ULTIMAS NOTICIAS

facebook twitter youtube instagram whatsapp telegram

Noticias

Noticias (1336)

XV Legislatura
Extraordinaria Nº Sesión: 4
 
martes 19 de marzo de 2024 a las 09:00
 
A petición propia, para informar sobre las líneas generales de la política de su Departamento.
 
 
 
 

MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ (MINISTRA DE DEFENSA), ROBLES AFEA AL PP QUE NOS DEJARA FUERA DE LA SUBIDA DE LAS FCSE, ¿PORQUE NO LO HA SOLUCIONADO TODAVÍA?.

MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ (MINISTRA DE DEFENSA), PRESUME DE UNAS SUBIDAS PÍRRICAS EN 2021.

 

ALBERTO ASARTA (VOX), SOLICITA MEJORAS SALARIALES PARA TENER UNAS FUERZAS EFECTIVAS Y COMPROMETIDAS.

 

 

PABLO PÉREX (PP): "ESTAMOS ANTE UN EJÉRCITO MENGUANTE". 

 

  ALBERTO CATALÁN (UPN): “DEMASIADOS AÑOS ESPERANDO UNA RETRIBUCIÓN JUSTA".

 

 

JOSÉ A. RODRÍGUEZ (PSOE) PIDE APOYO A LAS PROPUESTAS PARA MEJORAR LAS CONDICIONES DE LOS MILITARES.

 

 

FERNANDO GUTIÉRREX DÍAZ DE OTAZU (PP): "ALGO DEL PRESUPUESTO DEBERÍA DEDICARSE A MEJORAR EL SUELDO, LARGAMENTE CASTIGADO, DE NUESTRAS FAS.

 

En la nómina de marzo aparece el concepto “PAGO INCENTIVO ENE, FEB, MAR” por un total de 300€ exclusivamente para el personal militar de Tropa y Marinería.

Varios socios de ASFASPRO interpusieron recurso contencioso administrativo por el pago único incentivo de noviembre de 2022. Este proceso está pendiente de resolución por lo que se recomienda esperar a conocer su resultado antes de interponer recurso por este nuevo pago incentivo.

Dado que hay cuatro años para reclamar no se pierde derecho alguno.

En el próximo Consejo de Personal ASFASPRO solicitará las razones objetivas por las que se han excluido a las escalas de suboficiales y oficiales de este abono.

Se reitera que, por ahora, es mejor esperar a interponer recurso.

Más información en Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prevé un aumento del 0,5% de las retribuciones del personal del sector público, con efectos de 1 de enero de 2023, vinculado a la evolución del Producto Interior Bruto (PIB), con carácter complementario al incremento fijo del 2,5% (ya efectuado) y al incremento adicional del 0,5% (también efectuado) ligado a la evolución del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA) adelantado del mes de septiembre.

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento previsto del 0,5%, dispone que deberá hacerse efectivo en la nómina del mes de febrero de 2024, abonándose como atrasos los importes correspondientes desde el mes de enero de 2023.

BOE:

Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del PIB previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023:

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/08/pdfs/BOE-A-2024-2324.pdf

XV Legislatura
Extraordinaria Nº Sesión: 2
jueves 25 de enero de 2024 a las 09:00
A petición propia, para informar sobre las líneas generales de la política de su Departamento.
 
Intervención de Dª Margarita Robles Fernández (Ministra de Defensa)

 

 

Intervención de D. Carlos Rojas García (GP) 

 

 

Intervención de D. Alberto Catalán Higueras (GMx-UPN)

 

 

Intervención de D. Alberto Asarta Cuevas (GVOX)

 

 

Intervención de D. Carlos Rojas García (GP) 

 

 

Intervención de D. Txema Guijarro García (GSUMAR)

 

Recientemente se ha publicado la Orden Ministerial 51/2023, de 22 de diciembre, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones económicas, se identifican como una única localidad determinadas áreas geográficas y se dan normas para su aplicación.

La orden ministerial supone la ampliación de 54 a 79 millones de euros de la dotación presupuestaria para la compensación económica que trata de atender las necesidades de vivienda originadas por cambio de destino que suponga cambio de localidad, dentro del escenario de crecimiento previsto para alcanzar un gasto en defensa del 2% del PIB. Con estos números debería ser viable el aumento de las retribuciones del personal militar. El incremento de un nivel del complemento de empleo para los empleos entre teniente y sargento (éste pasaría del nivel 19 al 20, para estar dentro del margen de niveles acordado en la Administración para el grupo A2) sería de aproximadamente 21 millones de euros[1].

Es positivo el aumento de las cuantías de la compensación económica, aunque en ningún caso llegan a cubrir el coste medio de un alquiler en cada uno de los grupos de localidades. La construcción de residencias y viviendas logísticas siguen fuera de la agenda ministerial mientras se ceden o se venden simbólicamente miles de metros cuadrados. También son positivas las nuevas excepciones realizadas en el área geográfica de Guadalajara-Madrid-Segovia-Toledo (si bien debería dividirse como ya solicitó ASFASPRO en 2016), y el cambio de las localidades de Mahón y Hoyo de Manzanares al grupo 0. Respecto a la flexibilización del requisito de empadronamiento conviene esperar a conocer sus efectos para proceder a una valoración adecuada.

El incremento de las cuantías ha sido desigual para oficiales, suboficiales y tropa, siendo porcentualmente -excepto en el grupo de localidades 0- los suboficiales los menos compensados. Un militar de tropa no permanente (equivalente al subgrupo C2) percibe una compensación de 518,74€ (x 12 meses) en el grupo de localidades 0, supone un 63,65% sobre el sueldo del año 2023. Por el contrario, un suboficial (equivalente al subgrupo A2) percibe el 55,39%, es decir un 8,25% menos respecto a la referida categoría de militar. Excepto en el grupo 0, los suboficiales tienen, porcentualmente, menos cuantía asignada.

