El día 17 de junio se celebró el segundo pleno ordinario del año. Una vez más, la ministra Robles no hizo acto de presencia, delegando la presidencia en la Subsecretaria de Defensa. Los problemas de personal agonizan en estado crítico, pero no merecen la atención de la señora ministra. No deja de ser llamativo que hace unas semanas se reunió con los sindicatos del personal civil de ministerio y no tenga tiempo para hacerlo con las asociaciones profesionales, legítimos representantes del personal militar.
Al inicio y al final de la reunión el ministerio anunció la celebración, después del verano, de un pleno extraordinario sobre retribuciones, tal y como habíamos solicitado en abril de 2024 cuatro de las cinco asociaciones con representación en el Consejo:
https://www.asfaspro.es/rss/item/2958-cuatro-asociaciones-profesionales-obligaran-al-ministerio-de-defensa-a-debatir-la-adecuacion-retributiva-de-las-fuerzas-armadas
El Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa, aprobado hace unos meses por el Consejo de Ministros, incluye 679 millones de euros para el “aumento de las retribuciones del personal y aumento de efectivos de las Fuerzas Armadas”, por tanto, deben implementarse mejoras salariales.
Iniciada la sesión, ASFASPRO expuso que, dada la ausencia de varios representantes asociativos, el pleno no estaba legal y formalmente constituido, y que debería ser suspendido, toda vez que para su válida constitución ha de estar compuesto por la totalidad de sus miembros y en condiciones de paridad. En la sesión estaban presentes 10 representantes ministeriales y 7 representantes asociativos. Por tanto, todos los acuerdos adoptados podrían ser recurridos y anulados. La Subsecretaria de Defensa consideró que el pleno estaba correctamente constituido y continuó con el pleno. Serán los tribunales los que aclaren la controversia sobre la constitución del Consejo y la paridad de representantes en las sesiones. Este órgano antidemocrático requiere de cambios legislativos de calado que la señora ministra se niega a realizar.
Normativa para informe del Consejo más relevante:
- Proyectos de Ordenes de Defensa (3), por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las Escalas de Suboficiales del ET, ARM y EA mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación previa.
ASFASPRO presentó reparo a las tres normas por múltiples razones.
No hay ningún título de técnico superior que ofrezca todas las competencias que requiere cada especialidad fundamental del suboficial. Modificando la Ley de la carrera militar sería posible implantar titulaciones de grado específicas militares para alcanzarlas.
Retorcer el título de técnico superior intentando llegar a todas las competencias desnaturalizaría el propio título, su reconocimiento y validez civil, volviendo a la equivalencia genérica anterior a la Ley 39/2007.
El título de grado admite hasta 80 ECTS de prácticas que resultan necesarias para llegar a las unidades con mayores conocimientos técnicos y destrezas adquiridas.
Cientos de horas, más de un año escolar, de los planes de estudios del suboficial siguen sin reconocimiento en el Sistema Educativo General, la titulación de grado permitiría ese reconocimiento.
El cambio del título de técnico superior al título de grado permitirá que el suboficial obtenga el reconocimiento pleno por parte de la Administración General del Estado del grupo de clasificación profesional A2, como ya tienen hace más de 10 años sus equivalentes, los subinspectores del Cuerpo Nacional de Policía.
Para facilitar la promoción interna se solicitó que se publicara lo antes posible el cuadro de reconocimientos y convalidaciones con los planes de estudios de las escalas de oficiales (CG e IM).
Sobre los alumnos ingresados en las academias con el título de técnico superior pero que deben realizar los tres cursos académicos, se solicitó que se redujera a un solo curso (pasar a ingreso con titulación) para que empiecen a trabajar en las unidades lo antes posible.
- Proyectos de Ordenes de Defensa (3), por las que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las escalas de tropa ET, ARM y EA.
ASFASPRO expuso que se debe equilibrar la titulación de ingreso de los aspirantes, los contenidos del título de técnico y la formación necesaria para el ejercicio profesional.
Si la mayoría de la tropa y marinería ingresa ya con un título de técnico, bachillerato o un título superior, es una pérdida de tiempo volver a impartirles un título de técnico, por lo que parece razonable modificar la Ley de la carrera militar para optimizar la enseñanza de formación de esta escala.
