Recientemente se ha publicado la Orden Ministerial 51/2023, de 22 de diciembre, por la que se fijan las cuantías de las compensaciones económicas, se identifican como una única localidad determinadas áreas geográficas y se dan normas para su aplicación.
La orden ministerial supone la ampliación de 54 a 79 millones de euros de la dotación presupuestaria para la compensación económica que trata de atender las necesidades de vivienda originadas por cambio de destino que suponga cambio de localidad, dentro del escenario de crecimiento previsto para alcanzar un gasto en defensa del 2% del PIB. Con estos números debería ser viable el aumento de las retribuciones del personal militar. El incremento de un nivel del complemento de empleo para los empleos entre teniente y sargento (éste pasaría del nivel 19 al 20, para estar dentro del margen de niveles acordado en la Administración para el grupo A2) sería de aproximadamente 21 millones de euros[1].
Es positivo el aumento de las cuantías de la compensación económica, aunque en ningún caso llegan a cubrir el coste medio de un alquiler en cada uno de los grupos de localidades. La construcción de residencias y viviendas logísticas siguen fuera de la agenda ministerial mientras se ceden o se venden simbólicamente miles de metros cuadrados. También son positivas las nuevas excepciones realizadas en el área geográfica de Guadalajara-Madrid-Segovia-Toledo (si bien debería dividirse como ya solicitó ASFASPRO en 2016), y el cambio de las localidades de Mahón y Hoyo de Manzanares al grupo 0. Respecto a la flexibilización del requisito de empadronamiento conviene esperar a conocer sus efectos para proceder a una valoración adecuada.
El incremento de las cuantías ha sido desigual para oficiales, suboficiales y tropa, siendo porcentualmente -excepto en el grupo de localidades 0- los suboficiales los menos compensados. Un militar de tropa no permanente (equivalente al subgrupo C2) percibe una compensación de 518,74€ (x 12 meses) en el grupo de localidades 0, supone un 63,65% sobre el sueldo del año 2023. Por el contrario, un suboficial (equivalente al subgrupo A2) percibe el 55,39%, es decir un 8,25% menos respecto a la referida categoría de militar. Excepto en el grupo 0, los suboficiales tienen, porcentualmente, menos cuantía asignada.
Sigue pendiente el problema del doble pagador y su impacto en la carga impositiva del afectado. Asunto denunciado desde el año 2018 por las asociaciones, la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados y el Observatorio de la vida militar, pero la señora Montero, vicepresidenta primera y ministra de Hacienda y Función Pública, no quiere solucionar.
La ministra Robles, que forma parte del Gobierno, debe impulsar la modificación de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas, que, tras más de 24 años de vigencia, hay para adaptarla a las necesidades actuales de los militares. La movilidad geográfica cobra aún mayor importancia si tenemos en cuenta el desarrollo de las especialidades de segundo tramo y que en los procesos de evaluación para el ascenso se valora haber cambiado de destino un determinado número de veces.
Dentro de esa futura modificación, entre otras muchas cuestiones y como ya tienen ejércitos de nuestro entorno, debe abordarse la creación de un concepto retributivo que considere el coste la vida en el lugar de destino, tal y como recoge el Dictamen emitido por la Comisión de Defensa el día 21 de febrero de 2018, en relación con el Informe Anual de 2017 del Observatorio de la Vida Militar:
“c) La movilidad del militar que incide de forma negativa en su poder adquisitivo, por lo que debería crearse un nuevo concepto retributivo que permita tomar en consideración el coste de la vida en el lugar de destino forzado.”
Descargar Orden Ministerial |
Descargar informe ASFASPRO |
[1]https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2023/125.2023%20Propuesta%20ASFASPRO%20Incremento%20CE%20PGE.pdf