ASFASPRO presentó ocho (8) propuestas para ser debatidas en el pleno, de las cuales sólo cinco (5) fueron admitidas. Entre las propuestas no admitidas se encuentra la que pretende que el Ministerio de Defensa promueva la inclusión de los créditos necesarios en los próximos Presupuestos Generales del Estado de 2023 para hacer efectivo el aumento del nivel de complemento de empleo del sargento y del resto de empleos superiores hasta teniente.
ASFASPRO también presentó dos preguntas sobre las retribuciones del militar en los Presupuestos Generales del Estado de 2023, que no fueron respondidas en el pleno posponiendo su contestación a un futuro.
Este hermetismo acerca de las remuneraciones contrasta con las noticias cincoaparecidas en un medio digital de comunicación [1] en el que se describía una futura modificación del Reglamento de retribuciones con un incremento de 100€ mensuales de media. Al parecer se planea establecer una parte estructural del CDE y mejorar el CGCE. Lo primero coincide con lo tratado en la Comisión de Trabajo sobre retribuciones del Consejo de Personal.
¿Cómo es posible que el Consejo de Personal -al menos la parte que representa a los miembros de las Fuerzas Armadas- se entere por la prensa de lo que pretende el ministerio? La propia Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas establece que el Consejo de Personal debe tener conocimiento sobre el régimen retributivo y debe recibir información sobre política de personal.
La responsable de este desaguisado, la Sra. Robles, continúa desparecida para las asociaciones y el Consejo de Personal.
[1] https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/politica/gobierno-subira-sueldo-100-euros-mes-partir-enero-120000-militares/20221007102529460051.html
DESARROLLO DEL PLENO Y ASUNTOS TRATADOS MÁS IMPORTANTES
El pasado día 05 de octubre tuvo lugar el tercer pleno ordinario de 2022. Al mismo, y presidido por la Subsecretaria de Defensa, asistieron el Secretario General Técnico (SEGENTE), el Director General de Personal Militar (DIGENPER), el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM), el Subdirector General de Personal Militar, el Subdirector General de Enseñanza Militar, los Mandos de Personal de los Ejércitos y la Armada, el Director del Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Defensa, el Secretario General Gerente del ISFAS y los representantes de las asociaciones profesionales ASFASPRO, AUME, UMT y APROFAS.
En la apertura de la sesión y tras la lectura del orden del día, ASFASPRO solicitó conocer el porqué de la no inclusión en el pleno de la propuesta de Recopilación de información sobre edades de pase reserva y retiro de ejércitos europeos.
La presidencia cedió la palabra al secretario permanente, quien explicó que en la Comisión preparatoria del pleno no había existido acuerdo entre todos los participantes porque la asociación APROFAS adujo que era una solicitud de información. APROFAS manifestó que la razón alegada para no incluirse en el pleno no era coherente porque en otras ocasiones no ha habido consenso entre los miembros de la preparatoria y las propuestas han terminado tratándose en el pleno. ASFASPRO manifestó que este era un precedente muy preocupante porque si una asociación no estaba de acuerdo en tratar alguna propuesta y finalmente no se debatía significaría el final del Consejo. La presidencia zanjó el asunto pidiendo a ASFASPRO que presentase la propuesta como una “solicitud de información” para que sea estudiada. Habrá que esperar a futuras comisiones preparatorias para ver como deriva este tema.
-APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO DE PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS P22-02, DE FECHA 27 DE JULIO DE 22
En dicho pleno ASFASPRO había presentado varias preguntas que fueron respondidas varias semanas después. Con motivo de las respuestas ASFASPRO presentó dos ruegos. Por un lado, que se implante en 2023 el sistema de puntos para la reposición de prendas en la Armada y por otro, que se mejore la gestión del personal celíaco e intolerante al gluten que despliegue en Zona de Operaciones.
-DISPOSICIONES LEGALES Y SUS DESARROLLOS REGLAMENTARIOS A INFORMAR PRECEPTIVAMENTE POR EL CONSEJO DE PERSONAL
Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.
DIGEREM rechazó las alegaciones presentadas por ASFASPRO.
ASFASPRO dejó claro que el proyecto no elimina los límites de edad para los suboficiales porque que ya estaban suprimidos por la Sentencia 269/2022, de 3 de marzo de 2022, del Tribunal Supremo que estimaba el recurso contencioso presentado por esta asociación. También recordó ASFASPRO que lleva desde 2013 solicitando al Consejo la anulación de los límites de edad para la promoción del suboficial y al final había tenido que ser el Tribunal Supremo el que estimara esta pretensión.
ASFASPRO incidió en que si se pretende dar un decidido impulso a la promoción la eliminación de los límites de edad no es suficiente, deben producirse otros cambios como la configuración de las pruebas físicas, el cuadro de exclusiones médicas y el incremento de titulaciones universitarias de acceso.
Además, ASFASPRO explicó que hace pocos días la Policía Nacional anunció la reciente creación de su Centro Universitario en el que se cursará el Grado Universitario en Estudios Policiales para cualificar a los oficiales de policía (equivalentes a cabos en las FAS) en su futuro acceso a la Escala de Subinspección, y el Máster Universitario en Seguridad y Función Policial con el objetivo de formar a los futuros inspectores.
Traducido al militar, bajo el paraguas de la Universidad de Salamanca e informado favorablemente por la ANECA, los policías van a cursar un Grado en materias policiales para ser suboficial y un Master también en materias policiales para ser oficial. Aquí, seguimos en un escalón más bajo con los Títulos de Técnico Superior y de Grado “civiles” para ser suboficial y oficial de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
Por otro lado, en la futura Ley de personal de la Guardia Civil se pretende dar la equivalencia a la formación de los suboficiales al nivel MECES 2, a un Grado universitario genérico.
Finalmente, ASFASPRO tuvo que rebatir varios de los trasnochados e infundados argumentos de APROFAS contrarios a la promoción del suboficial.
