ASAMBLEA ORDINARIA 2025
El PRESIDENTE de la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (ASFASPRO), en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21 de los estatutos, ha resuelto convocar por la presente ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, que se celebrará el próximo sábado 8 de noviembre del presente año, a las 09:45 horas en primera convocatoria o, de no concurrir el quórum necesario, a las 10:15 con los que se encuentren presentes.
El lugar será salas de la Residencia Militar “DON QUIJOTE”, ubicadas en la Avenida del Doctor Federico Rubio y Galí nº 61 28040 MADRID, a fin de tratar el siguiente:
Dada la importancia de los temas a tratar, rogamos su asistencia y, en el caso de no ser posible, le agradecemos haga uso de la DELEGACIÓN DE VOTO que a este fin se adjunta a la presente convocatoria y que una vez debidamente cumplimentada y firmada (es válida la firma electrónica), deberá remitirse por una de estas formas:
1.-En formato PDF, vía correo electrónico, a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (fecha límite 20 de noviembre de 2024).
2.- Entregada en mano a cualquiera de los delegados, a los miembros de la junta directiva o al socio que nos vaya a representar, quienes la remitirán, a la mayor brevedad posible, al correo electrónico de administración antes del día 20 de noviembre de 2024, con el fin de agilizar el desarrollo de la Asamblea General.
3.- Por correo ordinario a la dirección de nuestra sede social: Paseo de la Habana 9-11, 28036-MADRID (fecha límite 17 de noviembre de 2024).
Delegación de Voto 2025
El día 30 de septiembre se celebró el tercer pleno ordinario del año. Una vez más, la ministra Robles no hizo acto de presencia, delegando la presidencia en la Subsecretaria de Defensa. Muchos agradecimientos al personal en los medios de comunicación, pero poco interés en sus problemas profesionales. Hace unos días la ministra Robles hizo gala de ello al visitar el buque Furor: “Conozco la profesionalidad de todos los hombres y mujeres de la Armada y el gran trabajo que hacen, cada día, por encima de esta misión que ha tenido mayor relevancia mediática”. Y los problemas, ¿los quiere conocer?
El anunciado pleno extraordinario sobre retribuciones, solicitado en abril de 2024, sigue sin fecha de convocatoria y el ministerio no ha ofrecido razón alguna. Seguimos a la espera del reparto de los 679 millones de euros que el Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa destina al “aumento de las retribuciones del personal y aumento de efectivos de las Fuerzas Armadas”.
Mientras se incrementa el número de colectivos profesionales que son acreedores de los coeficientes reductores de la edad de jubilación a los militares se nos sigue negando hasta la ampliación del pase voluntario a la reserva, importando poco la peligrosidad, penosidad y siniestralidad que sufrimos, las exigencias psicofísicas propias del servicio y el aumento presupuestario del citado Plan Industrial y Tecnológico.
Durante la sesión, ASFASPRO expuso que, dada la ausencia de varios representantes asociativos, el pleno no estaba legal y formalmente constituido, y que debería ser suspendido, toda vez que para su válida constitución ha de estar compuesto por la totalidad de sus miembros y en condiciones de paridad. En la sesión estaban presentes 10 representantes ministeriales y 8 representantes asociativos. Por tanto, todos los acuerdos adoptados podrían ser recurridos y anulados. La Subsecretaria de Defensa consideró que el pleno estaba correctamente constituido y continuó con el mismo. Esperamos que los tribunales aclaren pronto la controversia sobre la constitución del Consejo y la paridad de representantes en las sesiones. Este órgano antidemocrático requiere de cambios legislativos que la señora ministra se niega a realizar.
Por mandato expreso de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes a la primera parte del pleno asistieron asociaciones no profesionales de retirados y discapacitados. La ley olvidó que estos colectivos ya tienen representación en las asociaciones profesionales.
El Secretario General Gerente del ISFAS anunció que la receta electrónica con ASISA y ADESLAS se implantará por comunidades autónomas, empezando por Extremadura y Aragón. Pretenden que antes del verano de 2026 esté implantada en la mayoría de comunidades e irán informando a los afectados vía SMS y correo electrónico.
DIGENPER explicó que iban a impulsar la tramitación de una iniciativa legislativa, en cumplimiento de la Ley 2/2025, para garantizar la posibilidad de adaptar o cambiar el puesto de trabajo en caso de incapacidad permanente absoluta, total o gran discapacidad.
Normativa para informe del Consejo:
- Proyecto de Orden Ministerial por la que se modifica la Orden DEF/ 253/2015, de 9 de febrero, por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias de los miembros de las Fuerzas Armadas.
El proyecto incorpora las últimas modificaciones del Estatuto Básico del Empleado Público y cambia los criterios para el cálculo de las retribuciones en los casos de reducción de jornada.
ASFASPRO explicó que el proyecto incluye varios conceptos indeterminados con margen de interpretación por cada jefe de unidad, lo que requerirá del establecimiento de criterios comunes por parte del ministerio.
ASFASPRO propuso que el permiso por paternidad pueda adelantarse 10 días con el objeto de permitir al padre -progenitor diferente a la madre biológica- asistir al parto y también a la madre en los días previos. Ocurre que el padre está a 400 km de maniobras o de guardia, la madre en reposo y fuera de cuentas, se pone de parto y el padre no llega porque no tiene permiso alguno. El ministerio rechazó la propuesta porque no se incluye en el Estatuto Básico del Empleado Público y otros empleados públicos también pueden estar desplazados. ¿Qué empleado público está semanas de maniobras en el campo?
Finalmente, el ministerio volvió a rechazar la propuesta de ASFASPRO sobre fijar en un (1) mes el plazo de resolución de las peticiones de vacaciones (igual que el resto de empleados públicos) porque dificultaría el planeamiento y la planificación derivada de la necesidad de mantener un porcentaje de operatividad en las unidades. Por tanto, el plazo continuará en tres (3) meses.
Propuestas presentadas por ASFASPRO
- Que en próximos ciclos de evaluación la relación entre el número de evaluados y el de vacantes previstas para el ascenso por el sistema de clasificación al empleo de Subteniente del Cuerpo de Infantería de Marina sea el mínimo exigido: 1,15.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/095.2025%20Propuesta%20AFASPRO%20Ratio%20m%C3%ADnimo%20ascenso%20Subteniente%20IM.pdf
ALPER estimó parcialmente la propuesta en el sentido de que la Armada antes de establecer el ratio hace un estudio de varios factores (vacantes, candidatos, edades, trayectorias…) y en los últimos años el ratio ha estado entre 1,15 y 1,5.