- Proyecto de Orden de Defensa, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales de los Cuerpos Jurídico Militar, Militar de Intervención y Militar de Sanidad, y a las escalas de oficiales y de suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares.
Todas las propuestas de mejora de la promoción interna de los suboficiales músicos, como reducir las pruebas a realizar e incluir el empleo como un mérito en el concurso, fueron rechazadas por el ministerio.
Normativa para conocimiento y ser oído por el Consejo (no se debaten en el pleno)
-Proyecto de Orden de Defensa, por la que se modifica el Reglamento del Patronato de Huérfanos de la Armada, aprobado por la Orden 241/2001, de 20 de noviembre.
-Proyecto de Orden Ministerial, por la que se reduce el tiempo de servicios necesario para el ascenso al empleo de capitán de la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra y del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra.
-Proyecto de Orden Ministerial, por la que se fija el número de asistentes a los cursos de actualización para el ascenso a General de Brigada, Teniente Coronel, Comandante militar de complemento, Suboficial Mayor y Cabo Mayor, para el período 2025-2026.
-Proyecto de Orden Ministerial, por la que se fijan las plantillas de las escalas a extinguir de oficiales de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, y de las escalas a extinguir de la disposición transitoria tercera de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, para el periodo 2025-2026.
-Proyecto de Orden Ministerial, por la que se autorizan los cupos para el pase a la situación de reserva con carácter voluntario durante el periodo 2025-2026 para el personal de las Fuerzas Armadas.
-Proyecto de Orden Ministerial por la que se determinan los requisitos y procedimiento de concesión, anotación y descripción de la medalla conmemorativa de las operaciones con motivo de la «DANA 2024».
-Proyecto de Instrucción del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, por la que se regula la obtención del título de piloto militar para el personal de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.
-Proyecto de Instrucción del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se modifica la exigencia de determinados tiempos mínimos para el ascenso al empleo superior en el ámbito del ET.
ASFASPRO ha presentado informes con alegaciones a varias de estas normas. En el pleno la asociación insistió en lo siguiente:
Deberían disminuirse los tiempos mínimos para el ascenso de los suboficiales. Parece que solo existe la carrera de los oficiales, pero también, están las otras, las modestas de los suboficiales.
La finalización del pase voluntario a la reserva a los 58 años va a envejecer más todavía la escala de suboficiales y ralentizar los ascensos. Debería modificarse la Ley de la carrera militar para continuar con este pase voluntario a la reserva o, al menos, establecer cupos de reserva para los subtenientes.
No es entendible que se habiliten cupos de reserva para capitanes de fragata retenidos en el empleo y no para otros empleos que también están retenidos por superar el número de evaluaciones y no haber obtenido plaza para el ascenso.
Propuestas presentadas por ASFASPRO
- Abono atrasos CGCE RD 248/2025 en incapacidad temporal.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/044.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Atrasos%20Baja%20Medica.pdf
- Modificación normativa para abono incremento CGCE RD 248/2025 en incapacidad temporal.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/045.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Incremento%20CGCE%20baja%20m%C3%A9dica%20larga%20duraci%C3%B3n.pdf
- Solicitud a función pública modificación del cálculo retribución en baja médica.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/046.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Calculo%20retribuciones%20Baja%20Medica.pdf
Son tres propuestas sobre los atrasos y el cálculo de retribuciones en caso de baja médica. Una corresponde a aquellos que estuvieron de baja en diciembre de 2024 o fechas anteriores, otra sobre personal que estuvo de baja en enero, febrero o marzo, y otra para modificar el cálculo de retribuciones que realiza Función Pública en caso de baja médica.
El ministerio estimó la primera, explicando que la regularización se producirá en el mes de junio y también la tercera sobre el traslado a Función Pública de cambios en el cálculo para eliminar pérdidas económicas.