-PROPUESTAS PRESENTADAS POR ASFASPRO DEBATIDAS EN PLENO:
https://www.asfaspro.es/component/k2/item/2851-propuestas-para-el-tercer-pleno-del-consejo-de-personal-de-2022
Modificación del art. 12 de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas
Se propone permitir al militar percibir la compensación económica en localidad de destino distinta a la de ubicación de la vivienda militar adquirida o subvencionada hace más de 10 años.
Fue desestimada por parte del Ministerio argumentado el propio artículo 12 y el principio de igualdad de oportunidades. ASFASPRO explicó que es la modificación del artículo lo que se pide en la propuesta y que para el militar la vivienda es un problema importante. Finalmente, la presidenta concluye en trasladar al INVIED que en el momento en que se considere oportuno modificar la ley tengan en cuenta las aportaciones de las asociaciones.
Modificación de la normativa destinos para aclarar determinados plazos de incorporación al destino
La propuesta fue estimada y en la próxima modificación de la Orden Ministerial 76/2011, de 24 de octubre, de destinos y comisiones de servicio del personal militar profesional se analizarán los casos planteados.
Establecimiento de orientaciones en el Ejército del Aire sobre descansos establecidos en los arts. 11.2, 11.3 y 12 Orden DEF/1363/2016
Fue desestimada por parte de MAPER EA porque considera que no hay dos unidades idénticas ni son todas las situaciones equivalentes por lo que debe quedarse a nivel de jefe de unidad la valoración de los descansos y permisos.
¿Cómo es posible que el Ejército de Tierra disponga de estas orientaciones desde hace años y el Ejército del Aire se niegue a su establecimiento con el fin de evitar agravios entre los miembros de una unidad y de otra?
Supresión cuantías máximas por empleo y mes natural de las asistencias (clases, participación en tribunales…), así como su actualización y el pago de todas ellas en el Ejército del Aire
MAPER EA desestimó las propuestas de eliminar el límite por empleo y mes natural y de abonar todas las sesiones realmente impartidas por disponibilidad presupuestaria. Estimó la revisión de las cuantías, que espera sean efectivas en el próximo ejercicio económico.
Las cuantías máximas de las asistencias establecidas por mes y empleo son discriminatorias, además de no ser coherentes con el Reglamento de indemnizaciones por razón del servicio y las normas de DIGEREM sobre la materia.
Anulación del escrito MAPER EA sobre sucesión mando con carácter interino y modificación de la RPM EA para la inclusión de puestos suboficiales jefes de sección.
Las dos partes de la propuesta fueron desestimadas por MAPER EA. Desestimó anular el escrito porque, en su opinión, es conforme a la normativa y los puestos de jefe de escuadrilla y de escuadrón desempeñados con carácter interino o accidental no pueden recaer en suboficiales. Desestimó modificar la RPM porque limitaría al jefe de unidad la posibilidad de distribución del personal.
La realidad es que en el EA hay 11 suboficiales que por su capacidad técnica desempeñan puestos de jefes de escuadrilla o escuadrón, que otros ejércitos e incluso el Órgano Central tienen recogidos en sus RPM´s puestos de suboficial jefe de sección y que el Ejército del Aire sigue anclado en una gestión de personal que provoca efectos negativos en las condiciones de trabajo, las retribuciones y el reconocimiento profesional del suboficial.
-RUEGOS Y PREGUNTAS:
ASFASPRO presentó seis (6) preguntas y un (1) ruego.
Primera pregunta. – Protocolo Antisuicidios.
¿Tiene el Ministerio de Defensa o los Ejércitos prevista la redacción de un protocolo anti suicidios?
El ministerio no contesta en el pleno, lo hará por escrito.
Segunda pregunta. – Retribuciones en Consejo de Ministros 20/09/22.
El 21 de septiembre algunos medios de comunicación [1] recogieron declaraciones de la vicepresidenta segunda del Gobierno sobre los acuerdos propuestos por el Ministerio de Defensa aprobados en el Consejo de Ministros del día 20. La Sra. Díaz explicó que esos acuerdos están relacionados con el personal de las Fuerzas Armadas, sus "retribuciones y emolumentos".
El ministerio no contesta en el pleno, lo hará por escrito.
Tercera pregunta. – Presupuestos Generales del Estado 2023.
El ministerio no contesta en el pleno, lo hará por escrito.
Cuarta pregunta. – CSCE Puestos de Suboficial Jefe de Sección ET.
Según información facilitada por el Mando de Personal del Ejército de Tierra faltaría por modificar el CSCE de aproximadamente 300 puestos de suboficial jefe de sección.
¿Cuándo se tiene previsto modificar el CSCE de estos puestos?
DIGENPER respondió que se han celebrado dos reuniones de la Comisión Superior de Retribuciones Militares. El 4 de abril se trató la modificación de las características retributivas de 390 puestos de suboficiales jefes de sección y el 29 de septiembre, en la que se trataron aproximadamente 100 puestos. En la próxima reunión de noviembre intentarán presentar la modificación de unos 100 puestos. Es un proceso continuo y laborioso en el que MAPER ET y DIGENPER están trabajando.
Quinta pregunta. - Viviendas militares en Melilla.Teniendo en cuenta la demanda de viviendas militares en régimen de arrendamiento especial en Melilla ¿Qué medidas va a tomar el INVIED para aumentar la oferta?
Según el INVIED en la lista de espera de septiembre había cuatro solicitantes y a dos ya se les ha concedido vivienda. En general, los peticionarios optan por la compensación económica y cuando se agota solicitan vivienda militar, lo que dificulta la previsión de la demanda. El INVIED trata de adecuar la oferta a las necesidades del personal militar teniendo en cuenta el presupuesto y la ejecución de reformas.
Sexta pregunta. – Incentivos.
En la nómina del mes de septiembre a personal de la Escala de Tropa y Marinería de diferentes Unidades y Ejércitos le aparece reflejado un incentivo por valor de 100€.