Sigue pendiente el problema del doble pagador y su impacto en la carga impositiva del afectado. Asunto denunciado desde el año 2018 por las asociaciones, la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados y el Observatorio de la vida militar, pero la señora Montero, vicepresidenta primera y ministra de Hacienda y Función Pública, no quiere solucionar.

La ministra Robles, que forma parte del Gobierno, debe impulsar la modificación de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas, que, tras más de 24 años de vigencia, hay para adaptarla a las necesidades actuales de los militares. La movilidad geográfica cobra aún mayor importancia si tenemos en cuenta el desarrollo de las especialidades de segundo tramo y que en los procesos de evaluación para el ascenso se valora haber cambiado de destino un determinado número de veces.

Dentro de esa futura modificación, entre otras muchas cuestiones y como ya tienen ejércitos de nuestro entorno, debe abordarse la creación de un concepto retributivo que considere el coste la vida en el lugar de destino, tal y como recoge el Dictamen emitido por la Comisión de Defensa el día 21 de febrero de 2018, en relación con el Informe Anual de 2017 del Observatorio de la Vida Militar:

“c) La movilidad del militar que incide de forma negativa en su poder adquisitivo, por lo que debería crearse un nuevo concepto retributivo que permita tomar en consideración el coste de la vida en el lugar de destino forzado.”

    

 Descargar documento  Descargar documento
    Descargar Orden Ministerial           
Descargar informe ASFASPRO

 

 

[1]https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2023/125.2023%20Propuesta%20ASFASPRO%20Incremento%20CE%20PGE.pdf

Recientemente el ministerio ha convocado el curso de formación en modalidad ONLINE como apoyo a la preparación de las pruebas selectivas para el ingreso por promoción interna en la Escala de Oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.

Se convocan 86 plazas y el curso comenzará el día 8 de enero de 2024 y finalizará el día 7 de diciembre de 2024, impartiéndose en horario de tarde.

El plazo finaliza en 15 días laborables contados a partir del 19 de diciembre y hay que inscribirse en SAPROMIL.

 

  Descargar documentoDescargar Resolución

Recientemente se ha publicado la Instrucción 48/2023, de 14 de noviembre, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, por la que se desarrollan las funciones, cometidos y facultades del Suboficial Mayor en el Ejército del Aire y del Espacio.

La Audiencia Nacional, estimando el recurso interpuesto por ASFASPRO, anuló en su sentencia de 17 de octubre de 2018 (recurso 67/2017) por no ser conforme a derecho la Instrucción General 60-21, 3ª revisión, del 29/11/2016, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, por la que se actualizan las normas relativas a las funciones del Suboficial Mayor en el Ejército del Aire. Inexplicablemente el Ejército del Aire y del Espacio ha tardado casi cinco años en revisar la citada Instrucción.

Es relevante que el porcentaje de renuncias de subtenientes a la evaluación para la selección de asistentes al curso de actualización para el ascenso a suboficial mayor supera el 60%. El empleo no resulta atractivo para un porcentaje muy importante de suboficiales principalmente por razones de cometidos, incertidumbre en la asignación de vacantes, movilidad geográfica y retributivas.

 

Trayectoria profesional truncada

 

Conviene recordar que fue la Ley 17/1989, de 19 de julio, Reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional la creadora de este empleo, eliminando el ascenso a teniente e incluso a empleos superiores. Al nuevo techo de acero creado hubo que dotarle de funciones, cometidos y facultades lejos del ejercicio del mando, salvo casos muy puntuales como la gerencia de centros deportivos, socioculturales y residencias militares. El teniente ejercía el mando de sección o escuadrilla, sus conocimientos técnicos y experiencia en su especialidad fundamental seguían revertiendo en la propia institución. El suboficial mayor pasa a tareas de representación y también de información y asesoramiento esencialmente en materia de personal. El subteniente especialista en mantenimiento de aeronaves, con 30 años de experiencia en motores, pasa a asesorar al mando sobre reducciones de jornada.
Sin duda el modelo actual requiere de reflexiones y cambios profundos, más aún si tenemos en cuenta que se están aumentando el número de puestos de teniente -especialmente en el Órgano Central- para subtenientes/suboficiales mayores que han pasado a la reserva y han ascendido a este empleo.

 

El techo de cristal de los suboficiales

 

Los problemas de la escala de suboficiales no se solucionan con el empleo de Suboficial Mayor, por mucha pompa y boato que se pretenda dar a su participación en actos y ceremonias o a sus destinos en los Mandos, sino que debe abordarse sin más excusas la modificación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.

Durante la tramitación de esta norma en el Consejo de Personal ASFASPRO presentó el siguiente informe, solicitando transparencia en los procesos de asignación de vacantes y mejoras profesionales para este último empleo de la Escala de Suboficiales:

     . El proceso de asignación de vacantes no es transparente y otorga poca seguridad jurídica a los peticionarios.
    . Apoyo a la movilidad geográfica que conlleva el ascenso a suboficial mayor.
    . Adecuar las retribuciones de complemento de empleo del suboficial mayor al de los empleados públicos de su mismo grupo retributivo A2 (nivel 26).

 Descargar documentoINFORME ASFASPRO_INS SUB MAYOR EA.pdf

 

Instrucción 48/2023, de 14 de noviembre, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, por la que se desarrollan las funciones, cometidos y facultades del Suboficial Mayor en el Ejército del Aire y del Espacio:

Descargar documentoINSTRUCCIÓN 48/2023