El ministerio desestimó la segunda -abono del incremento CGCE a bajas médicas anteriores a 1 de enero- porque es de aplicación la Instrucción 77/2018, de 29 de noviembre, que desarrolla el Real Decreto 956/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba y publica el Acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado el 23 de julio de 2018, en relación al régimen retributivo de la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de la Administración General del Estado y Organismos o Entidades Públicas dependientes, que no permite el abono de atrasos al personal que inició su baja antes de 1 de enero. Sería necesario modificar el Acuerdo de la Mesa General de Negociación.
- Modificación de la IPOR 01/2025, del Almirante Jefe de Personal, sobre la realización de pruebas físicas periódicas en la Armada.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/043.2025%20Propuesta%20Modificaci%C3%B3n%20Pruebas%20Fisicas%20Armada.pdf
Se estimó la propuesta.
- Remuneración de guardias y servicios de al menos 24 horas no compensados con descansos.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/041.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Remuneraci%C3%B3n%20Guardias%20y%20Servicios.pdf
El ministerio desestimó la propuesta. ASFASPRO insistió en que los descansos obligatorios se pierden por necesidades del servicio, no hay flexibilidad para su disfrute, por lo que deberían abonarse. Además, los descansos adicionales están limitados a 10 días. El ministerio debe tomar alguna medida para que, al menos, no se pierdan los descansos obligatorios.
Otras asociaciones presentaron propuestas para modificar el Reglamento del Consejo de Personal y mejorar los permisos por técnicas de reproducción asistida, ambas fueron desestimadas.
Ruegos y preguntas presentadas por ASFASPRO
PRIMERA. – Pleno extraordinario sobre retribuciones
En virtud del artículo 50.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, cuatro asociaciones con representación en el Consejo de Personal solicitaron el 18 de abril de 2024 la celebración de un pleno extraordinario sobre retribuciones. El pasado pleno de 28 de marzo de 2025 ASFASPRO preguntó cuando se tenía prevista su convocatoria, respondiendo DIGENPER:
“Desde la celebración del último Pleno extraordinario, que se llevó a cabo en marzo de 2024, no han variado las condiciones generales que justifiquen la convocatoria de un nuevo pleno extraordinario de retribuciones.”
El 22 de abril de 2025 el Consejo de Ministros presentó el Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa, en el que se incluyen 679 millones de euros para el “aumento de las retribuciones del personal y aumento de efectivos de las Fuerzas Armadas.”
Teniendo en cuenta las nuevas condiciones, ¿cuándo se tiene previsto convocar el pleno extraordinario sobre retribuciones?
Al inicio y a la finalización del pleno el ministerio anunció la celebración, después del verano, de un pleno extraordinario sobre retribuciones. No fijaron una fecha concreta.
SEGUNDA. – Alojamientos de verano de la Armada
¿A qué se debe el retraso en la contratación de los apartamentos para personal militar de Armada de la temporada estival 2025?
Según respuesta escrita recibida del ALPER este año la oferta se había ampliado para incluir por primera vez habitaciones de hotel y se había dividido la convocatoria en dos para separar la oferta en las islas Baleares del resto, con objeto de facilitar la planificación de los viajes. Además, se ha empleado una nueva modalidad de contratación mediante un Acuerdo Marco, de mayor complejidad en la tramitación y plazos.
TERCERA. – Sarna en las Islas Canarias
¿Cuántos militares han sido afectados por sarna en las Islas Canarias tras el DIFAS?
Según respuesta escrita recibida del Gabinete Técnico de la Subsecretaria de Defensa:
En el mes de junio en el ET se han detectado un total de 25 casos en Tenerife y 3 en Gran Canaria. Se ha seguido el Protocolo de actuación frente a la escabiosis establecido por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de Salud: aislamiento y administración de profilaxis al personal positivo y al personal con contacto estrecho, desinfección de alojamientos, literas, taquillas, baños, vehículos y lavado de ropa a 60º.
A lo largo del año se han producido varios brotes en el archipiélago entre la población civil en localidades diversas, que apuntan a que la situación se enmarca dentro de la dinámica de propagación natural de la enfermedad, sin que esté relacionado con la ejecución del Día de las FAS.