ASFASPRO presentó reparo porque no es lo que se propone. ALPER adujo que si se aplica el ratio 1,15 puede haber brigadas retenidos, la asociación volvió a explicar que habrá más retenidos con ratios más altos y que es mejor retrasar la evaluación y permanecer unos años más en el empleo de brigada que quedarse retenido.
- Propuestas de mejora de la transparencia en los procesos de selección para el ingreso por promoción interna en los centros docentes militares de formación:
Primera. - Publicación en la intranet de los exámenes de conocimientos de convocatorias anteriores.
Segunda. - Grabación de las pruebas físicas.
Tercera. - Participación de miembros de las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal como observadores.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/096.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Transparencia%20procesos%20seleccion%20por%20promocion.pdf
ASFASPRO expuso que en la convocatoria de este año para el acceso a la escala de suboficiales del Ejército del Aire y del Espacio más de 100 aspirantes de promoción interna han resultado no aptos en la prueba de salto vertical o potencia del tren inferior. El total en el resto de ejércitos y cuerpos fue de 13, la diferencia es muy notable. Por otro lado, solo 7 aspirantes alcanzaron o superaron el 5 en la prueba de conocimientos de Física. Finalizado el proceso 74 plazas quedaron sin cubrir. Estos datos son razones suficientes para hacer mejoras en los procesos de selección.
DIGEREM dijo que estudiaría la publicación en la intranet de los exámenes, si bien están pendientes de una sentencia judicial al respecto. También estudiará la posible grabación de las pruebas físicas porque tienen dudas sobre su legalidad y, finalmente, rechazó que representantes de las asociaciones pudieran ser observadores de los procesos de selección porque no aportarían nada a lo ya establecido, olvidando lo que acontece en el resto de la Administración y su importante contribución a la transparencia en los procesos de selección, que sigue siendo una tarea pendiente y transmite una imagen negativa y arbitraria de las Fuerzas Armadas.
- Primera. - Modificación de las pruebas físicas de los procesos de promoción interna y de los planes de estudios de formación para adaptarlas a las pruebas físicas periódicas.
Segunda. - Modificación de las marcas a alcanzar en los procesos de promoción interna y en los planes de estudios de la enseñanza de formación, estableciendo tramos por edad para esta forma de ingreso.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/098.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Pruebas%20fisicas%20promoci%C3%B3n%20suboficial.pdf
DIGEREM estimó parcialmente la propuesta. Se ha iniciado la modificación de las dos órdenes ministeriales que regulan las pruebas físicas. Se medirán del mismo modo las cuatro aptitudes (fuerza del tren superior, resistencia, agilidad y fuerza abdominal), siendo las mismas pruebas para oficiales, suboficiales y tropa para el acceso, el egreso y a lo largo de la trayectoria. Están elaborando las marcas a alcanzar y habrá distinción entre los cuerpos generales y el resto. Además, para el acceso se exigirá la prueba de natación.
Un grupo técnico está estudiando el establecimiento de los grupos de edad para el acceso y la superación de los planes de estudios teniendo en cuenta los perfiles de egreso. Las marcas por edad y sexo que se exijan deben capacitar para superar la instrucción y el adiestramiento del plan de estudios.
- Que las juntas de evaluación precisen detalladamente en el Informe Personal de Evaluación (IPEV) las circunstancias de la aplicación de los apartados quinto.6 y sexto.7 de la Orden Ministerial 17/2009, de 24 de abril.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/097.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Transparencia%20procesos%20evaluaci%C3%B3n.pdf
El ministerio estimó la propuesta, e instarán a los Mandos de Personal a que especifiquen las circunstancias.
- Que el ministerio de Defensa promueva la modificación de la Ley de la carrera militar para establecer un periodo transitorio con aplicación paulatina voluntaria de la edad de pase a la reserva para todos aquellos ingresados entre el 1 de julio de 1986 y el 1 de enero de 2008, fecha de entrada en vigor de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/100.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Modificaci%C3%B3n%20LCM%20DT%20Pase%20reserva.pdf
ASFASPRO, añadiendo a lo ya explicado en la propuesta, expuso que La Ley de la carrera militar justifica la reserva especialmente en el planeamiento y en la edad para el ejercicio profesional.
Para unos militares pasar a esta situación es un castigo con el que pierden retribuciones, para otros un merecido descanso y un reconocimiento a décadas de años de servicio. Es fácil entender que un coronel pierde más retribuciones que un subteniente al pasar a la reserva, y que suele ser frecuente que los primeros ocupen destinos en esta situación. Tampoco podemos obviar que las exigencias físicas de la mayoría de puestos de coronel no suelen ser las mismas que los puestos de subteniente.
Tan lícito es pretender pasar a la reserva con tiempos cercanos a los 40 años de servicio como ocupar destinos en esta situación. Lo que no es razonable que porque unos no se quieran ir se pretenda cercenar la posibilidad al resto del colectivo.
La edad real de pase a la reserva ha ido en aumento con cada una de las últimas leyes de personal:
- Con la Ley 17/1989 los suboficiales (excepto Suboficiales Mayores) pasaban a la reserva a los 56 años de manera forzosa.
- Con la Ley 17/1999, los suboficiales (excepto Suboficiales Mayores) pasaban a la reserva el 15 de julio del año en el que cumplían 33 años desde la obtención de la condición de militar de carrera y al menos 56 años. En todo caso a los 61 años de forma forzosa
- Finalmente, la Ley 39/2007 establece en 61 años el pase a la reserva de forma forzosa con dos periodos transitorios diferentes, hasta el 31 de julio 2013 en las condiciones de la Ley 17/99 anteriormente expuestas; y hasta el 30 de junio de 2019 con más de treinta y tres años desde su ingreso en las FAS y 58 años de forma voluntaria.
