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La Asociación Profesional mayoritaria de las Fuerzas Armadas, ASFASPRO consigue eliminar una de las trabas a la promoción interna del suboficial.

El Tribunal Supremo, estimando una excelente argumentación del recurso contencioso preparado por el gabinete jurídico de ASFASPRO, ha anulado por no ser conforme a derecho los límites de edad para la promoción de los suboficiales establecidos en el artículo 17.1.a)2ª del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas[1].

La Administración -Ministerio de Defensa- no ha justificado esos límites, tal y como explica la Sala “no constan acreditados con datos objetivos, ni científicos, ni se indican o justifican otro tipo de factores que no tengan que ver con la aptitud física, como pudieran ser, las funciones a desempeñar y las necesidades derivadas de la especifica organización de los cuerpos afectados o por cuestiones de planeamiento de efectivos”.

El Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, eliminó los límites de edad máxima para la incorporación a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos y la Armada, del Cuerpo Jurídico Militar, del Cuerpo Militar de Intervención y de los Cuerpos Comunes. Sin embargo, los límites de edad seguían vigentes para los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.

Según el Reglamento, las siguientes edades no se deberán cumplir o haber cumplido en el año en que se publique la convocatoria, lo que en la práctica significa que han de tener un año menos del que se refleja en el cuadro:

    cuadro1

Conocidas las edades máximas de promoción establecidas en el Reglamento es necesario analizar las edades de los suboficiales a 1 de enero de 2022 para conocer el número de posibles opositores:

 

cuadro2

 

Con un límite de edad de 34 años, más del 85% de los suboficiales no pueden promocionar sin titulación universitaria a los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina. Tan solo 80 suboficiales del Ejército del Aire pueden hacerlo a la especialidad fundamental de vuelo.

Con un límite de edad 38 años, más del 72% de los suboficiales no pueden promocionar con titulación universitaria a los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.

La reciente sentencia del Tribunal Supremo permitirá que todos los suboficiales puedan hacer efectivo su derecho profesional a la promoción interna a los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina. Sin embargo, todavía quedan muchos obstáculos por remover hasta conseguir que este ascensor social vuelva a funcionar regularmente y en número suficiente como ocurre en otros cuerpos de la Administración.

ASFASPRO, desde los inicios del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas en 2012, lleva solicitando a los diferentes ministros, subsecretarios y mandos de personal la eliminación de esta discriminación profesional, al final ha tenido que ser el Tribunal Supremo el que ha cumplido la antigua ordenanza militar: la justicia debe imperar en los ejércitos.

 

 

[1] [Real Decreto 309/2021] Artículo 17. Requisitos específicos de edad.

Para participar en los procesos de selección para cursar las enseñanzas de formación que a continuación se indican, no se deberán cumplir ni haber cumplido en el año en que se publique la correspondiente convocatoria las siguientes edades máximas:

1. Escala de oficiales.

a) Para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:

2.º Ingreso por promoción:

i. Sin exigencia de titulación universitaria previa: 34 años, excepto para la especialidad fundamental Vuelo del Cuerpo General del Ejército del Aire, que se establece en 24 años.

ii. Con exigencia de titulación universitaria previa, que pertenezcan a una de las ramas de conocimiento que figuran en el anexo I: 38 años.

El doctor y teniente en la reserva, procedente de suboficial, Jerónimo Naranjo pone a disposición de todos una obra importante que de forma rigurosa estudia la evolución que a lo largo de más de un siglo adoptaron los diferentes modelos de procesos de promoción interna para ascender de suboficial a oficial en el Ejército de Tierra. En este siglo XXI, tras la promulgación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, la promoción de los suboficiales a oficial, sencillamente, se puede decir que no existe. Ni para el Ejército de Tierra ni para el resto de las Fuerzas Armadas. En el Cuerpo General de la Armada hace años que ningún suboficial promociona a oficial, y en el resto de cuerpos los que lo consiguen son bien escasos. El de la promoción interna del suboficial es un tema en el que ASFASPRO lleva tiempo trabajando.

Con La promoción de los suboficiales del Ejército de Tierra (1885-1999). Anhelo y ambición el autor nos ilustra sobre cómo regímenes de todo tipo han valorado en su momento la importancia de contar con unas escalas de oficiales procedentes de suboficial, lo cual les proporcionaba una experiencia que la institución militar aprovechaba, a la vez que se garantizaba contar con un número suficiente de oficiales en los primeros empleos.

El Teatro Real ha rendido homenaje este fin de semana al personal sanitario y a los cuerpos de seguridad del Estado (Policía Nacional, Protección Civil, Bomberos, SAMUR y Policía Nacional) ofreciendo entradas gratuitas a estos colectivos para que puedan acudir con sus familias a ver en el coliseo «Historia de un soldado», de Stravinski. Una vez más el trabajo del militar es impagable, desinteresado y sus familias se contagian en la desafección general en la que se ven sumergidos.

Igual que el pobre José de Stravinski el resto de los militares se ven en España cada día engañados por el Fausto Mefistófeles de los sucesivos gobiernos. José se cree todas y cada una de las promesas del diablo que le promete bienestar profesional, económico y social si acepta la promesa de mantener el honor, emplear la máxima dedicación en su trabajo, ejercerlo con profesionalidad, con responsabilidad, con absoluta aceptación del peligro y de su propia muerte como obligación inexcusable de su contrato con el Estado, renunciar a la multitud de derechos que acompañan a cualquier ciudadano, demostrar compromiso, abnegación y cumplir, en resumen, con el resto de valores que se consagran en los grimorios infernales de la fracasada Ley de la Carrera Militar y las Reales Ordenanzas.