DIGENPER respondió que el motivo del pago único incentivo es reconocer la permanente disponibilidad para el servicio. Se ha priorizado al personal de tropa destinado en la Fuerza de los Ejércitos y en la UME, exceptuando los comisionados en zona de operaciones.
Se han pagado 100€ a 57.000 efectivos, un total de 5,7 millones de euros a cargo de los créditos de la Subsecretaria de Defensa. No hay disponibilidad presupuestaria para hacerlo extensivo a los cuadros de mando y reconocer su permanente disponibilidad para el servicio.
Ruego. - Para este pleno ASFASPRO ha presentado una propuesta de modificación de la NIC 162/2018 sobre gestión de cambios de destinos, plazos incorporación y ceses.
Dado que la Armada da por extinguida la NIC 162/2018 se ruega que se emita una nueva NIC para conocimiento de dicha situación por todo el personal y de las Unidades encargadas de la gestión de personal
ALPER contestó que las NIC no generan ninguna obligación legal, solo son aclaratorias. Añadió que no han tenido quejas por los tiempos de incorporación a los destinos y, para no crear confusión, no iban a emitir una nueva NIC sobre este asunto.
Cuando nunca se dan las condiciones para que los militares tengan unas retribuciones dignas y justas, acordes al desempeño profesional que todos reconocen, hay que plantearse que no son las condiciones las que fallan, es la voluntad de los gobernantes lo que falta.
Si Calderón de la Barca levantara la cabeza creería que no ha pasado el tiempo, solo ha cambiado la moda. Ni en el siglo XVII ni en el XXI hay voluntad para pagar un sueldo digno al militar, “pues sufren a pie quedo con un semblante, bien o mal pagados”[1]. Dinero para el soldado no hay ni se quiere que haya, pero excusas para no pagar lo que en realidad cuesta un ejército profesional, todas las imaginables.
La última, que como más del 50% del presupuesto de Defensa se lo lleva el gasto de personal, que no se puede dedicar al personal una parte del aumento de presupuesto propuesto para ir acercándonos al 2% del PIB comprometido con la OTAN[2]. De manera muy interesada se hacen las cuentas, pues no tienen en cuenta los millones de euros que cuestan las Operaciones Internacionales, dinero que no sale del presupuesto del Ministerio de Defensa[3]. Si se contara todo ese gasto militar el porcentaje dedicado al personal bajaría un tanto. Ya en 2018 la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, en el punto 48 del dictamen emitido en relación con el Informe Anual de 2016 del Observatorio de la Vida Militar denunciaba “la escasa ortodoxia y transparencia presupuestaria del Ministerio de Defensa […] a causa de la aprobación de un elevado porcentaje del presupuesto a través de la concesión de créditos extraordinarios no contemplados el presupuesto inicial aprobado por Cortes Generales”[4].
El borrador de los Presupuesto Generales del Estado para 2023[5] recoge para el Ministerio de Defensa que el capítulo I sobre Gastos de personal para 2022 suponía el 50’4% del presupuesto ministerial, porcentaje que para el 2023 se propone dejar en un 42’5% por haberse incluido en el presupuesto del Ministerio diversos gastos en material que antes estaban fuera. Si se incluyera en el presupuesto la totalidad del el gasto de defensa la parte dedicada a personal podría bajar fácilmente hacia el 30%. Con este porcentaje ya no parece que se gaste tanto en personal. Porque el personal militar y el trabajo que hace le resultan baratos, muy baratos, al Estado.
Los esforzados e interesados analistas tampoco quieren dedicar ni una palabra al motivo por el que el gasto de personal se lleva la parte del león en Defensa: porque para infraestructuras y armamento/equipamiento se presupuesta mucho menos de lo necesario. ¿Se han dado una vuelta para ver el penoso aspecto de los cuarteles, faltos de mantenimiento? Pero si la prueba del algodón la tienen en el propio edificio del Ministerio de Defensa, que ha tenido que ser rehabilitado recientemente con fondos europeos. Pues si así está la sede del órgano central en la Castellana, cómo no va a estar un cuartel de provincias.
El capítulo de mantenimiento se ha ido reduciendo tanto que para la necesaria limpieza de locales los pobres militares se han visto obligados a reducir progresivamente la cantidad de detergente por cubo de agua para fregar. “Aquí la necesidad no es infamia”, que decía Calderón. Y así con todo.
¿Y qué hay del material? No vamos a entrar en caídas de aviones o helicópteros… La operatividad se estira y se estira lo indecible… lo que solo puede servir para hablar bien del personal que lo hace posible. Para dar una idea de lo sobrados que vamos de material, sin revelar ningún secreto, ¿de verdad no le ha extrañado a nadie que enviemos camiones cargados con ayuda a Ucrania y que los camiones no se hayan quedado allí con la falta que les hacen a los ucranianos?
En resumen, desde hace muchos años los sucesivos gobiernos se han negado a dotar al Ministerio de Defensa con el presupuesto que realmente era necesario. Y así nos va. No ha habido para mantenimiento, no ha habido para material, pero al personal hay que pagarle aunque sea poco, porque come todos los días. Así se explica clara y diáfanamente que el gasto de personal sea más de la mitad del presupuesto de Defensa. ¿Significa esto que los militares cobren mucho, como alguno quiere dar a entender con estos porcentajes?
Al contrario, el personal peor pagado de la Administración es, precisamente, el personal militar, habiéndose abusado tanto tiempo de su disciplina y de los versos de Calderón “Aquí la más principal / hazaña es obedecer, / y el modo como ha de ser / es ni pedir ni rehusar”. Por eso ha gustado poco que al final los militares sí pidan una carrera y unas retribuciones dignas, saliendo a manifestarse a la calle en diversas ocasiones en los últimos tiempos, como el pasado mes de junio en Madrid a pocos días de la cumbre de la OTAN.