Es fácil entender que un número importante de los ingresados antes de la entrada en vigor de cada una de estas leyes tenían expectativas de pasar a la reserva a la reserva a los 56 años. Las plantillas y el reclutamiento estaban dimensionados para asimilar esa realidad, en otras palabras, las cuentas ya estaban hechas.
El envejecimiento de las escalas de suboficiales es una realidad, un tercio de los suboficiales tenemos 50 o más años de edad. El eslabón fundamental de la organización está ajado. No se puede obviar el deterioro físico natural que acompaña el envejecimiento. Ese deterioro físico en muchas ocasiones resulta superior a otras profesiones por las condiciones que exige el servicio. No sería extraño que el aumento de la edad de pase a reserva traiga el incremento de expedientes psicofísicos, del número de APL´s y de aquellos que pasan a retiro por pérdida de condiciones psicofísicas. También se podría esperar el aumento de lesiones y bajas por enfermedad.
A las expectativas profesionales truncadas y a las consecuencias del envejecimiento se añaden otros tres aspectos.
La Ley 39/2007 eleva realmente en 5 años el pase a la reserva con un breve periodo transitorio de 11 años. Este periodo no es en absoluto progresivo ni suficiente. Salvando las distancias podría mencionarse los 13 años en los que se pasará de la edad de jubilación de 65 a 67 años. Son trece años de adaptación para 24 meses, de mes en mes hasta el 2018 y de dos meses en dos meses hasta el 2026.
Por todo ello debería establecerse un periodo transitorio con aplicación paulatina de la edad de pase voluntario a la reserva para los ingresados antes de 1 de enero de 2008.
El Subdirector General de Personal Militar desestimó la propuesta porque afectaría negativamente al planeamiento, aumentando el coste de personal en situación en reserva y reduciendo el personal en situación de activo en contra de los criterios de eficacia y sostenibilidad. El aumento de la edad de pase a la reserva es acorde con el incremento de la edad de jubilación. No encuentra lógico un nuevo periodo transitorio que crearía desigualdad frente al que en idénticas condiciones ya hubiera extinguido su derecho a pasar voluntariamente a la reserva, además quebrantaría la seguridad jurídica al alterar retrospectivamente expectativas ya consolidadas.
ASFASPRO, respecto al argumento del incremento de la edad de jubilación, volvió a insistir en los coeficientes reductores para el adelanto de la edad de jubilación que se aprobaron recientemente para los bomberos forestales y para los policías locales hace unos pocos años. Hay para todos menos para los militares.
Además, preguntó por las expectativas que se modifican, porque el pase es voluntario y el interesado puede solicitarlo o no, muy al contrario, se va a beneficiar al resto porque se generarán más ascensos.
Finalmente, volvió a recordar el incremento de presupuesto destinado a aumentar el reclutamiento que recoge el Plan Industrial y Tecnológico, por lo que es un momento propicio para esta disposición transitoria.
Propuestas de otras asociaciones:
- El ministerio creará y regulará los distintivos de los cursos de prevención de riesgos laborales (PRL).
- El ministerio realizará un estudio detallado para unificar procedimientos con el fin de evitar que en los cursos se establezcan diferentes IREs según ejército de pertenencia.
Ruegos y preguntas presentadas por ASFASPRO
En relación a la propuesta estimada sobre el IPEV, ¿se va a realizar un informe adicional informando a los calificados de esta última evaluación de las circunstancias de la modificación de la nota?
DIGENPER respondió que se hará para los próximos informes, no retroactivamente porque el proceso ya ha finalizado.
Primera. – Pleno extraordinario sobre retribuciones
En virtud del artículo 50.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, cuatro asociaciones con representación en el Consejo de Personal solicitaron el 18 de abril de 2024 la celebración de un pleno extraordinario sobre retribuciones. El pasado pleno de 17 de junio de 2025 ASFASPRO preguntó, una vez más, cuando se tenía prevista su convocatoria, respondiendo DIGENPER:
“Como ha anunciado el secretario, el pleno extraordinario de retribuciones se celebrará después de verano.”
¿Cuándo se tiene previsto celebrar el pleno extraordinario sobre retribuciones?
DIGENPER respondió que se celebrará a lo largo de este año, pero no puede precisar la fecha.
Segunda. – Gratificaciones DANA
En el mes de diciembre y meses posteriores se han ido produciendo regularizaciones en las nóminas por las gratificaciones/incentivos por la participación en las inundaciones de Valencia.
Sin embargo, no se han dado explicaciones a los afectados sobre los criterios y cálculos de asignación de esas gratificaciones/incentivos, por lo que desconocen si la devolución o el pago efectuado está correctamente realizado.
¿Sería posible a través del portal personal (expediente nómina) informar a cada uno de los afectados del cálculo concretamente realizado?
DIGENPER remitió respuesta escrita el 13 de octubre. En las nóminas del mes de diciembre y posteriores se ha abonado la gratificación propuesta por el GEJUME para todo el personal desplegado en las zonas afectadas por la DANA, en base a los listados nominales y número de días comunicados por los Ejércitos.
Esta gratificación está calculada en función del tipo de actividad o modalidad de interviniente o de apoyo, empleo militar y número de días de duración que hayan certificado los Ejércitos.
El portal personal solo refleja la información que recibe del sistema de nóminas. Los cálculos de cada concepto, incluidas las gratificaciones de la DANA, los hace automáticamente este sistema mediante un programa/aplicación/software interno. Esos cálculos no pueden verse ni consultarse directamente por los usuarios.
El escrito concluye que NO es posible que el portal personal muestre a cada afectado el detalle exacto de cómo se ha hecho su cálculo. Si alguien quiere una comprobación individual, el interesado debe solicitarlo de forma particular para que se revise su caso concreto.
Tercera. – Auxiliar de escuadrilla EA
En el Ejército del Aire y del Espacio los subtenientes y algunos brigadas pueden ocupar el puesto de la Relación de Puestos Militares denominado “auxiliar de escuadrilla”. Más allá de las funciones definidas en el artículo 20.4 de la Ley de la carrera militar:
a) ¿Cuáles son las funciones específicas del puesto de “auxiliar de escuadrilla”?
b) ¿Es jefe de sección/negociado/taller?
c) ¿En qué normativa se recogen las funciones específicas del puesto de “auxiliar de escuadrilla”?
