El Ministerio de Defensa se desentiende de sus suboficiales. Este es el triste resumen de la situación soportada por la categoría militar que la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, denomina “el eslabón fundamental para la organización militar”. Dicha ley contempla en su prólogo la necesidad de “potenciar el papel de los suboficiales”. En un justo quid pro quo esta potenciación debería venir acompañada del justo reconocimiento a la formación, a la experiencia y al desempeño profesional de los suboficiales. Nada más lejos de la realidad. Esto se traduce en que a un suboficial que ha cursado 3 años de academia se le exigen otros 5 para ser oficial, como a un civil que acaba de poner un pie en la milicia. Como si comenzara de cero.
La ley de la carrera militar fue modificada por la Ley 46/2015, que entre otras daba una nueva redacción al art. 62 en el sentido de impulsar y facilitar los procesos de promoción. Daba respuesta a una máxima de la gestión de recursos humanos. Los miembros del equipo de trabajo, el personal, son el recurso más preciado de cualquier negocio o de cualquier institución, porque de ellos depende el buen funcionamiento de la organización. Como siempre, hay una excepción que confirma la regla, y parece estar en el Ministerio de Defensa y en los Cuarteles Generales de los ejércitos.
El Ministerio de Defensa está tramitando dos proyectos de reales decretos sobre ordenación de la enseñanza de formación y de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas que suponen un ataque en toda regla contra la Escala de Suboficiales.
Además de ignorar los graves problemas producidos en la enseñanza militar tras la entrada en vigor de la Ley 39/2007, de la carrera militar, y del consiguiente Real decreto 35/2010, de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, con el que se aprobó el reglamento que ahora se pretende modificar, dichos proyectos incumplen flagrantemente el artículo 62.1 de la Ley 46/2015, de 14 de octubre (que modificó la Ley de la carrera militar), el dictamen de la subcomisión para el estudio del régimen profesional de los militares de tropa y marinería y las recomendaciones incluidas en el informe sobre enseñanza del Observatorio de la vida militar.
Desde ASFASPRO venimos denunciando desde nuestra fundación, al parecer con poco éxito, las situaciones de inseguridad jurídica y arbitrariedad que estamos viviendo muchos miembros de las Fuerzas Armadas, con mucha más intensidad los suboficiales.
Como suele ser habitual, han comenzado a publicarse las sucesivas convocatorias de acceso a los distintos cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas1. Como vergonzoso ejemplo del sinsentido en el que se ha convertido la promoción interna en esta institución jerarquizada, disciplinada y unida, están los límites de edad que se aplican a civiles y a militares, por obra y gracia de distintas sentencias de los tribunales de justicia2 y por la inacción o falta de voluntad de los sucesivos gobiernos y responsables del Ministerio de Defensa, que no han encontrado hueco en su apretada agenda para corregir algo que sería un auténtico escándalo en cualquier otro grupo de ciudadanos.
Para el próximo pleno del Consejo de Personal, ASFASPRO ha elaborado y presentado las siguientes 8 propuestas.
El pasado día 23 de abril ASFASPRO y ATME organizaron una reunión de asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas con representantes de los grupos parlamentarios para que expusieran su programa electoral.
A la misma asistieron Dª Zaida Cantera de Castro del Grupo Parlamentario Socialista, D. Miguel Ángel Gutiérrez Vivas del Grupo Parlamentario Ciudadanos y D. José Julio Rodríguez Fernández representando al Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos (hoy Unidas-Podemos) así como las asociaciones profesionales APROFAS, UMT y AMTM, además de las organizadoras. El encuentro estuvo moderado por D. Emilio Andreu, periodista de Radio Nacional de España premiado con la Distinción Especial en los 56º Premios Ejército por su colaboración en la difusión de la cultura de Defensa.
LEY 17/1989: FLAGRANTE INCUMPLIMIENTO DE LAS LEYES DE INGRESO E INSEGURIDAD JURÍDICA
En el año 1989 los suboficiales no dimos la suficiente importancia a la aprobación de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, que eliminó expectativas y derechos ampliamente consolidados e incluidos en las leyes vigentes hasta la fecha, además de modificar muy significativamente nuestra carrera profesional sin establecer periodos transitorios en algunos casos e insuficientes en otros. Dedicados de lleno al cumplimiento de nuestros cometidos e ingenuamente confiados en que el Estado velaba por nuestros intereses profesionales1 no presentamos la necesaria batalla ante una ley que pasó por encima de los principios de buena fe y de confianza legítima generando gran frustración e inseguridad jurídica a todos los componentes de nuestra escala.
De todas formas, para no desanimar a nadie a su lectura, hay que decir que no tenemos la intención de repetir en este artículo todos los agravios, arbitrariedades y disparates que se han producido después de la entrada en vigor de ésta y las sucesivas leyes de personal que fueron aprobadas con posterioridad, porque ya han sido meticulosamente documentados en numerosos informes y relatados en más de una ocasión en el Congreso de los Diputados o, más profusamente, en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, sino la de visibilizar el continuo maltrato y el doble rasero que está utilizando la Administración para medir el valor humano y profesional de los suboficiales de las Fuerzas Armadas en relación con el resto de militares y otros servidores públicos. Ante esta realidad, como venimos denunciando de manera infatigable, indigna sobremanera cuando nos vemos obligados a contemplar como pasan por agraviados todos aquellos que han visto mejorada su carrera militar con la entrada en vigor de cada nueva ley.
El subteniente Juan José Calero ya forma parte de la historia de las Fuerzas Armadas españolas. El pasado 27 de marzo se convertía en el primer militar en ser premiado en los Premios Generacción, que otorgan cada año Deloitte, COTEC y la Real Academia de Ingeniería.
La séptima edición, celebrada en el espacio de innovación Greenhouse de Deloitte, ha reconocido el valor y el trabajo de siete iniciativas seleccionadas entre más de medio centenar de candidaturas.
El gabinete jurídico de ASFASPRO ha conseguido sentencia estimatoria del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que obliga al Ministerio de Defensa a abonar al Subteniente D. Agustín Aznar Sánchez, del Ejército de Tierra, el componente singular del complemento específico por el puesto de trabajo desempeñado de forma interina como Suboficial Mayor de la Brigada de Caballería “Castillejos II”, del Batallón de Zapadores XXII. La cuantía total asciende a 1.221,09 € más los intereses legales correspondientes.
El Tribunal vuelve a incidir, como en sentencias anteriores1, en que los complementos están referenciados al puesto de trabajo realmente desempeñado, de tal manera que, si el recurrente lo ejerció durante el periodo de tiempo que menciona, y así lo acredita suficientemente, es indudable que tiene derecho al percibo de los mismos, aunque tal ejercicio hubiese sido mediante adscripción provisional o sin nombramiento formal alguno, esto es como situación meramente de hecho.