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Constitución para todos, también por los militares ninguneados, tratados como ciudadanos de segunda

Pese a ser una parte fundamental en la resolución de todo tipo de crisis los militares se ven ninguneados profesional y retributivamente, viendo negados sus derechos. Especialmente por quien debería ser más sensible a sus problemas. En una entrevista reciente1 Margarita Robles, Ministra de Defensa, se permitía afirmar “Yo hablo con muchísimos militares y nunca he oído a nadie pedirme subir las retribuciones”. Se referirá a soldaditos de Playmobil, porque los representantes del personal militar, las asociaciones profesionales, se lo llevamos pidiendo desde que accedió al cargo. La Ministra de Defensa olvida que el militar de forma individual no puede pedirle directamente que le suba las retribuciones, debe hacerlo por conducto reglamentario. ¿No conoce la ministra el régimen disciplinario que se aplicaría a quien hiciera eso? ¿Se olvida de la iniciativa que cientos de compañeros cursamos sobre retribuciones? ¿Se olvida de la queja que elevamos al Defensor del Pueblo? ¿Del informe del Observatorio de la Vida Militar? ¿Del dictamen de la Comisión de Defensa del Congreso? Se han celebrado dos plenos extraordinarios del Consejo de Personal para ello, que acabaron en un bluf, se le ha expuesto directamente en el Ministerio repetidas veces, ha habido concentraciones de militares en numerosas ciudades y el pasado 16 de octubre una manifestación en Madrid pidiendo retribuciones dignas. Las asociaciones han pedido una audiencia con la ministra que ha dado la callada por respuesta, ahora ya sabemos que es para no oírnos y poder soltar ocurrencias como esa. A la ministra le importa poco el personal militar y solo lo utiliza para tener buena valoración en las encuestas a costa del esfuerzo del personal a sus órdenes.

La celebración del Día de la Constitución permite poner de relieve la situación del personal militar como ciudadanos de segunda. Afortunadamente, no es necesario insistir en que los militares conocen y acatan la Constitución Española de 1978 como, con mala intención y con desconocimiento se les discutía hace pocos años. El problema real es el contrario, que no se ven beneficiados por la legítima aplicación de los derechos que la Constitución consagra.

El militar es el único colectivo profesional que tuvo que ir a los tribunales para que se le reconociera el derecho de reunión (art. 21 CE) y el derecho de asociación (art. 22 CE). Y en el ejercicio de ambos se ve constantemente obstaculizado:

  • Cualquier empresa puede entrar en los cuarteles a ofrecer sus productos a quienes allí trabajan, los sindicatos pueden reunir al personal civil en aquellos acuartelamientos que cuentan con trabajadores civiles, pero las asociaciones profesionales de militares no pueden organizar reuniones en los mismos para explicar ningún asunto al personal cuyos derechos profesionales defienden.
  • Con ocasión de la manifestación en exigencia de retribuciones dignas para el personal militar que tuvo lugar el pasado 16 de octubre en Madrid (y que llenó las calles entre la Puerta del Sol y la Plaza de las Cortes) las asociaciones profesionales tuvieron de nuevo que acudir a los tribunales para poder finalizarla a las puertas del Congreso como inicialmente se les había autorizado, porque pocos días antes se les comunicó que les cortaban el recorrido.
  • Los representantes del personal militar en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas son actualmente los de aquellas asociaciones que cuentan con un determinado número de socios, cuando lo democrático sería que fueran elegidos por todos los militares en un proceso electoral transparente, de forma similar a como sucede en el cuerpo militar de la Guardia Civil. ¿Hay miedo a poner las urnas en los cuarteles de las Fuerzas Armadas? ¿Hay miedo a que los militares elijan libremente con su voto a sus representantes en el Consejo de Personal?

El art. 35 CE establece el derecho a la promoción a través del trabajo, pero si bien la tropa puede promocionar a oficial con facilidad, en las Fuerzas Armadas se ha establecido una barrera entre la categoría de suboficial y la de oficial que convierte a quien la supera en alguien excepcional. Curiosamente, en los años 80 era más fácil que un suboficial promocionara a oficial. Actualmente no hay problema en que los suboficiales asuman puestos y tareas de oficial, pero se les niega la promoción y a menudo se les niega también la retribución asignada a ese puesto de trabajo que desarrollan.

El art. 35 CE establece también el derecho a una remuneración suficiente. La normativa internacional establece que trabajos de igual valor deben recibir igual remuneración. Con el personal militar existe consenso en todo el arco parlamentario en que necesita una adecuación, homologación o equiparación salarial. Cualquier comparación con quienes desarrollan funciones similares es de escándalo: un soldado profesional gana casi la mitad que un guardia civil o un policía; un suboficial al final de su carrera gana como un guardia recién salido de su escuela; un teniente piloto de un reactor gana menos que un conductor de coche patrulla de muchos cuerpos policiales…

En cambio, a ese mismo militar, si hace lo que no debe y acaba en los tribunales, éstos le aplicarán mayor pena que a un civil “porque a un militar se le exige más” y debe dar ejemplo de buena conducta. Y cuando el militar va de maniobras días y días y días a dormir en el campo sobre una esterilla en el suelo, en condiciones muy difíciles, de especial fatiga, de gran riesgo físico, no le pagan las horas de más (estando obligados a realizar a cambio de su salario las mismas horas que cualquier funcionario, pero en las Fuerzas Armadas las horas de más ni se cuentan ni se pagan, y se realizan a centenares), e incluso le ratean compensar con tiempo. Las horas extraordinarias, guardias y servicios de 24 horas o mayor duración siguen sin retribuirse, a diferencia del resto de empleados públicos.

Se pide mucho a los militares -hasta la entrega de la propia vida en cumplimiento de su deber- pero se les da muy poco, apenas unas bonitas palabras y algunas medallas que quedan muy bien en el uniforme. Pero en sustancia, nada. Va siendo hora de tratar con respeto y con dignidad a los militares para que dejen de ser, en la práctica, ciudadanos de segunda. La Constitución Española también rige para los militares, toda la Constitución, también los derechos y no solo las obligaciones.

¡Feliz Día de la Constitución!

 

 


1 https://www.larazon.es/espana/20211205/ux5otsmn3vgc3bwj4w5kaakei4.html

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