Y ahora, en que una parte del gobierno por fin hablaba de dedicar una parte del incremento de presupuesto en Defensa para ir adecentando las paupérrimas nóminas militares, sospechosamente hay quien va proclamando pegas para hacerlo. Definitivamente, a los militares nos ha mirado un tuerto, parece que nunca es el momento para dignificar nuestro salario.
[1] Pedro Calderón de la Barca, “El sitio de Breda”.
[2] https://okdiario.com/espana/otan-avisa-sanchez-subir-sueldo-militares-no-vale-cumplir-gasto-defensa-9752576
[3] Hay otras partidas que pueden incluirse como gasto de Defensa que tampoco están incluidas en el presupuesto del Ministerio, como explica (véase páginas 10, 11) el informe http://centredelas.org/wp-content/uploads/2021/12/informe50_GastoMilitarReal2022_CAST_DEF.pdf
[4] Boletín Oficial de las Cortes Generales Congreso de los Diputados, Serie D Núm. 318 de 15 de marzo de 2018, 044/000032.
[5] https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/Presup/PGE2023Proyecto/MaestroTomos/PGE-ROM/doc/L_23_A_A1.PDF
RONDA DE CONTACTOS CON LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS: RETRIBUCIONES Y NUEVA LEY DE CARRERA
En estas últimas semanas ASFASPRO, asociación profesional mayoritaria de las Fuerzas Armadas, se ha reunido con representantes de los Grupos Parlamentarios Socialista -Zaida Cantera y José Carlos Díaz-, Popular – Fernando Gutiérrez Diaz de Otazu-, Vox -Agustín Rosety y José Mestre- y Ciudadanos -Miguel Gutiérrez Vivas- para volver a explicar la necesidad de que los Presupuestos Generales del Estado para 2023 incluyan una partida presupuestaria que como mínimo permita aumentar en 160€ las cuantías mensuales del complemento específico a todos los militares y subir un nivel el complemento de empleo de sargento hasta teniente [1]. La primera medida supone 300 y la segunda 20 millones de euros.
Este incremento debe ser un paso más hacia la implantación, en un plazo de unos pocos años, de unos salarios dignos, justos y equiparables a otros colectivos públicos. La situación de las retribuciones militares debe comenzar, de una vez por todas, a dejar atrás el calificativo de “grave” que fue otorgado por unanimidad por los parlamentarios en febrero de 2018.
ASFASPRO también hizo hincapié en que la Ley de la carrera militar, tras casi 15 años desde su publicación, requiere su actualización a un modelo capaz de atraer y retener el talento, motivando a sus miembros y reconociendo sin complejos la singularidad de la profesión que no puede ir en detrimento del militar respecto a los empleados públicos. Los cambios sociales, geopolíticos y legislativos sufridos en estos años deben traer en la próxima legislatura una nueva ley de personal para todos los militares profesionales [2].
[1]https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2022/p22_03/099.2022%20Propuesta%20ASFASPRO%20Incremento%20CE%20PGE%202023.pdf
[2]https://www.asfaspro.es/component/k2/item/2843-propuesta-de-futura-ley-de-carrera-militar
A pesar de que esta asociación lleva años denunciando el grave envejecimiento de los suboficiales, resulta sorprendente la tibieza de las acciones emprendidas por los sucesivos gobiernos y la poca importancia que le han dado a este problema los grupos parlamentarios que integran las comisiones de Defensa del Congreso y el Senado, proponiendo, en determinadas ocasiones, medidas que en poco o nada contribuyen a solucionar esta peligrosa situación, que no solo afecta a los suboficiales.
Sin embargo, para otros colectivos sí que se considera muy necesario su rejuvenecimiento, como, por ejemplo, los policías locales, que contaron con la unanimidad de todos los grupos políticos y del Gobierno para adelantar su jubilación anticipada a los 59 años de edad.
Conviene recordar que la reserva no es una jubilación anticipada como algunos medios de comunicación hacen creer. El militar sigue sujeto a la legislación castrense y no cobra una pensión de la Seguridad Social sino una retribución del Ministerio de Defensa que, en los empleos de suboficial y los primeros de la categoría de oficial, son inferiores a aquella. También parece obviarse que colectivos con una peligrosidad, penosidad y toxicidad similar a la que padece el militar disfrutan de coeficientes reductores que no son constantemente puestos en cuestión: personal de vuelo de trabajos aéreos, trabajadores ferroviarios, profesionales taurinos, trabajadores del mar, marina mercante y marina de pesca, trabajadores del Estatuto minero, bomberos, artistas, policías locales, miembros del Cuerpo de la Ertzaintza...
Pero al mismo tiempo, la cruda realidad de las Escalas de Suboficiales es que tan solo 180 miembros tienen menos de 24 años y el 67% tienen o son mayores de 40 años. Además, el porcentaje de “cincuentones” supera el 34%.
El envejecimiento que sufren estas escalas está provocado principalmente por el aumento en 5 años de la edad de pase a la reserva operado por la Ley de la carrera militar, fijándola con carácter general en 61 años. Además, esta ley limitó a un escaso e insuficiente periodo transitorio el pase voluntario a esta situación a los 58 años (y más de 33 años de servicios). Esta edad es la que tiene establecida la Guardia Civil para el pase a la reserva de sus suboficiales.
La reserva, tal y como dice la repetida Ley de la carrera militar, constituye un mecanismo esencial para configurar, de acuerdo con los criterios de planeamiento, una pirámide de efectivos por empleos y disponer en todos de personal con las edades adecuadas para el ejercicio profesional en las Fuerzas Armadas.
El Ministerio de Defensa hace poco por paliar la situación. Por un lado, el pase a la Administración civil ha quedado prácticamente en una vía muerta porque el suboficial pasa a desempeñar puestos de trabajo de nivel profesional muy inferior, con pérdida de retribuciones. ¿Cuándo se va a solucionar este desprecio de la Administración Pública hacia los militares?
Por otro, los cupos de reserva que se autorizan anualmente han pasado, en su mayoría a la tropa permanente. Tampoco ayudan los tiempos mínimos necesarios y las edades con las que se termina ascendiendo a suboficial mayor que eliminan el drenaje que dispone el artículo 113.1 de la Ley de la carrera militar, y que sí “funciona” en el empleo de coronel y en el generalato.
