas podrá comprobar que ha acertado de pleno con su diagnóstico. Las Fuerzas Armadas constituyen un ejemplo de manual de bajas remuneraciones y peores condiciones laborales (disponibilidad plena, movilidad geográfica, penosidad, peligrosidad, sin reconocer la nocturnidad o la festividad en la prestación de servicios, extensión de horarios sin límite… y a cambio de las peores retribuciones del sector público y privado). En las tres categorías militares, que se dice pronto. Si los que mejor están, los oficiales, resulta que en cuanto pueden se van a ofrecer su servicios a otros empleadores: es clásica la fuga de pilotos del Ejército del Aire a las compañías aéreas y en la actualidad los capitanes de los tres ejércitos se van a Amazon –que les triplica el sueldo-. Resulta que los tenientes coroneles no quieren ser jefes de unidad, con lo implica el ejercicio del mando, si eso implica cambiar el domicilio familiar (y eso que algunas son vacantes con beneficio de alojamiento y coche oficial). Si así están los que más cobran y no hacen guardias, cómo van a estar los suboficiales y la tropa, con sus nóminas paupérrimas. Si para estos dos categorías se añade el constante trasiego –y ausencia de la familia sin compensación- de maniobras, ejercicios, navegaciones, innumerables guardias –que no se pagan-, la perspectiva es una carrera con muchas exigencias y bien pocas satisfacciones. Todo ello se convierte en caldo de cultivo para depresiones y suicidios.

 

No obstante, para el Ministerio de Defensa no hay problema alguno y Margarita Robles, como ministra, tiene la solución, muy sencilla, repetir incansablemente un mantra: “Que bueno es el personal militar, cuanto trabaja y que bien que hace su trabajo, que no tiene precio”. La técnica del avestruz, de esconder la cabeza, en este caso no bajo tierra sino entre buenas y bonitas palabras y golpecitos en la espalda. El golpe en todo caso , debería darlo en la mensa del Consejo de Ministros para que su ministerio tuviera el presupuesto adecuado para que sus Fuerzas Armadas tuvieran el material necesario, las instalaciones adecuadas y nóminas dignas y justas para el personal.

 

Un año más, la pantomima ocupa el escenario y los problemas reales siguen creciendo. Esperemos despertar de una vez de este sueño irreal, la defensa de España, como nos enseña Ucrania cada día desde hace tres meses, necesita de unas Fuerzas Armadas dispuestas, preparadas y motivadas, y para eso hace falta seriedad, destinar los recursos suficientes y dejar a un lado la palabrería superflua.

 

¡Feliz Día de las Fuerzas Armadas!

Manifestación por una Carrera y Retribuciones dignas

Madrid, 25 de junio de 2022, a las 12:00 horas

Desde la Puerta del Sol hasta la Plaza de las Cortes

 

 

 

No falles 25J                                                                                                                                              

Cartel familia 12 con logo 25J                                                                                                                                 

 

¿Es legal que un militar participe en una manifestación organizada por asociaciones profesionales militares para reivindicar derechos profesionales, económicos y sociales?

 

 

SÍ.

Para responder a esta pregunta debemos consultar la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y dos importantes sentencias1, una del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del año 2015 y otra del Tribunal Supremo del 2017.

El artículo 13 de la cita ley establece:

“1. El militar podrá ejercer el derecho de reunión, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión pero no podrá organizar ni participar activamente en reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical.

Vistiendo el uniforme o haciendo uso de su condición militar, no podrá organizar, participar ni asistir en lugares de tránsito público a manifestaciones o a reuniones de carácter político, sindical o reivindicativo.”

¿Una manifestación organizada por asociaciones profesionales de militares para demandar derechos profesionales, económicos y sociales tiene carácter reivindicativo? Los tribunales han sido los que han aclarado esta cuestión:

“El término " reivindicativo" no puede comprender cualquier tipo de reivindicación pues ello excluiría toda reivindicación de carácter profesional, social o económico…”

“En todo ejercicio del derecho de reunión y manifestación que -no ha de olvidarse- es una manifestación a su vez del derecho a la libertad de expresión, hay inevitablemente un componente de reivindicación, pero para respetar un contenido mínimo del derecho fundamental que se ejercita (máxime si se trata de su ejercicio por una asociación profesional) se habrá de diferenciar entre la reivindicación meramente profesional, social o económica de la netamente sindical o política, pues en otro caso toda reunión profesional resultaría per se excluida del ejercicio del derecho y, por ende, se dejaría vacío de todo contenido el derecho esencial que se examina.”

En definitiva, la asistencia del militar a este tipo de manifestaciones es totalmente legal.

 

 

 Ven, haz visible tu situación salarial.

Acude con tu familia y amigos.

 

 ¿Por qué nos manifestamos?