MAPER EA respondió que la función del auxiliar de escuadrilla es apoyar al jefe de escuadrilla en el ejercicio del mando. Normalmente es jefe de sección, negociado o taller dependiendo del tamaño la unidad. Sus funciones no se recogen en ninguna normativa más allá del artículo 20.4, como no se regulan los asistentes de los jefes, segundos jefes, etc.
Cuarta. – Pago incentivo para suboficiales y oficiales
Durante muchos meses se vienen realizando a los militares profesionales de la categoría de Tropa y Marinería, en todos sus empleos, abonos en distintas nóminas de haberes en cantidades variables en concepto de pago incentivo.
a) ¿Cuándo van a recibir este pago los suboficiales y oficiales?
b) ¿Se va a incrementar el número de perceptores y los importes mínimos del complemento de dedicación especial (CDE) para estas categorías?
DIGENPER remitió respuesta escrita el 13 de octubre. Tal y como dispone el Reglamento de Retribuciones, el Complemento de Dedicación Especial, retribuirá el especial rendimiento, la actividad extraordinaria o la iniciativa con que se desempeñe el puesto de trabajo y, como tal incentivo, no genera ningún derecho respecto de valoraciones o apreciaciones correspondientes a períodos de asignación en el tiempo, ni tampoco un derecho de percepción en una escala u otra.
En función de la disponibilidad presupuestaria, se ha procedido a retribuir a parte de los componentes de la escala de tropa y marinería que cumplan una serie de requisitos definidos en la normativa vigente.
Quinta. – Perfiles críticos ET
En la IT 11/23 del MAPER ET sobre elaboración y cobertura de la relación de puestos militares 2023-2025 (actualización julio 2025) se disponen los perfiles críticos. Desde la constitución del Consejo de Personal las propuestas sobre estos perfiles y del resto de ejércitos han sido muy numerosas.
a) ¿Qué medidas de mejora de la situación del personal afectado por un perfil crítico planea el ET para el próximo trienio?
b) Respecto a los suboficiales, ¿qué perfiles críticos se van a modificar?
El Director de Personal ET respondió que se está actualizando la directiva de elaboración de la relación de puestos militares y la instrucción técnica de desarrollo para la cobertura de los puestos militares 2026-2028. En la instrucción se establece el cuadro de personal con perfil crítico, que está en plena revisión. Están valorando la posibilidad de establecer una serie de limitaciones a dichos perfiles en función fundamentalmente de los tiempos de servicio, en caso de especialidad fundamental, y del tiempo ejerciendo un determinado título, diploma o curso, en caso de aptitudes o diplomas.
Sexta. – Abonos RENFE
Con la entrada en vigor de la Resolución del Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se establecen las condiciones de aplicación de las medidas de fomento del transporte colectivo establecidas en el artículo 20 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, RENFE Viajeros no permitía, a partir del 1 de julio, adquirir los abonos de cercanías y media distancia con los descuentos acordados en el Convenio con Renfe Mercancías, S.M.E., SA, y Renfe Viajeros, S.M.E., SA, para el transporte de mercancías y personal (publicado por Resolución 420/38379/2022, de 27 de septiembre, de la Secretaría General Técnica).
ASFASPRO elevó solicitud de restablecimiento del descuento del día 4 de julio. El MAPER ET contestó el 16 de julio:
“(…) El día 2 julio de 2025, esta Dirección de Adquisiciones ha requerido a RENFE-Operadora que, en virtud del Convenio MINISDEF-RENFE, adapte la operativa de forma que los usuarios con TIM que lo requieran, ya sea por la web, aplicaciones móviles de RENFE, o presencialmente a través de las ventanillas de RENFE, tengan la posibilidad de adquirir los abonos con el descuento aplicable y definido en el convenio, es decir, que el usuario abone a RENFE el 35% del valor en el momento de la compra, siendo el otro 65% facturado contra el MINISDEF por los cauces detallados en el Convenio.”
A finales del mes de julio se solucionó la incidencia.
a) ¿Por qué la Comisión Mixta de Seguimiento o la autoridad correspondiente no tuvo conocimiento previo a la entrada en vigor de los nuevos abonos de que la operativa debía adaptarse para permitir los descuentos del Convenio MINISDEF-RENFE?
b) ¿De qué forma va a compensar RENFE a los viajeros militares afectados?
El Director de Personal ET contestó que la Comisión Mixta de Seguimiento no tenía conocimiento de que RENFE no había adaptado su sistema informático. La Comisión se puso formalmente en contacto con RENFE el 17 julio. Se está estudiando conjuntamente que los usuarios puedan recuperar ese 65% pagado indebidamente.
Se ha recibido en las unidades comunicación de que las reclamaciones derivadas de esta incidencia deben tramitarse de forma individualizada por cada uno de los afectados directamente a RENFE-Operadora.
Séptima. - Herramientas de movilidad EA
El apartado 1 de la IG 60-30, actualización de 9 de julio de 2025, del JEMA sobre jornada y régimen de horario de trabajo, del personal militar, en las unidades del Ejército del Aire y del Espacio establece:
“Cuando las necesidades del servicio lo aconsejen, de manera excepcional e individualizada, el Jefe de Unidad (o el Jefe de Sección en un Estado Mayor), podrá autorizar el desarrollo de jornadas de trabajo del personal de su dependencia haciendo uso de las herramientas de movilidad.”
¿Cuáles son las herramientas de movilidad?
MAPER EA respondió que son un ordenador con perfil de movilidad y un teléfono del servicio.
Octava. – Producción normativa
En el BOD de 15 de julio se publicó la Orden Ministerial 24/2025, de 8 de julio, por la que se regula la producción normativa en el ámbito del Ministerio de Defensa.
En el pleno del Consejo de Personal de 31 de marzo de 2017, a propuesta de ASFASPRO, se acordó actualizar la Orden Ministerial número 105/2002, de 22 de mayo, por la que se regula la producción normativa en el ámbito del Ministerio de Defensa.
Más de ocho años después el ministerio procede a la actualización de la norma, sin embargo, a pesar del acuerdo del pleno y de la repercusión de la misma en la labor de las asociaciones profesionales, no es debatida en el pleno, ni tan siquiera el ministerio ha contestado el informe remitido por esta asociación sobre su borrador.