Es constante la preocupación del militar por desempeñar sus cometidos en todas las circunstancias y situaciones con unas condiciones psicofísicas convenientes, pero la edad (+58 años) y sus secuelas, se quiera o no, limitan el ejercicio profesional en puestos operativos.
PROPUESTAS PRESENTADAS AL PRÓXIMO PLENO DEL CONSEJO DE PERSONAL
ASFASPRO ha presentado las siguientes ocho (8) propuestas para su debate en el próximo pleno del Consejo de Personal.
En la Comisión Preparatoria, celebrada el día 21 de septiembre, el ministerio rechazó que se debatiera en el próximo pleno la propuesta sobre la inclusión de los créditos necesarios en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2023 para hacer efectivo el aumento del nivel de complemento de empleo del sargento y del resto de empleos superiores hasta teniente. Según el ministerio la Ley de presupuestos de 2022 impide el aumento de los gastos de personal y además no se han realizado los cambios normativos necesarios ni se tiene informe favorable del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Este incremento apenas supone 50 millones de euros, el Informe de la Comisión de Trabajo sobre Retribuciones concluye en su viabilidad y el ministerio olvida que la propia Ley de PGE de 2020 (art. 24.5 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre) modificó el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas para elevar el complemento de empleo del soldado/marinero del nivel 13 al 14.
Parece que la falta de voluntad del Gobierno vuelve a ser el pago por los servicios prestados. Mientras tanto, un día sí y otro también aparecen en los medios de comunicación cuantiosas inversiones en material, dejando en la estacada al activo más importante: el militar y sus familias.
El ministerio también se opuso al debate sobre la Nota de Información Corporativa (NIC) 162-18 de la Armada porque según ALPER la NIC estuvo vigente hasta el 19 de julio de 2018, por lo que debía considerarse extinguida. Si no estaba vigente, ¿cómo es posible que se siguiera aplicando en las Unidades hasta este mismo año 2022?Cuando las Fuerzas Armadas reciben buenas palabras en lugar de medios adecuados y su salario es escandalosamente bajo, no se puede decir que tengan el trato que merecen.
Cada vez que oímos cómo se ensalza la figura del militar con el manido argumento de los valores, del sacrificio, de la entrega absoluta a cambio de nada o como mucho a cambio de la íntima satisfacción por el deber cumplido… y analizamos con la cabeza fría estos discursos grandilocuentes llegamos indefectiblemente a la misma conclusión: “Militar, te están tomando el pelo a ti y a tu familia”.
Interesadamente se olvidan de que las Fuerzas Armadas del siglo XXI son profesionales, y todo profesional debe tener una carrera y una retribución dignas. A ninguna otra profesión se pretende recompensarle con poca paga y mucha íntima satisfacción por el deber cumplido. A todos se les compensa con unas retribuciones dignas y con una carrera profesional adecuada. Que les expliquen a maestros, enfermeros, carpinteros, abogados, policías… que en lugar de una nómina decente les van a pagar lo que cobra un militar y a compensarles la diferencia con mucha, mucha, íntima satisfacción.
El sempiterno discurso de los valores está muy bien, pero cuando el elogio a la profesión no se acompaña del adecuado reconocimiento, que debería incluir una retribución digna y justa, resulta que no es el discurso del aprecio, es el discurso del desprecio. Muy sibilino, pero desprecio.
Apreciar al personal militar es incompatible con que las retribuciones militares estén a una distancia abismal del resto de personal de la Administración, especialmente del dedicado al ámbito de la seguridad. Que un teniente piloto de avión de caza o un suboficial piloto de helicóptero de ataque tengan una nómina inferior a la del conductor de un coche patrulla de un cuerpo policial es despreciar el trabajo y la formación de esos militares.
Apreciar al personal militar es incompatible con no proporcionarle un desarrollo de carrera adecuado y atractivo. Cuando se quedan desiertas la mitad de las plazas ofertadas para ascender a Cabo 1º en el Ejército de Tierra, cuando no se han podido completar las vacantes ofertadas para ingreso en las escalas de suboficiales del Ejército de Tierra y del Ejército del Aire y del Espacio, cuando 7 de cada 10 plazas ofertadas para médico militar se quedan sin ocupar, cuando la mayoría de subtenientes renuncian al curso de ascenso a suboficial mayor, cuando hay comandantes que renuncian al ascenso a teniente coronel, cuando hay tenientes coroneles que renuncian a ser jefes de unidad por no cambiar de localidad… es que la carrera militar se ha convertido en una sucesión de obstáculos que hace que no asciendan necesariamente los mejores, sino aquellos que no tienen familia.
Cuando el Ministerio de Defensa, a quien llevamos años y años exponiendo las crudas necesidades de nuestros cuarteles mientras se empeña en mirar hacia otro lado, facilita entrevistas[1] con cadetes recién ingresados que respiran entusiasmo pero no conocen la realidad de las Fuerzas Armadas, lo que trasciende es el mensaje subliminal de que a las Fuerzas Armadas no se viene a ganar dinero, lo que se hace es alimentar el discurso del desprecio. Cuando dentro de unos años estos mismos cadetes tengan que bregar en unos acuartelamientos faltos de mantenimiento, en unas unidades con materiales más viejos que ellos y ejerciendo el mando sobre personal paupérrimamente pagado a cuyas familias les cueste dinero cada vez que tengan guardias o vayan de maniobras… se acordarán de lo ingenuos que fueron. Tiempo al tiempo.
De momento su espíritu de sacrificio, que todos los militares tenemos pero que no sirve para pagar la alimentación de nuestros hijos, el alquiler de nuestras casas ni la factura de la luz, sirve para que el Ministerio de Defensa se ponga medallas (que son gratis), siempre encantado de conocerse.