CUARTA. – Pago incentivo para suboficiales y oficiales
Durante muchos meses se vienen realizando a los militares profesionales de la categoría de Tropa y Marinería, en todos sus empleos, abonos en distintas nóminas de haberes en cantidades variables en concepto de pago incentivo. ¿Por qué se sigue excluyendo a suboficiales y oficiales de este pago? ¿Cuándo van a recibir este pago los suboficiales y oficiales?
Según respuesta escrita recibida de DIGENPER:
Tal y como dispone el artículo 3.4 del Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, del Reglamento de Retribuciones de las FAS, el Complemento de Dedicación Especial, retribuirá el especial rendimiento, la actividad extraordinaria o la iniciativa con que se desempeñe el puesto de trabajo, y como tal incentivo, no genera ningún derecho respecto de valoraciones o apreciaciones correspondientes a períodos de asignación en el tiempo, así como tampoco genera un derecho de percepción en una escala u otra.
En este sentido, y en función de la disponibilidad presupuestaria, se ha procedido a retribuir a parte de los componentes de las escalas de tropa y marinería que cumplan una serie de requisitos definidos en la normativa vigente.
QUINTA. - HPS en procesos selectivos de la Armada
En el proceso selectivo para el acceso a la escala de suboficiales de la Armada se han encontrado discrepancias entre el procedimiento de tramitación de HPS (Directiva 07/2021 del AJEMA) y las bases de la convocatoria. En la tramitación y debate en el Consejo de Personal del requisito de estar en posesión o haber solicitado la HPS para poder solicitar las plazas ofertadas, ASFASPRO advirtió a DIGEREM y ALPER de posibles problemas para los aspirantes y alumnos.
Ahora, la Armada ha tenido que establecer varias medidas mitigadoras para evitar el impacto negativo en el personal. ¿Cuántas convocatorias tiene previsto la Armada que duren las excepcionales medidas mitigadoras? ¿Va a eliminar la Armada este requisito?
Según respuesta escrita recibida del ALPER se está considerando suprimir en futuras convocatorias el requisito de estar en posesión o trámite de la HPS y que, en su lugar, sea durante la Fase de Acogida Orientación y Adaptación cuando se solicite. Está en estudio la nueva formulación del requisito por uno más genérico, que deberá ser mantenido durante todo el proceso selectivo y realización de los cursos, supondría que en caso de denegación de la HPS, el interesado causaría baja.
De este modo, se continúa en consonancia con la directiva encaminada a lograr que todos los oficiales y suboficiales de la Armada dispongan, en todo momento, de la HPS en vigor.
Preguntas de otras asociaciones:
-Implantación de los coeficientes reductores. DIGENPER respondió por escrito que es un tema complejo desde el punto de vista técnico, jurídico y económico, por lo que el Ministerio de Defensa sigue analizando el mismo conforme a la normativa vigente.
-Procedimiento de conversión de licencias militares de controlador aéreo. MAPER EA respondió por escrito que una vez publicada la orden ministerial se redactará una IG con el procedimiento de solicitud, determinando quien es el responsable de acreditar la experiencia y conocimientos, los formatos de los certificados, etc.
ASFASPRO presentó un ruego en relación con el pase voluntario a la reserva a los 58 años al que representante del MAPER EA se opuso totalmente al tratar la OM sobre los cupos voluntarios de pase a la reserva 2025-2026. Deben tenerse en cuenta varios argumentos en relación al próximo incremento de efectivos y la incidencia de la edad en el desempeño profesional. El Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa recoge el incremento de 2.400 efectivos y el presidente del Gobierno anunció en el Congreso de los Diputados que se elevaría a 7.600 efectivos. Es un buen momento para rejuvenecer la plantilla porque la edad es importante. Así lo demuestra la intervención en la DANA, con personal suboficial y tropa del EA que superaba los 50 años realizando un trabajo físico importante con la pala y cagando peso.
Según respuesta escrita de DIGENPER, por parte del ministerio se van a mantener los cupos de pase voluntario a la reserva en los mismos términos que se ha venido haciendo hasta ahora.
Lo que viene siendo prácticamente 0,0 para las escalas de suboficiales, que seguirán envejeciendo y con los ascensos taponados.