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Recurso de alzada Evaluación Brigada Ciclo 2009/2010

18/11/2013 - Por resolución  564/14576/13, de fecha 18 de octubre de 2013, (BOD núm. 209 de fecha 24 de octubre de 2013), dictada por el Excmo. General de Ejército JEME, por medio de la cual, finalizadas las evaluaciones para el ascenso para el ciclo 2009/2010, realizadas al personal relacionado en la Resolución 564/09601/13, de 4 de julio de 2013, «BOD» núm. 135, y conforme a lo establecido en el artículo 94 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, y en el artículo 24 del Reglamento de Evaluaciones y Ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de Militares de Tropa y Marinería, aprobado por el Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, en el anexo a esta Resolución se publican las ordenaciones definitivas para el ascenso por el sistema de clasificación de los profesionales pertenecientes a los Cuerpos, Escalas y Empleos que se indican, declarados aptos para el ascenso al empleo superior.

La referida Resolución  564/14576/13, de fecha 18 de octubre de 2013, es consecuencia  de una sentencia judicial evacuada por la sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que anula la mencionada Resolución 564/10431/09, de fecha 6 de julio de 2009 y reconoce el derecho de los recurrentes a que sea efectuada una nueva evaluación de ese ciclo 2009/2010, ordenando que sean valorados los destinos de los concurrentes a la misma conforme establece la norma.

Como quiera que, como viene siendo desagradablemente habitual, han sido innumerables las reclamaciones recibidas por este despacho en relación a dicha evaluación, al denunciarse por diferentes compañeros que, personal que cuenta con un orden de clasificación posterior al de nuestros patrocinados, consta ascendido al empleo superior, cuando aquellos no pueden optar, dada su ordenación, a dicho ascenso, lo cual constituye un tremendo dislate jurídico. Es por ello lo que en el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, a petición de ASFASPRO, hemos confeccionado un recurso de alzada, para todos aquellos suboficiales que se puedan sentir perjudicados por la evaluación referida y que les acompañamos por si resultase de su interés.

Departamento de Comunicación de iuriscontencia - Gabinete Jurídico Suárez-Valdés


VER EL DOCUMENTO: Recurso de alzada.

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