Lo triste es que el vacío discurso del desprecio contamina la realidad del militar, con poco halagüeñas perspectivas de mejora, siendo una y otra vez los últimos de la fila.
[1] Alumnos de matrícula eligen la carrera militar:
https://www.elmundo.es/espana/2022/09/23/632df9f321efa06a1d8b45c1.html
El día 27 de julio tuvo lugar el segundo Pleno ordinario de 2022. Al mismo, y presidido por la Subsecretaria de Defensa, asistieron el Secretario General Técnico (SEGENTE), el Director General de Personal Militar (DIGENPER), el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM), el Subdirector General de Personal Militar, el Subdirector General de Enseñanza Militar, los Mandos de Personal de los Ejércitos y la Armada, el Director del Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Defensa, el Secretario General Gerente del ISFAS y los representantes de las asociaciones profesionales que asistieron al Pleno, ASFASPRO, AUME, UMT y APROFAS.
DESARROLLO Y ASUNTOS TRATADOS MÁS IMPORTANTES
Clausura de la Comisión de trabajo Temporal para el estudio de la obtención del título de grado en la escala de Suboficiales y el desarrollo normativo asociado.
DIGEREM explicó que una orden ministerial recogerá los trabajos de la comisión. El convenio de colaboración con la UNED está casi cerrado a falta de la aprobación del Ministerio de Hacienda.
Así mismo manifestó que esperaba que pudiese ser de aplicación para el curso académico 2023/2024.
ASFASPRO agradeció el trabajo realizado y solicitó a los Cuarteles Generales de los Ejércitos y la Armada que potencien esta nueva forma de promoción interna del suboficial ofertando un número suficiente de plazas.
Clausura de la Comisión de trabajo Temporal sobre retribuciones.
DIGENPER entregó de manera física un amplio dossier de 500 páginas sobre los trabajos de la comisión. En su exposición se limitó a explicar el sistema retributivo actual y las míseras conclusiones del informe, sin aportar números o cifras de futuras mejoras salariales.
ASFASPRO explicó que la comisión ha culminado en el fracaso más absoluto, tal y como refleja el informe. No hay un plan concreto de mejora de las retribuciones, con cantidades más o menos aproximadas, ni fechas o hitos de desarrollo en varios presupuestos generales, nada. Las conclusiones del informe están muy por debajo de lo recomendado y deseado, máxime si tomamos como referencia el Dictamen de la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados de 6 de marzo de 2018 sobre el Informe Anual de 2016 del Observatorio de la Vida Militar. El ministerio ha tratado de obviar la comparación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE), argumento fundamental en 2005 en el incremento impulsado por el ministro Bono. ¿El trabajo del militar tiene menos valor que el de las FCSE? El principio de “igual remuneración por trabajo de igual valor” recogido tanto en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea parece no regir para este Ministerio.
El resto de asociaciones presentes, excepto una que se considera a sí misma “transversal” y que se sintió satisfecha con la respuesta dada a sus aspiraciones, se manifestaron totalmente decepcionadas y denunciaron que se había perdido una gran ocasión para conseguir unas retribuciones dignas para el militar.
DIGENPER defendió su postura alegando que el trabajo de la comisión sólo consistía en estudiar las propuestas de las Asociaciones.
Sin permitir mayor debate, intervino la Subsecretaria de Defensa para defender el pequeño incremento de 2021 y la revisión de este año del CSCE de 976 puestos de trabajo (menos del 1% de la plantilla), afirmando que el ministerio estaba en el proceso de mejora de las retribuciones.
Propuesta de ASFASPRO sobre una nueva Ley integral de la Carrera Militar
Esta propuesta fue consensuada por ASFASPRO, ATME y UMT, siendo presentada al Consejo por las tres Asociaciones.
El Subdirector General de Personal Militar se encargó de argumentar la desestimación de la propuesta. Las normas vigentes funcionan bien, hay que darlas mayor estabilidad, su desarrollo normativo no está todavía finalizado y las dos Subcomisiones del Congreso de los Diputados que trataron sobre el régimen transitorio de la Ley de la carrera militar (2014) y sobre el régimen profesional de los militares de tropa y marinería (2018), aunque propusieron mejoras, apoyaron las normas actuales. Además, consideró que la operatividad era óptima.
ASFASPRO cuestionó cómo era posible afirmar que la operatividad era óptima gracias a las actuales leyes de personal y el representante ministerial respondió que viendo la participación de los Ejércitos en las Misiones Internacionales. Caben muchas interpretaciones alrededor de la citada respuesta, principalmente porque el fin de los ejércitos no es la participación en Misiones Internacionales.
Sin embargo, la realidad que no quiere reconocer el ministerio es que el descontento y la desmotivación siguen haciendo mella en el personal militar. Es conocida la fuga del recurso humano a otros ámbitos laborales, la renuncia a los ascensos, los problemas de cobertura de determinados puestos de trabajo, los problemas de conciliación familiar provocados por la movilidad geográfica, las bajas retribuciones y unas mediocres expectativas profesionales.
Propuestas de interés de otras Asociaciones:
- Pase voluntario a la reserva con 40 años de servicio: Fue estimada parcialmente. Según DIGENPER se va a realizar un estudio sobre el impacto que la medida podría tener en el funcionamiento de las Fuerzas Armadas. ASFASPRO se opuso a la propuesta porque en su redacción solo se refería a los cupos de reserva anuales -no de forma general- e incidió en el pase voluntario a la reserva con 35 años de servicio o 58 años de edad para oficiales y suboficiales.
- Flexibilidad horaria en el Cuartel General de la Armada: La propuesta presentada propone que se anule la IPOR en vigor sobre jornada y horario de trabajo en Unidades de la Armada, y más específicamente en lo relativo al Cuartel General de la Armada, y que se realice una nueva Instrucción ya que no existen (según la Asociación) “unas especiales condiciones de trabajo y de ubicación” y la actual presenta un perjuicio toda vez que , “con las mismas horas de trabajo la distribución de horario es diferente entre personal residente en Madrid y no residente.”
