Recientemente, ASFASPRO ha presentado demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Estrasburgo) contra con la Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Esta orden ministerial no regula correctamente el trabajo nocturno, los servicios de localización y, además, limita a 10 días el descanso adicional que compensa las actividades obligatorias que generan el exceso de jornada laboral. Esta deficiente regulación incide directamente en el derecho a la protección de la salud y a la conciliación de la vida personal con la laboral del militar, siendo contraria a lo dispuesto en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y en la Directiva 2003/88/CE sobre la ordenación del tiempo de trabajo.
La Audiencia Nacional desestimó en 2018 el recurso interpuesto por ASFASPRO. Tras la inadmisión de los correspondientes recursos de casación en el Tribunal Supremo y de amparo ante el Tribunal Constitucional, cabe esta necesaria reclamación ante los tribunales europeos.
Las actividades del personal militar son múltiples y van desde la instrucción, las guardias y servicios hasta las maniobras, navegaciones y operaciones, entre otras. Continúan sin compensarse, ni retributivamente ni en tiempo de descanso, los centenares de horas que el militar realiza superando la jornada anual establecida para el resto de empleados públicos.