Ante la falta de avances por parte del Ministerio de Defensa en el establecimiento de los incrementos retributivos para el año 2022 que continúen con la justa equiparación salarial con los Cuerpos de Seguridad del Estado, ASFASPRO convoca concentraciones en una decena de ciudades para el próximo 19 de junio, tal y como ya hizo en el pasado mes de diciembre.
Las guardias, el trabajo a turnos, la nocturnidad, la extensión de horarios, la peligrosidad, la preparación técnica, la disponibilidad permanente y la movilidad geográfica deben retribuirse.
Recientemente se ha publicado el Real Decreto 296/2021, de 27 de abril, por el que se modifica el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo.
En el Ejército de Tierra nos encontramos con que, unos años después de que el Ministerio decidiera modificar las especialidades fundamentales de Infantería y Artillería dividiéndolas en especialidades diferentes, se desanda el camino para volver a los inicios. En aquellos momentos se obligó al personal a decidir por una u otra de las entonces nuevas especialidades (Infantería Ligera o Infantería Acorazada/Mecanizada para unos, Artillería de Campaña o Artillería Antiaérea y de Costa para otros). Al personal que eligió mantener todas las capacidades que le brindaba su formación académica y su experiencia profesional, esto es, mantener ambas especialidades, se le asignó forzosamente de oficio una de ellas. Es decir, se despojó a los afectados de la mitad de las capacidades profesionales que tenían, generándole daños y perjuicios en su carrera profesional (vacantes, cursos, ascensos…). En su momento el personal afectado manifestó sus quejas, que fueron obviadas por completo y, despreciando los legítimos intereses profesionales del personal y la formación cursada, la Administración se negó a mantener como especialidades a extinguir las que se habían obtenido al salir de la academia.
El día 9 de abril de 2021 asistimos de nuevo a otra bajada de sueldo prevista en el ciclo de ascensos 2021-2022, esta vez dentro del Ejército del Aire. Sí, así de simple, y ya fue anunciada mediante la Orden Ministerial 12/2019, de 28 de marzo, que modifica la Orden Ministerial 19/2009, de 24 de abril, por la que se establece el tiempo mínimo de servicios y el de permanencia en determinado tipo de destinos necesarios para el ascenso.
En ella supuestamente el Ministerio de Defensa modificó los tiempos mínimos de servicios de determinados empleos para evitar que se produjera una “descapitalización” en algunos empleos de la escala, eufemismo para decir que si eres sargento primero no vas a ascender a brigada, aunque haya vacante, y tardarás más años en ascender a subteniente y así sucesivamente. Resultado: te bajan el sueldo, pues cobras por el empleo en diversos conceptos. Compensamos así la generosa subida que el magnánimo ministerio ha decidido otorgar por nuestra callada y ejemplar obediencia. Una de cal y quince de arena, pues esto no ha sido subida sino limosna.