ASFASPRO estará atenta a los perjuicios que la nueva redacción de la IPOR pueda ocasionar.
- Exención de IRPF en misiones internacionales: ASFASPRO presentó sobre este asunto varias propuestas al Consejo durante los años 2020 y 2021 y sin embargo, el ministerio se negó a debatirlas.
Se aceptó parcialmente. Según el Director del Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Defensa se reiterarán las consultas al Ministerio de Hacienda, se dará información a los afectados y el Ministerio de Defensa remitirá, cuando lo reciba, el procedimiento de Hacienda sobre exención del IRPF cuando se participe en misión internacional. La Operación Libre Hidalgo del Líbano sigue excluida por considerarse ese país paraíso fiscal.
ASFASPRO insistió en que el Ministerio de Defensa debe instar al de Hacienda para que se modifique el Artículo 7 p de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas en el sentido de que se declare expresamente exentas de tributación los rendimientos del trabajo devengados durante los días de estancia en el extranjero l por parte de los miembros de las Fuerzas Armadas participantes en misiones internacionales, de paz o humanitarias
Ruegos y preguntas:
ASFASPRO presentó cuatro preguntas y dos ruegos. Todas ellas serán contestadas por escrito y no hubo debate alguno en el Pleno.
Las preguntas fueron:
Los dos ruegos fueron:
Aplicaciones tan conocidas como WhatsApp, Telegram, etc, se ha convertido en los últimos tiempos en una herramienta habitual de uso en el ámbito militar – como en el resto de la sociedad- muy eficaz en la transmisión de órdenes, pero que comporta un riesgo para la seguridad de las operaciones, la posibilidad de comunicar datos sensibles, usos inadecuados, y un largo etc.
Dada la gran amplitud de uso de estas aplicaciones, y la inexistencia de una definición y delimitación sobre su uso, resulta un tema complejo al no estar regulado, y sobre el que se están dando múltiples interpretaciones, no siempre pacíficas, sobre si es correcto para la trasmisión de órdenes, qué tipo de ordenes y en qué horarios.
El Militar debe cumplir las órdenes que le sean dadas y que deben ser trasmitidas por un medio eficaz y conveniente que se establezca en la Unidad. El WhatsApp como herramienta para transmitir dichas órdenes, así como la pertenencia a grupos de trabajo en las Unidades supone, sin duda, un aumento de la eficacia y la mejora del servicio.
Dado que todavía no hay nada legalmente establecido y mas allá de lo expuesto anteriormente, la jurisprudencia de los tribunales militares viene aceptando este medio siempre que lo hayan acordado pacíficamente ambas partes: el dador y el receptor de la orden.
El problema se produce cuando tiene lugar un abuso de trasmisión de órdenes, a cualquier hora y a cualquier día de la semana y no hay “necesidades del servicio justificadas”, contraviniendo manifiestamente lo expuesto anteriormente.
Esta problemática ha sido llevada al Consejo de personal de las Fuerzas Armadas en repetidas ocasiones, y ha dado lugar a una comunicación por parte de la SECRETARIA PERMANENTE COPERFAS/SUBSECRETARIA DE DEFENSA, dirigida a todas las Asociaciones profesionales, así como a las distintas Jefaturas de Personal de los Ejércitos que literalmente dice:
TRANSMISIÓN DE ÓRDENES A TRAVÉS DE GRUPOS DE WHATSAPP: En todo caso, podrían reiterarse las recomendaciones a los Mandos y Jefaturas de Personal sobre un buen uso de WhatsApp en las unidades bajo los criterios de: voluntariedad, no transmitir información sensible y transmitir mensajes para informar, coordinar y anticipar actuaciones.
No puede negarse la utilidad del WhatsApp ni la habitualidad de su uso que redunda en la rapidez de las comunicaciones y en la eficacia del servicio. Podría debatirse si, reuniendo los requisitos exigibles a una orden, ésta podría transmitirse por cualquier medio o no, pero no parece conveniente establecer una lista tasada de medios/canales para la transmisión de órdenes.
Los tribunales admiten el valor probatorio de las conversaciones de WhatsApp en causas civiles y penales.
Por último y para mayor claridad, existe una clarísima sentencia del Tribunal Militar Territorial, núm. 1, del año 2020, en la que considera legítimo el uso del WhatsApp, eficaz, y conveniente como medio usado por la mayoría de la sociedad española.
“Efectivamente, el hecho de que se alegue que fuera de su jornada laboral la recurrente no tiene obligación de estar conectada con su Unidad hemos de argumentar que con independencia de la necesaria y conveniente regulación de horarios en las Unidades, que ha de compatibilizarse -y más en el caso de la recurrente que tiene hijos menores de edad- con la necesidades familiares y la vida personal del militar, no es menos cierto que el militar ..."estará en disponibilidad permanente para el servicio, que se materializará de forma adecuada al destino que se ocupe y a las circunstancias de la situación, y realizará cualquier tarea o servicio con la máxima diligencia y puntualidad, tanto en operaciones como para garantizar el funcionamiento de las unidades".
“No obstante lo expuesto, no debe dejar de reconocerse que la organización de la Unidad en cuanto a la forma de comunicarse con los allí destinados para el cumplimiento de las órdenes necesarias para su buen funcionamiento, al parecer tiene puntos débiles y puede llevar a situaciones ante la que nos encontramos. Así, un modo más eficaz de comunicación podría haber evitado la situación creada. Ahora bien, tampoco podemos obviar dos elementos de la máxima importancia en este punto. En primer lugar el afirmar que el WhatsApp es una forma inadecuada de transmisión de una orden. No podemos sino estar en el más absoluto desacuerdo con tal afirmación, máxime cuando se trata de una función usada por una inmensa mayoría de las personas que utilizamos telefonía móvil. Es cierto que no es obligatorio tenerla instalada, ni utilizarla, ni siquiera tener móvil, pero una vez constatado el hecho de que la recurrente tenía este tipo de aplicación y que era habitualmente utilizada por ella, no hay inconveniente en ser reconocida como medio eficaz, adecuado y legítimo. Y ello con independencia de que podría ser conveniente la utilización de otro medio más eficaz que pudiera ser utilizada por todo el personal sin necesidad de depender de tal sistema.”
