En el informe evacuado por ASFASPRO durante la tramitación de la Instrucción se propusieron medidas para evitar un problema que llevamos exponiendo desde hace ya mucho tiempo, la penalización sufrida por los suboficiales de especialidades técnicas en el ascenso a causa de haber estado destinados en unos determinados tipos de unidades, no habiendo tenido opción a otros destinos. Esto afecta a dos elementos de la evaluación, el D3 (Trayectoria profesional) y de nuevo en el E (Destinos y situaciones). Consideramos que esta situación no es justa y que debe eliminarse la doble penalización que sufren.
También insistimos en la eliminación de una frase que se cuela de rondón en la definición del elemento G (Enseñanza de formación, cursos de actualización y titulaciones necesarias para el ascenso), que resultando aparentemente inocua introduce un factor de azar o arbitrariedad. Nos referimos a “reuniendo a todos los componentes de la promoción de egreso en una única relación”. Ningún evaluado sabe con qué criterios se realiza esa única relación, cuya materialización ha dado lugar a resultados tan surrealistas como el ejemplo que figura en el punto 3º de nuestro informe. La Administración debe seguir procedimientos transparentes, y no parece ser el caso de establecer esa relación única. No se ve necesidad de unificar esta relación cuando lo que se busca es obtener un valor numérico que puede obtenerse respetando las relaciones originales de la enseñanza de formación sin alterar su orden.
DOCUMENTOS
(Clicar en la imagen)
BOD Instrucción 71/2019 Evaluaciones ET
Informe ASFASPRO
DOCUEMNT
DOCUEM