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Queja por la prohibición de los desplazamientos al domicilio familiar

La movilidad geográfica a la que está sujeto el militar implica que, en muchas ocasiones, la residencia habitual sea un alojamiento logístico (una habitación) y el domicilio familiar esté a cientos de kilómetros. Con la crisis sanitaria, muchos militares han quedado confinados en los alojamientos logísticos, con unas condiciones de habitabilidad muy mejorables y con la consiguiente desatención a sus respectivas familias.

El viernes 24 de abril el Segundo Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra mediante oficio estableció que “a partir de la fecha y hasta nueva orden, NO se autorizan los desplazamientos al domicilio familiar cuando éste sea diferente de su residencia habitual”.

El Gabinete jurídico de ASFASPRO ha elaborado la presente queja por la prohibición de los desplazamientos al domicilio familiar cuando este sea diferente al de la localidad de su destino de acuerdo a la Orden DEF/2096/2015, de 29 de septiembre.

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Queja prohibición desplazamientos ET

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En caso de existir posibles motivos por causas o fuerza mayor, ponerse en contacto con  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

  • ACTUALIZACIÓN (09/06/2020)

Orden Ministerial 21/2020, de 8 de junio, por la que se autoriza el desplazamiento de los miembros de las Fuerzas Armadas desde la localidad de destino hasta la localidad donde se encuentre el domicilio habitual, temporal o familiar.

 

Orden Ministerial 212020 de 8 de junio