28/04/2014 - El pasado 2 de abril de 2014, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo -Pleno de la Sala Tercera- ha planteado al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad sobre la supresión a los empleados públicos de la paga extra de diciembre de 2012 al estimar que pudo vulnerar la prohibición de retroactividad de las normas restrictivas de derechos individuales que garantiza el artículo 9.3 de la Constitución y el principio de seguridad jurídica.
Por ello, es muy probable que el Tribunal Supremo decrete la suspensión del recurso en interés de la ley en tanto en cuanto no se defina el Tribunal Constitucional, quedando todo en suspenso.
ASFASPRO seguirá informando de cuanto acontezca en relación al presente asunto.
25/04/2014 - elpais.com -
El Tribunal Supremo ha puesto en duda la constitucionalidad de la supresión de la paga extra a los funcionarios, dictada por el Gobierno de Rajoy en julio de 2012 y ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad al considerar que se pudo vulnerar la prohibición de retroactividad de las leyes.
La decisión del pleno de lo Contencioso Administrativo del Supremo, que ha adoptado por unanimidad con el visto bueno de la Fiscalía y en contra de la Abogacía del Estado,se une así a las ya planteadas por la Audiencia Nacional, los juzgados de los social y los de lo contencioso administrativo.
24/04/2014 - Tal y como adelantó el Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa en el pleno del Consejo de Personal de 31 de marzo, la Abogacía del Estado, el 3 de abril de 2014, ha interpuesto recurso de casación en interés de ley en el Tribunal Supremo contra la sentencia de 24 de enero de 2014, dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 1 de la Audiencia Nacional en el Procedimiento Abreviado 632/2013.
Como consecuencia del mismo, todas las solicitudes de extensión de efectos de la citada sentencia que al día de la fecha están interpuestos en citado juzgado y en virtud del artículo 110.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, quedarán en suspenso hasta que se resuelva el recurso de casación en interés de Ley.
Por la misma razón, todos los Tribunales y juzgados, que actualmente estén conociendo en Contencioso Administrativo del mismo asunto, procederán a suspender sus actuaciones hasta que se defina el Tribunal Supremo.
Si el recurso en Interés de Ley, fuera estimado, y por tanto diera la razón a la Abogacía del Estado, se archivarían todas las solicitudes actualmente interpuestas, sin que ya pudieran realizar nuevas solicitudes de extensión de efectos.
El Gabinete Jurídico seguirá enviando al Juzgado Central cuantas solicitudes le lleguen, si bien, como se ha apuntado, quedarán en suspenso en el mismo. Si el recurso de casación en interés de Ley fuera desestimado y confirmara que la sentencia emitida el 24 de enero de 2014 es ajustada a derecho, el Juzgado Central iniciaría con carácter inmediato el procedimiento para extender los efectos de la sentencia a todas aquellas solicitudes que estuvieran suspendidas.
ASFASPRO seguirá informando de cuanto acontezca en relación al presente asunto, tanto en cuanto a las solicitudes de extensión de sentencia que se encuentran en el juzgado Central, como de la resolución de aquellos Contencioso Administrativo del mismo asunto que se encuentran en el Tribunal Superior de Justicia.
08/04/2014 - elpais.com -
Por segunda vez en menos de un año, la titular del Juzgado Togado Militar Territorial número 12 de Madrid, la capitán Patricia Moncada Lázaro, ha dejado en evidencia las deficiencias estructurales de la jurisdicción castrense. Si en julio pasado fue el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el que tuvo que dar amparo a dicha juez, exigiendo que respetase su independencia y cesaran las presiones por parte de los mandos, ahora ha sido el Supremo el que le ha dado la razón y ha ordenado que se abstengan de intervenir en su caso los cuatro generales que integran el Tribunal Militar Central.
El origen del litigo está en la investigación de un supuesto caso de corrupción en la Agrupación del Acuartelamiento Aéreo de Getafe (Madrid). En junio pasado, la juez acudió en dos ocasiones al citado acuartelamiento al frente de una comisión judicial con una orden de registro. El coronel jefe, Francisco Javier Roig, ordenó a la juez que se presentara en su despacho y, tras recriminarle que no le hubiera avisado de su visita, la emplazó a que le dijera qué dependencias planeaba registrar, a lo que esta replicó, en una tensa conversación, que no podía hacerlo porque la causa estaba declarada secreta.
02/04/2014 - elmundo.es -
El Tribunal Supremo ha estimado la recusación de los miembros delTribunal Militar Central que iban a resolver sobre el archivo de una denuncia presentada por la capitán auditor Patricia Moncada, titular del Juzgado Militar Territorial número 12 de Madrid, contra el coronel jefe de la Agrupación del Acuartelamiento Aéreo de Getafe,Francisco Javier Roig, al que Moncada atribuye un delito de obstrucción a la justicia.
La recusación del Tribunal Militar Central fue promovida por la juez militar y se basaba en que sus integrantes decidieron el 12 de junio de 2013 iniciar contra ella un expediente disciplinario por una falta grave de abuso de autoridad.
03/03/2014 - 20 minutos -
El Pleno de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad en relación con el Real Decreto de 2012 que suprimió la paga extraordinaria a los funcionarios. El Tribunal Constitucional acumula varias cuestiones sobre el mismo asunto, que ya han sido admitidas a trámite.
La decisión del alto tribunal ha sido adoptada con el apoyo de 17 de los magistrados que componían el Pleno, mientras que otros 14 han votado en contra, según fuentes de este órgano. Se trata de un recurso planteado por un funcionario del propio Tribunal Constitucional contra la decisión de este órgano de rechazar el recurso de alzada que el trabajador interpuso tras sufrir el recorte.
17/10/2013 - Europa Press -
El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que debe ser el Juzgado Togado Militar número 23 de Almería el que se haga cargo de la investigación de las circunstancias en las que se produjo la explosión del proyectil de 105 milímetros que el pasado mayo causó la muerte de dos brigadas y un sargento y heridas a otros dos soldados cuando se encontraban en una de las naves utilizadas por el Batallón de Zapadores de la Brigada de la Legión (Brileg) con base en Viator.
La sentencia que resuelve el conflicto de jurisdicción planteado con el Juzgado de Instrucción número 1, hecha pública este jueves, se aviene a los argumentos de la fiscalía militar y considera que, si bien por el momento las diligencias practicadas "no han arrojado resultados mínimamente consistentes" para establecer qué paso, los hechos y una "posible responsabilidad si surgiesen datos incriminatorios" podrían tener "cobijo" en el artículo 159 del Código Penal militar en su modalidad culposa.