¿Por qué el ministerio ha esquivado el debate sobre esta norma en el pleno del Consejo de Personal?
SEGENTE contestó que la norma por su objeto y finalidad no tenía encaje en el artículo 49 de la Ley de derechos y deberes, si bien se dio información a las asociaciones profesionales vía artículo 40 de la misma ley.
Novena. – Retribuciones personal militar Casa SM el Rey y Presidencia de Gobierno
¿En qué estado se encuentra la regulación de las retribuciones del personal militar en la situación administrativa de servicio activo ocupando puestos de trabajo en la Casa de su Majestad el Rey, Presidencia de Gobierno y puestos orgánicos relacionados con la seguridad y defensa en organizaciones internacionales o en otros departamentos ministeriales?
DIGENPER remitió respuesta escrita el 13 de octubre. En el informe de la Comisión de Trabajo Temporal 21-01 sobre retribuciones se concluyó que no existe regulación de los haberes del personal militar que ocupa destinos de los que se señalan en los apartados 2 y 3, del art. 99, de la Ley de la Carrera Militar.
Concluyendo, incompresiblemente, que las retribuciones de ese personal serían asumidas por cada uno de los organismos en los que se encuentren destinados, por lo que dichos organismos deberían negociar la modificación de sus catálogos de puestos y recabar la autorización del Ministerio de Hacienda. Una vez obtenida ésta, el Ministerio de Defensa podría proceder a la regulación de las retribuciones.
Las asociaciones profesionales ASFASPRO, AUME y UMT se reúnen con tres grupos parlamentarios para tratar sobre la condición profesional de riesgo y las retribuciones del personal militar.
Madrid, 15 de octubre de 2025.
Las principales asociaciones profesionales de militares (ASFASPRO, AUME y UMT), que representan a militares de las tres categorías (oficiales, suboficiales y tropa), se han reunido este martes en el Congreso de los Diputados con los portavoces en la comisión de Defensa de tres grupos parlamentarios: Vox, Junts y Grupo Mixto (diputado de UPN). Con todos han mantenido encuentros muy cordiales y les han expuesto la necesidad de dotar de atractivo a la carrera militar, dado que las actuales condiciones laborales que sufren los militares hacen que no se cubran las plazas ofertadas para el ingreso en las Fuerzas Armadas.
En este sentido, han transmitido a los diputados la necesidad de que salga adelante la propuesta de Ley para reconocer la condición de "profesión de riesgo" al personal militar. Esto, que resulta algo evidente tratándose de la denominada "carrera de las armas", requiere de un pronunciamiento claro aprobando el proyecto de Ley presentado en el Congreso[1], como ha sucedió en el Senado.
Otro paso necesario es la actualización de las retribuciones del personal militar, que hasta ahora sólo ha visto tímidas subidas que no solucionan el problema. El Consejo de Ministros aprueba semana tras semana partidas presupuestarias millonarias para la Industria de Defensa mientras los militares, empantanados en todo tipo de misiones incluida la escolta de flotillas políticas, continúan ignorados. Seguimos muy lejos de las retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y aún más del resto de ejércitos europeos. ¿Dónde está el sobre con los 679 millones de euros para el “aumento de las retribuciones del personal y aumento de efectivos de las Fuerzas Armadas” que establece el Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa[2]?
[1] https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/B/BOCG-15-B-248-1.PDF
[2] https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Documents/2025/230425-plan-industrial-y-tecnologico-para-la-seguridad-y-la-defensa.pdf
https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/paginas/2025/220425-rueda-de-prensa-ministros.aspx
Repercusión mediática:
EL CONFIDENCIAL DIGITAL: https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/defensa/militares-alzan-voz-12-octubre-son-reivindicaciones/20251014211657984267.amp.html
EL FARO DE MELILLA:https://elfarodemelilla.es/los-militares-reclaman-la-consideracion-de-profesion-de-riesgo-y-la-mejora-de-retribuciones/
PROPUESTAS PRESENTADAS AL PRÓXIMO PLENO DEL CONSEJO DE PERSONAL
ASFASPRO ha presentado las siguientes seis (6) propuestas para su debate en el próximo pleno del Consejo de Personal.
El día 17 de junio se celebró el segundo pleno ordinario del año. Una vez más, la ministra Robles no hizo acto de presencia, delegando la presidencia en la Subsecretaria de Defensa. Los problemas de personal agonizan en estado crítico, pero no merecen la atención de la señora ministra. No deja de ser llamativo que hace unas semanas se reunió con los sindicatos del personal civil de ministerio y no tenga tiempo para hacerlo con las asociaciones profesionales, legítimos representantes del personal militar.
Al inicio y al final de la reunión el ministerio anunció la celebración, después del verano, de un pleno extraordinario sobre retribuciones, tal y como habíamos solicitado en abril de 2024 cuatro de las cinco asociaciones con representación en el Consejo:
https://www.asfaspro.es/rss/item/2958-cuatro-asociaciones-profesionales-obligaran-al-ministerio-de-defensa-a-debatir-la-adecuacion-retributiva-de-las-fuerzas-armadas
El Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa, aprobado hace unos meses por el Consejo de Ministros, incluye 679 millones de euros para el “aumento de las retribuciones del personal y aumento de efectivos de las Fuerzas Armadas”, por tanto, deben implementarse mejoras salariales.
Iniciada la sesión, ASFASPRO expuso que, dada la ausencia de varios representantes asociativos, el pleno no estaba legal y formalmente constituido, y que debería ser suspendido, toda vez que para su válida constitución ha de estar compuesto por la totalidad de sus miembros y en condiciones de paridad. En la sesión estaban presentes 10 representantes ministeriales y 7 representantes asociativos. Por tanto, todos los acuerdos adoptados podrían ser recurridos y anulados. La Subsecretaria de Defensa consideró que el pleno estaba correctamente constituido y continuó con el pleno. Serán los tribunales los que aclaren la controversia sobre la constitución del Consejo y la paridad de representantes en las sesiones. Este órgano antidemocrático requiere de cambios legislativos de calado que la señora ministra se niega a realizar.
Normativa para informe del Consejo más relevante:
- Proyectos de Ordenes de Defensa (3), por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las Escalas de Suboficiales del ET, ARM y EA mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación previa.
ASFASPRO presentó reparo a las tres normas por múltiples razones.
