El pasado día 20 de febrero se publicó en el BOE la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero1, que recoge el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
Se justifica la aprobación de esta Orden en que los poderes públicos, conforme a lo que establece el artículo 14 de la Constitución, deben asumir la obligación de impulsar todas las medidas necesarias para la aplicación efectiva del principio de igualdad, especialmente en aquellas áreas que, como el empleo, favorezcan la integración de los ciudadanos en todas las esferas de la vida económica, política, social y cultural y, singularmente, en el empleo público, que ha demostrado ser una eficaz herramienta para favorecer la movilidad social y la igualdad entre todos los ciudadanos.
Fruto del Consejo de Personal extraordinario de septiembre de 2018 y de la voluntad de la propia Ministra de Defensa, el pasado 9 de febrero se publicaron dos órdenes ministeriales que han modificado diferentes aspectos sobre la jornada, horario, vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias del militar. Estarán vigentes a partir del 1 de marzo.
De la Orden DEF/110/2019, de 8 de febrero, por la que se modifica la Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas, puede destacarse:
El 9 de febrero se publicó el Real Decreto 44/2019, de 8 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de destinos del personal militar profesional, aprobado por Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.
Se reforman un total de ocho artículos sobre publicación de vacantes, solicitud de vacantes, destinos de concurso de méritos, normas de asignación de destinos, destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, cese en los destinos, asignación de puestos a la militar víctima de violencia de género y asignación temporal de destinos por circunstancias excepcionales de conciliación de la vida profesional, personal y familiar.
Los miles de hombres y mujeres que integramos las Fuerzas Armadas cumplimos con la misión encomendada por nuestra Carta Magna de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. También preservamos la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas. Actualmente participamos en 15 misiones en el exterior, con más de 3.500 compañeros desplegados en 4 continentes. Todo ello como garantes de los derechos de la ciudadanía.
La crisis económica sufrida por nuestro país en los últimos años junto con una política de personal fracasada ha sumido a la profesión militar en la marginación social y retributiva.
Recientemente se ha publicado el Real Decreto 38/2019, de 1 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, aprobado por el Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre.
En el mes de marzo se cumplirán cuatro años de la publicación en nuestra web de un artículo en el que resumíamos la promoción de los suboficiales como una carrera de obstáculos1. Durante todo este tiempo ha quedado patente la nula voluntad de la Administración y los grupos políticos para corregir una normativa que ha dejado a los suboficiales de las Fuerzas Armadas en una situación injustificable de “apartheid profesional”, inexistente en cualquier otro grupo de empleados públicos. Estamos, aunque con tintes más dramáticos, como la anécdota del banco pintado ante el que Napoleón Bonaparte ordenó poner un centinela que fue mantenido en el tiempo sin que se generase discusión alguna sobre los motivos de su continuidad, pues una legislatura tras otra los distintos equipos ministeriales se van pasando la pelota de la inacción sin querer asumir ninguna responsabilidad para cambiar una legislación que discrimina y separa. Mientras tanto ajo y agua para los suboficiales, además de una buena dosis de frustración. Pero lo que realmente nos indigna es que nadie se ha atrevido a implantar un sistema tan segregacionista o restrictivo en otros ámbitos de la Administración, ni siquiera en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de carácter similar a las Fuerzas Armadas (por más que lo nieguen algunas autoridades del Ministerio de Defensa), siendo la respuesta más evidente la de que están protegidas por el Estado de Derecho y su aplicación sería rechazada de plano por todos los grupos políticos, las instituciones y la sociedad civil. ¿Por qué entonces se sostiene una legislación tan lesiva para la carrera militar de los suboficiales?
El día 29 de enero el Secretario de Estado, el Subsecretario de Defensa y el JEMAD comparecieron en la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados con motivo de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2019.
Aquí se muestran las intervenciones sobre las retribuciones y el estudio en el que el Ministerio lleva trabajando más de un año.
Tal y como ha reclamado el JEMAD “en 2019 debemos ver políticas de personal relacionadas con la subida de retribuciones”.
Para el próximo pleno del Consejo de Personal, ASFASPRO ha elaborado y presentado las siguientes 10 propuestas.
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