“En segundo lugar, recordar que lo que aquí se está valorando es el hecho de que la sancionada, no cumplió la orden recibida de su Jefe de Pelotón vía WhatsApp, habiendo leído dicho mensaje, contestando al mismo y teniendo en consecuencia una conversación telefónica con su Jefe de Sección …
“Además de incumplir con su deber y responsabilidad … se limitó a discrepar respecto de la idoneidad del teléfono móvil para transmitir ordenes relativas al servicio, que la orden se le dio fuera de las horas de trabajo el día anterior y que la orden la considera ilegitima por no darse de forma adecuada.
La asociación ha tenido conocimiento de un ataque a la página web que podría derivarse en un posible robo de datos personales de los asociados.
El personal y las empresas contratadas por la asociación está siguiendo todos los protocolos existentes para definir el alcance del ataque.
Se han tomado varias medidas de seguridad de las que se ha informado a los socios y la empresa que mantiene la página web ha realizado una revisión y búsqueda de posibles amenazas latentes, con resultado negativo.
Se ha formulado denuncia ante la Guardia Civil y está en trámite la correspondiente ante la Agencia de Protección de Datos Personales.
Los datos personales que podrían verse comprometidos son Email, Password (se encuentran encriptadas, por lo cual no es relevante), número de teléfono y dirección IP, todos ellos correspondientes al año 2016.
Hay sospechas de que el ataque se produjo en aquel año, pero se desconoce la razón para su difusión en este momento. La investigación continúa.
Desde la asociación se seguirán mejorando y aumentando las medidas de seguridad, pero todos somos sabedores de que la seguridad absoluta no existe.
Según el Gabinete Jurídico de ASFASPRO se debe tener claro que esta reclamación NO afecta a todos los militares que pasaron a retiro entre el 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, solo a algunos casos concretos, y siempre que se cumplan una serie de condiciones.
De forma general, el "complemento por maternidad en las pensiones " es el que existía “solo” para las mujeres durante el periodo del 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 hasta el "complemento para la reducción de la brecha de género" que entró en vigor a partir del 4 de febrero de 2021.
El complemento por maternidad, origen de la presente controversia, se implementó conjuntamente, tanto para el régimen general de la Seguridad Social, como para el especial de Clases Pasivas
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 12 de diciembre de 2019 determinaba que dicho complemento se reconociera por la Ley únicamente para las mujeres y no para los hombres y en consecuencia, la sentencia nº 163/2022 del
Tribunal Supremo, del 17 de febrero de 2022, ratifica que los hombres con pensiones concedidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 ya pueden reclamar definitivamente el complemento de paternidad, por lo que su pensión puede incrementarse entre un 5 y un 15% desde este momento y durante toda la vida de la pensión.
Posteriormente se podría tener derecho al complemento que se regula a partir del 4/2/ 2021 de acuerdo a lo dispuesto en la Disposición adicional decimoctava.
Complemento para la reducción de la brecha de género del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-12636
Pero para que los hombres puedan tener derecho al reconocimiento del complemento deberá concurrir alguno de los siguientes requisitos:
- Causar una pensión de jubilación o retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, según los siguientes requisitos que se detallan una serie de supuestos, por lo que si se da alguno de ellos, se supone que se daría el supuesto al derecho.
Dichos supuestos son:
- Causar una pensión de jubilación o retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad por haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción en los supuestos que se determinan en el Complemento para la reducción de la brecha de género
https://www.portalclasespasivas.gob.es/sitios/clasespasivas/es
ES/PENSIONESCLASESPASIVAS/pensionesjubilacion/Paginas/Normasgenerales.asp
Entonces ¿Quién puede pedir el complemento de “paternidad” entre 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021?
Hay muchos casos y situaciones, pero en ningún caso es un incremento de la pensión general, y podría solicitarlo quien cumpla:
- Que la pensión se reconociera entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, fuera de carácter forzoso o por incapacidad permanente para servicio o inutilidad, quedando excluidas por tanto las jubilaciones voluntarias. Por lo tanto, no es posible reclamarlo si reconocieron la pensión antes del 2016 ni a partir del 4 de febrero de 2021. (podrá en su caso reclamar la correspondiente a partir del 4 de febrero).
- Que los hijos nacidos o adoptados sean al menos dos, y que dicha circunstancia se haya producido con anterioridad al hecho causante de la pensión. No importa la edad de los hijos.
- La pensión puede incrementarse entre un 5 y un 15% desde el momento de su reconocimiento y durante toda la vida de la pensión. (Recordemos que existe una
prescripción de 4 años desde que se curse la petición).
- El caso “más habitual” será el de un militar, viudo, soltero, divorciado, que dándose las condiciones anteriores no lo cobrará por ser hombre. Casado, cuya mujer no lo cobrará.
- Si su mujer estuvo cobrando el complemento de maternidad en ese periodo, ¿se puede solicitar el de paternidad?
Con la nueva normativa que entró en vigor el 4 de febrero se deja muy claro que no pueden beneficiarse a la vez del complemento para la reducción de la brecha de género los dos, sino que se concederá a aquel de los dos cuya pensión -o pensiones- tenga menor importe.
De este modo, el reconocimiento del complemento al segundo progenitor supondría la extinción del previamente adjudicado al primero de ellos.
Así si su mujer cobró el complemento de maternidad, y ahora se solicita el de paternidad, en buena lógica, corregida la discriminación, y con la nueva ley en vigor
se denegará, pero nada impide solicitarlo.
- La solicitud NO NECESITA DE NINGUN ABOGADO, se puede hacer con firma electrónica “on line”.
Descargar consideraciones