No hay ningún título de técnico superior que ofrezca todas las competencias que requiere cada especialidad fundamental del suboficial. Modificando la Ley de la carrera militar sería posible implantar titulaciones de grado específicas militares para alcanzarlas.
Retorcer el título de técnico superior intentando llegar a todas las competencias desnaturalizaría el propio título, su reconocimiento y validez civil, volviendo a la equivalencia genérica anterior a la Ley 39/2007.
El título de grado admite hasta 80 ECTS de prácticas que resultan necesarias para llegar a las unidades con mayores conocimientos técnicos y destrezas adquiridas.
Cientos de horas, más de un año escolar, de los planes de estudios del suboficial siguen sin reconocimiento en el Sistema Educativo General, la titulación de grado permitiría ese reconocimiento.
El cambio del título de técnico superior al título de grado permitirá que el suboficial obtenga el reconocimiento pleno por parte de la Administración General del Estado del grupo de clasificación profesional A2, como ya tienen hace más de 10 años sus equivalentes, los subinspectores del Cuerpo Nacional de Policía.
Para facilitar la promoción interna se solicitó que se publicara lo antes posible el cuadro de reconocimientos y convalidaciones con los planes de estudios de las escalas de oficiales (CG e IM).
Sobre los alumnos ingresados en las academias con el título de técnico superior pero que deben realizar los tres cursos académicos, se solicitó que se redujera a un solo curso (pasar a ingreso con titulación) para que empiecen a trabajar en las unidades lo antes posible.
- Proyectos de Ordenes de Defensa (3), por las que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las escalas de tropa ET, ARM y EA.
ASFASPRO expuso que se debe equilibrar la titulación de ingreso de los aspirantes, los contenidos del título de técnico y la formación necesaria para el ejercicio profesional.
Si la mayoría de la tropa y marinería ingresa ya con un título de técnico, bachillerato o un título superior, es una pérdida de tiempo volver a impartirles un título de técnico, por lo que parece razonable modificar la Ley de la carrera militar para optimizar la enseñanza de formación de esta escala.
- Proyecto de Orden de Defensa, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales de los Cuerpos Jurídico Militar, Militar de Intervención y Militar de Sanidad, y a las escalas de oficiales y de suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares.
Todas las propuestas de mejora de la promoción interna de los suboficiales músicos, como reducir las pruebas a realizar e incluir el empleo como un mérito en el concurso, fueron rechazadas por el ministerio.
Normativa para conocimiento y ser oído por el Consejo (no se debaten en el pleno)
-Proyecto de Orden de Defensa, por la que se modifica el Reglamento del Patronato de Huérfanos de la Armada, aprobado por la Orden 241/2001, de 20 de noviembre.
-Proyecto de Orden Ministerial, por la que se reduce el tiempo de servicios necesario para el ascenso al empleo de capitán de la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra y del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra.
-Proyecto de Orden Ministerial, por la que se fija el número de asistentes a los cursos de actualización para el ascenso a General de Brigada, Teniente Coronel, Comandante militar de complemento, Suboficial Mayor y Cabo Mayor, para el período 2025-2026.
-Proyecto de Orden Ministerial, por la que se fijan las plantillas de las escalas a extinguir de oficiales de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, y de las escalas a extinguir de la disposición transitoria tercera de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, para el periodo 2025-2026.
-Proyecto de Orden Ministerial, por la que se autorizan los cupos para el pase a la situación de reserva con carácter voluntario durante el periodo 2025-2026 para el personal de las Fuerzas Armadas.
-Proyecto de Orden Ministerial por la que se determinan los requisitos y procedimiento de concesión, anotación y descripción de la medalla conmemorativa de las operaciones con motivo de la «DANA 2024».
-Proyecto de Instrucción del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, por la que se regula la obtención del título de piloto militar para el personal de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.
-Proyecto de Instrucción del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se modifica la exigencia de determinados tiempos mínimos para el ascenso al empleo superior en el ámbito del ET.
ASFASPRO ha presentado informes con alegaciones a varias de estas normas. En el pleno la asociación insistió en lo siguiente:
Deberían disminuirse los tiempos mínimos para el ascenso de los suboficiales. Parece que solo existe la carrera de los oficiales, pero también, están las otras, las modestas de los suboficiales.
La finalización del pase voluntario a la reserva a los 58 años va a envejecer más todavía la escala de suboficiales y ralentizar los ascensos. Debería modificarse la Ley de la carrera militar para continuar con este pase voluntario a la reserva o, al menos, establecer cupos de reserva para los subtenientes.
No es entendible que se habiliten cupos de reserva para capitanes de fragata retenidos en el empleo y no para otros empleos que también están retenidos por superar el número de evaluaciones y no haber obtenido plaza para el ascenso.
Propuestas presentadas por ASFASPRO
- Abono atrasos CGCE RD 248/2025 en incapacidad temporal.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/044.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Atrasos%20Baja%20Medica.pdf
- Modificación normativa para abono incremento CGCE RD 248/2025 en incapacidad temporal.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/045.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Incremento%20CGCE%20baja%20m%C3%A9dica%20larga%20duraci%C3%B3n.pdf
- Solicitud a función pública modificación del cálculo retribución en baja médica.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/046.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Calculo%20retribuciones%20Baja%20Medica.pdf
Son tres propuestas sobre los atrasos y el cálculo de retribuciones en caso de baja médica. Una corresponde a aquellos que estuvieron de baja en diciembre de 2024 o fechas anteriores, otra sobre personal que estuvo de baja en enero, febrero o marzo, y otra para modificar el cálculo de retribuciones que realiza Función Pública en caso de baja médica.
El ministerio estimó la primera, explicando que la regularización se producirá en el mes de junio y también la tercera sobre el traslado a Función Pública de cambios en el cálculo para eliminar pérdidas económicas.
El ministerio desestimó la segunda -abono del incremento CGCE a bajas médicas anteriores a 1 de enero- porque es de aplicación la Instrucción 77/2018, de 29 de noviembre, que desarrolla el Real Decreto 956/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba y publica el Acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado el 23 de julio de 2018, en relación al régimen retributivo de la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de la Administración General del Estado y Organismos o Entidades Públicas dependientes, que no permite el abono de atrasos al personal que inició su baja antes de 1 de enero. Sería necesario modificar el Acuerdo de la Mesa General de Negociación.