1.- Nuestras retribuciones siguen en el furgón de cola de la Admimistración Pública.
2.- Equiparación salarial con los Cuerpos de Seguridad del Estado: Nuestro trabajo tiene igual o más valor.
3.- Las guardias, el trabajo a turnos, la nocturnidad, la extensión de horarios, la peligrosidad, la preparación técnica, la disponibilidad permanente y la movilidad geográfica deben retribuirse.
4.- Un militar no puede ganar menos que un guardia civil, policía nacional o local, que un mossos d´esquadra o ertzaina.
5.- Por una carrera profesional digna, con definición de cometidos, con titulaciones de ingreso adecuadas al grupo retributivo, con un sistema de ascensos justo, con promoción interna real y edad adecuada de pase a la reserva.

 

Desde la Puerta del Sol hasta la Plaza de las Cortes

 

plano manifa

Nos ha costado mucho decidir si publicábamos o no este artículo. Hasta que nos hemos preguntado “¿Si me hubiera pasado a mí, me gustaría que se publicara algo así?”. Y entonces, con dolor por los protagonistas involuntarios, hemos considerado que sí, que querríamos que un hecho luctuoso nuestro sirviera para tratar de evitar otros casos posteriores.

El fin de semana del primero de mayo ha pasado con muy mal sabor de boca para los militares, especialmente para los suboficiales. Dos compañeros brigadas, Pedro G., del Ejército del Aire, y Juan Carlos J., del Ejército de Tierra, decidían poner fin a su vida el sábado 30 de abril en Torrejón de Ardoz y el 1 de mayo en Melilla, respectivamente. Queremos unirnos a sus familias en el dolor y hacerles llegar el abrazo más sentido y más caluroso.

Dos compañeros, dos suboficiales de diferente ejército pero del mismo empleo que con unas horas de diferencia llegaron al límite. Existen las coincidencias, las casualidades, también las luctuosas, pero también existen factores que deberían ser estudiados para evitar, o al menos disminuir, estas situaciones que nadie desea. Son casos diferentes y deberían ser tratados de forma diferente, pero merecen atención.

María José, la esposa de Juan Carlos, ha hecho pública una carta desgarradora

http://copemelilla.com/actualidad/carta-de-maria-jose-avila-montanez-en-memoria-de-juan-carlos-jimena-melendez/117835

en la que describe cómo la trayectoria profesional de su marido comenzó prometedora y satisfactoria hasta que en su tercer empleo de suboficial se volvió gris y descorazonadora.

Hemos perdido dos brigadas, en este empleo se ha alcanzado una plenitud y una experiencia profesional que permiten entender el entorno y vislumbrar el futuro. Para los suboficiales un futuro con perspectivas poco halagüeñas, desarrollando habitualmente un trabajo de superior categoría que ni es retribuido ni es reconocido, lo que es peor todavía. A menudo, cuando se cumple en el puesto de superior categoría se les exige eficiencia plena pero no se les reconoce el nivel ni se les aceptan planteamientos a que obliga el desempeño de ese puesto.

El reconocimiento del trabajo realizado, el valorar al profesional como se merece no es sólo un acto de justicia, es imprescindible para mantener la moral y la autoestima a la vez que puede evitar o disminuir el riesgo de sufrir situaciones límite. Hace años en la Guardia Civil sufrieron una oleada de suicidios, pero atacaron el problema y aumentó la motivación del personal. Hoy la desmotivación cunde en las Fuerzas Armadas, nos sentimos despreciados: los soldados no quieren ser suboficiales, los sargentos (y ya los tenientes) se van a ser guardias civiles o policías rasos, los capitanes se van a Amazon, los tenientes coroneles no quieren mandar unidad si eso les supone cambiar de localidad… Los cambios implican pérdidas e inestabilidad familiar que ni de lejos se quiere compensar con una adecuada retribución. Este último factor, el económico, la estrechez de los salarios, es uno más a tener en cuenta porque resulta ser también una importante forma de presión profesional sobre el individuo.

La situación de los destinos, la movilidad geográfica, las retribuciones, las indemnizaciones con razón del servicio que cada vez son menores, el mal uso de los IPEC (informe personal de calificaciones), del CDE (complemento de dedicación especial), de las evaluaciones (para el ascenso), que en demasiadas ocasiones son percibidos por los subordinados como cacicadas... son caldo de cultivo para estos desenlaces. Estas circunstancias negativas pueden potenciar otras circunstancias particulares, íntimas y personales, y quien las sufre puede no encontrar otra salida.

Es necesario que el Ministerio de Defensa reaccione, por un lado, con planes tangibles de valoración del personal que vayan más allá de las buenas intenciones y de las buenas palabras, pues los elogios no sirven para nada sin actos que los materialicen. Necesitamos poner en valor la profesión militar, reconocer, dignificar al personal para que se sienta realizado y comprendido. Y, de forma más específica, el ministerio debería tener un programa o protocolo que trate de detectar este problema entre el personal y actuar para tratarlo. Nos hacen IPECS, PAFAS (pruebas de aptitud física), ICCS (capacidades básicas comunes del combatiente), tomas de muestras en el Plan anti Droga todos los años…, pues además del reconocimiento médico a lo mejor vendría bien uno psicológico... medidas de prevención por parte del ministerio para evitar suicidios.

 

Que Pedro y Juan Carlos sean los últimos compañeros que pasen por esa puerta de salida. DEP.