En 2015 se modificó la Ley 39/2007, de la carrera militar, para tratar de garantizar la promoción interna del militar, pero el Ministerio de Defensa se empeña en impedirlo por la vía reglamentaria.

En el BOE de hoy se publica el Real Decreto 556/2020, de 9 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. Los nuevos límites de edad impiden la promoción a más del 86% de los suboficiales, llegando al 99,6% en el caso de la especialidad de vuelo del Ejército del Aire. Los límites de edad no se encuentran objetivamente justificados y son discriminatorios.

Tenía que ser la dichosa Ley de la Carrera Militar

Llevamos trece años desde la infausta aplicación de la Ley de la Carrera Militar (LCM), aquella que pretendía modernizar los ejércitos y su enseñanza. Y decimos “pretendía”, porque el resultado ha sido, y a la vista está, justo el contrario.

Dentro del proceso de convergencia creciente entre los valores civiles y los valores militares, se buscaba mejorar la apreciación social de la enseñanza militar, la cual ya era internacionalmente reconocida y valorada, y para ello nada mejor que hacerlo mediante la obtención de un reconocimiento universitario.

Existe en la sociedad la preocupación por instaurar de manera real la igualdad hombre-mujer. Se recalca la necesidad de igual trabajo, igual salario, igual oportunidades. En general se pone el acento en la “necesidad de promover a las mujeres en su profesión”. A ella responde el convenio que con buena voluntad firmó el pasado 23 de octubre el Ministerio de Defensa con el Instituto de la Mujer1. Buena voluntad en el terreno de las ideas, porque lo malo es que mientras una mano del ministerio trabaja para abrir mentes y posibilidades, otra mano del mismo ministerio las cierra para algunas de las mujeres que visten el uniforme.

Pisando la realidad nos encontramos con que las mujeres de la categoría militar intermedia, las suboficiales de las Fuerzas Armadas, se ven frenadas en su promoción profesional, y mucho más negro es su panorama si osan compararlo con las suboficiales de la Guardia Civil. La diferencia es abismal. La limitación, curiosamente, no les viene por ser mujeres sino precisamente por ser suboficiales. El techo de cristal con el que se encuentran no tiene que ver con su género sino con los galones que lucen en su uniforme.

 Promocion con titulacion    Promocion sin titulacion

 

 
 
 
 
 
 
 

El borrador del Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas está terminando su trámite en el Portal de la Transparencia1.

Desde hace meses, tanto públicamente como en el Consejo de Personal, ASFASPRO viene denunciando el desastre profesional que supone para los suboficiales. Esta norma establece unos límites de edad que hacen irrisoria la posibilidad de promocionar a oficial2: sólo un 13% de los suboficiales podrá hacerlo a los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.

El porcentaje de suboficiales que ha conseguido promocionar a oficial en los últimos nueve años, del 1%, no admite comparación alguna con sus homólogos de la Guardia Civil y Policía Nacional, que rondan el 11% y el 26% respectivamente. ¿Cómo es posible que de 28.000 suboficiales solo haya conseguido promocionar a oficial un exiguo 1%? Algún motivo tiene que haber para que se produzcan estas abultadas diferencias.

No se trata del número de plazas convocadas, sino de los requisitos de acceso. Un simple vistazo a la configuración de la promoción interna de los suboficiales de la Guardia Civil o de los subinspectores de la Policía Nacional o de los militares de complemento a oficial de carrera basta para confirmar la realidad.

Intervenciones de ASFASPRO en el pleno del Consejo de Personal P19-02, el 20 de junio de 2019, relativas a los proyectos de RD sobre enseñanza y promoción que son lesivos para el suboficial.

 

Proyecto de RD reglamento ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas

Con su permiso, Sr. Subsecretario.

Se presentan como reparo las alegaciones no aceptadas y se solicita que se retire el presente proyecto porque excluye a los suboficiales de su legítima promoción interna.

El modelo es un fracaso porque discrimina una parte muy importante de las Fuerzas Armadas, casi 30.000 efectivos.

Debe establecerse una promoción específica para el suboficial que aproveche su capacidad, mérito, competencia, experiencia profesional y formación.

Los oficiales procedentes de la Escala Especial, luego Escala Media, han sido y son excelentes oficiales que incluso han llegado a ser diplomados de Estado Mayor cuando se les ha dado la oportunidad. Ascendían sin ánimo de llegar a coronel o al generalato y han venido ocupando una serie de puestos en los primeros empleos de oficial para los que ahora resulta que no hay suficiente número de oficiales. Impidiendo la promoción al suboficial lo único que se consigue es que las Fuerzas Armadas no dispongan de suficientes oficiales en los primeros empleos y que esos puestos vacíos deban ser desempeñados por suboficiales, a quienes se exige una mayor responsabilidad que no se les compensa. La prueba del algodón es el personal que integra los turnos de las guardias y servicios correspondientes a empleos de oficial (oficial de cuartel, capitán de cuartel, oficial de servicio de Estado Mayor…), que en un porcentaje elevadísimo están cubiertos por suboficiales. Y las sentencias por las que suboficiales tienen derecho a percibir el CSCE del puesto de oficial que ocupan.

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