- Modificación de la IPOR 01/2025, del Almirante Jefe de Personal, sobre la realización de pruebas físicas periódicas en la Armada.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/043.2025%20Propuesta%20Modificaci%C3%B3n%20Pruebas%20Fisicas%20Armada.pdf
Se estimó la propuesta.
- Remuneración de guardias y servicios de al menos 24 horas no compensados con descansos.
https://www.asfaspro.es/ASFASPRO/DOCUMENTOS/2025/041.2025%20Propuesta%20ASFASPRO%20Remuneraci%C3%B3n%20Guardias%20y%20Servicios.pdf
El ministerio desestimó la propuesta. ASFASPRO insistió en que los descansos obligatorios se pierden por necesidades del servicio, no hay flexibilidad para su disfrute, por lo que deberían abonarse. Además, los descansos adicionales están limitados a 10 días. El ministerio debe tomar alguna medida para que, al menos, no se pierdan los descansos obligatorios.
Otras asociaciones presentaron propuestas para modificar el Reglamento del Consejo de Personal y mejorar los permisos por técnicas de reproducción asistida, ambas fueron desestimadas.
Ruegos y preguntas presentadas por ASFASPRO
PRIMERA. – Pleno extraordinario sobre retribuciones
En virtud del artículo 50.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, cuatro asociaciones con representación en el Consejo de Personal solicitaron el 18 de abril de 2024 la celebración de un pleno extraordinario sobre retribuciones. El pasado pleno de 28 de marzo de 2025 ASFASPRO preguntó cuando se tenía prevista su convocatoria, respondiendo DIGENPER:
“Desde la celebración del último Pleno extraordinario, que se llevó a cabo en marzo de 2024, no han variado las condiciones generales que justifiquen la convocatoria de un nuevo pleno extraordinario de retribuciones.”
El 22 de abril de 2025 el Consejo de Ministros presentó el Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa, en el que se incluyen 679 millones de euros para el “aumento de las retribuciones del personal y aumento de efectivos de las Fuerzas Armadas.”
Teniendo en cuenta las nuevas condiciones, ¿cuándo se tiene previsto convocar el pleno extraordinario sobre retribuciones?
Al inicio y a la finalización del pleno el ministerio anunció la celebración, después del verano, de un pleno extraordinario sobre retribuciones. No fijaron una fecha concreta.
SEGUNDA. – Alojamientos de verano de la Armada
¿A qué se debe el retraso en la contratación de los apartamentos para personal militar de Armada de la temporada estival 2025?
Según respuesta escrita recibida del ALPER este año la oferta se había ampliado para incluir por primera vez habitaciones de hotel y se había dividido la convocatoria en dos para separar la oferta en las islas Baleares del resto, con objeto de facilitar la planificación de los viajes. Además, se ha empleado una nueva modalidad de contratación mediante un Acuerdo Marco, de mayor complejidad en la tramitación y plazos.
TERCERA. – Sarna en las Islas Canarias
¿Cuántos militares han sido afectados por sarna en las Islas Canarias tras el DIFAS?
Según respuesta escrita recibida del Gabinete Técnico de la Subsecretaria de Defensa:
En el mes de junio en el ET se han detectado un total de 25 casos en Tenerife y 3 en Gran Canaria. Se ha seguido el Protocolo de actuación frente a la escabiosis establecido por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de Salud: aislamiento y administración de profilaxis al personal positivo y al personal con contacto estrecho, desinfección de alojamientos, literas, taquillas, baños, vehículos y lavado de ropa a 60º.
A lo largo del año se han producido varios brotes en el archipiélago entre la población civil en localidades diversas, que apuntan a que la situación se enmarca dentro de la dinámica de propagación natural de la enfermedad, sin que esté relacionado con la ejecución del Día de las FAS.
CUARTA. – Pago incentivo para suboficiales y oficiales
Durante muchos meses se vienen realizando a los militares profesionales de la categoría de Tropa y Marinería, en todos sus empleos, abonos en distintas nóminas de haberes en cantidades variables en concepto de pago incentivo. ¿Por qué se sigue excluyendo a suboficiales y oficiales de este pago? ¿Cuándo van a recibir este pago los suboficiales y oficiales?
Según respuesta escrita recibida de DIGENPER:
Tal y como dispone el artículo 3.4 del Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, del Reglamento de Retribuciones de las FAS, el Complemento de Dedicación Especial, retribuirá el especial rendimiento, la actividad extraordinaria o la iniciativa con que se desempeñe el puesto de trabajo, y como tal incentivo, no genera ningún derecho respecto de valoraciones o apreciaciones correspondientes a períodos de asignación en el tiempo, así como tampoco genera un derecho de percepción en una escala u otra.
En este sentido, y en función de la disponibilidad presupuestaria, se ha procedido a retribuir a parte de los componentes de las escalas de tropa y marinería que cumplan una serie de requisitos definidos en la normativa vigente.
QUINTA. - HPS en procesos selectivos de la Armada
En el proceso selectivo para el acceso a la escala de suboficiales de la Armada se han encontrado discrepancias entre el procedimiento de tramitación de HPS (Directiva 07/2021 del AJEMA) y las bases de la convocatoria. En la tramitación y debate en el Consejo de Personal del requisito de estar en posesión o haber solicitado la HPS para poder solicitar las plazas ofertadas, ASFASPRO advirtió a DIGEREM y ALPER de posibles problemas para los aspirantes y alumnos.
Ahora, la Armada ha tenido que establecer varias medidas mitigadoras para evitar el impacto negativo en el personal. ¿Cuántas convocatorias tiene previsto la Armada que duren las excepcionales medidas mitigadoras? ¿Va a eliminar la Armada este requisito?
Según respuesta escrita recibida del ALPER se está considerando suprimir en futuras convocatorias el requisito de estar en posesión o trámite de la HPS y que, en su lugar, sea durante la Fase de Acogida Orientación y Adaptación cuando se solicite. Está en estudio la nueva formulación del requisito por uno más genérico, que deberá ser mantenido durante todo el proceso selectivo y realización de los cursos, supondría que en caso de denegación de la HPS, el interesado causaría baja.
De este modo, se continúa en consonancia con la directiva encaminada a lograr que todos los oficiales y suboficiales de la Armada dispongan, en todo momento, de la HPS en vigor.
Preguntas de otras asociaciones:
-Implantación de los coeficientes reductores. DIGENPER respondió por escrito que es un tema complejo desde el punto de vista técnico, jurídico y económico, por lo que el Ministerio de Defensa sigue analizando el mismo conforme a la normativa vigente.
-Procedimiento de conversión de licencias militares de controlador aéreo. MAPER EA respondió por escrito que una vez publicada la orden ministerial se redactará una IG con el procedimiento de solicitud, determinando quien es el responsable de acreditar la experiencia y conocimientos, los formatos de los certificados, etc.
ASFASPRO presentó un ruego en relación con el pase voluntario a la reserva a los 58 años al que representante del MAPER EA se opuso totalmente al tratar la OM sobre los cupos voluntarios de pase a la reserva 2025-2026. Deben tenerse en cuenta varios argumentos en relación al próximo incremento de efectivos y la incidencia de la edad en el desempeño profesional. El Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa recoge el incremento de 2.400 efectivos y el presidente del Gobierno anunció en el Congreso de los Diputados que se elevaría a 7.600 efectivos. Es un buen momento para rejuvenecer la plantilla porque la edad es importante. Así lo demuestra la intervención en la DANA, con personal suboficial y tropa del EA que superaba los 50 años realizando un trabajo físico importante con la pala y cagando peso.
Según respuesta escrita de DIGENPER, por parte del ministerio se van a mantener los cupos de pase voluntario a la reserva en los mismos términos que se ha venido haciendo hasta ahora.
Lo que viene siendo prácticamente 0,0 para las escalas de suboficiales, que seguirán envejeciendo y con los ascensos taponados.
La proposición de ley insta a modificar el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con el objeto de incluir a los miembros de las Fuerzas Armadas dentro de los colectivos que gozan de coeficiente reductor de la edad de jubilación debido a la peligrosidad de su trabajo.
Además, da opción a los militares incluidos en el Régimen de Clases Pasivas a integrarse en el Régimen General de la Seguridad Social.
Es el momento de ir más allá de las buenas palabras y agradecimientos por la labor realizada por las Fuerzas Armadas en todo tipo de desastres que hemos sufrido. Los grupos parlamentarios que sustentan el Gobierno deben reconocer sin más excusas la peligrosidad del trabajo del militar.
Descargar Proposición de Ley
Recientemente se ha publicado el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo
Según criterio interpretativo, de 31 de julio de 2025, de DIGENPER es de aplicación directa al personal militar la modificación efectuada en los permisos por nacimiento.
La Defensa nacional no es el cuento de la lechera; ASFASPRO insiste en que sea tratada con realismo y no con demagogia ni con castillos en el aire.
MADRID, 16 de julio de 2025 – Venimos asistiendo últimamente a un juego de números en relación con las necesidades de la Defensa nacional que la ciudadanía no entiende porque le faltan elementos de juicio. La OTAN exige dedicar el 5% del PIB en Defensa (que tiene muchas facetas y en la que hay muchos intereses), mientras que el presidente del Gobierno sorprende afirmando que para España dedicando un 2% es suficiente y puede cumplir con lo que se le exige.
Recientemente, el JEMAD, en un ejercicio de disciplina, cierra filas con el Gobierno repitiendo que con dedicar el 2% es suficiente para cumplir con nuestros compromisos, aunque deja dos pinceladas preocupantes que vienen a desmentir directamente esa afirmación:
A estas alturas ya todos tienen claro que falta personal de todas las escalas, oficiales, suboficiales y tropa, y prácticamente en todo tipo de unidades. De momento, aunque de manera insuficiente, sigue entrando tropa, pero solo porque ven el paso por las FAS como trampolín para las FCSE. Incluso numerosos suboficiales y algún oficial de las FAS prefieren descender de categoría profesional para cambiar a las FCSE, y no es por el color del uniforme. Se trata de una muestra palpable de la incapacidad de la institución militar para retener el talento por falta de una carrera profesional motivadora, por falta de retribuciones justas y por falta de condiciones de vida y trabajo adecuadas a la realidad social.
Si no contamos con personal suficiente, ¿cómo vamos a cumplir las misiones y cubrir los compromisos adquiridos? Si se hace será a costa de explotar al personal, como ya pasa ahora.
Con las paupérrimas retribuciones y las malas condiciones laborales agravadas porque al haber menos personal en las unidades toca apechugar con el trabajo de los que ni están ni se les espera, dado que el mando pretende hacer más con menos medios y menos personal, lo cual es metafísicamente imposible, por muchas gorras que lleven simultáneamente nuestros militares, pues o están a unas o están a otras. Por mucho que se empeñe la cúpula ministerial, los militares españoles todavía no cuentan con el don de la ubicuidad.
Lo que está claro es que no podremos contar con una defensa fiable sin las inversiones adecuadas en:
No vamos a entrar al trapo de jugar a los números, pero sin una inversión adecuada -y está claro que necesita ser bastante superior al escuálido presupuesto actual del Ministerio de Defensa- es necesario tener claro que va a resultar imposible aumentar el número de personal en filas. Y va a dar igual si tenemos más barcos, más carros de combate o más aviones, no tendremos quien los maneje. El aumento en 14000 miembros es una cifra quimérica si no se abordan los cambios señalados. No serán 14000, con suerte serán 14, pero cuidado, 14 personas que querrán ingresar sin saber dónde se meten y, eso sí, sin que se les exija mucho, porque ya que vienen pocos no podemos andar con exigencias. Si hoy no contamos con una ratio de opositores por plaza ofertada como para poder elegir a los más aptos, de seguir así la selección de personal no solo va a ir a peor, sino que va a dejar de existir.
¿A alguien le preocupa la seguridad de los españoles?
El incremento adicional del 0,5 por ciento se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, tendrá efectos de 1 de enero de 2024 y se abonará en la nómina del mes de julio de 2025 salvo que la habilitación responsable no disponga de todos los elementos formales necesarios o en otros supuestos en que por motivos técnicos no resulte posible, en cuyo caso se abonará en la primera nómina en que sea posible.
Descargar Resolución