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Promesas electorales, compromisos y frustraciones

07/12/2015 -

La casualidad ha querido que el día veinte de diciembre, fecha de celebración de las elecciones generales, coincida con el cuarto aniversario de la fundación de ASFASPRO. Para nosotros es un hecho muy significativo, porque durante estos cuatro años hemos sufrido en nuestras propias carnes –con heridas todavía pendientes de cicatrizar– la extrema volatilidad de las promesas electorales, el elevado grado de amnesia que afecta a políticos y electores y el preocupante, y cada vez mayor, número de personas que reaccionan poniéndose de perfil cuando tienen ante sí injusticias y agravios, casi todos producto de sus propios errores o de la inacción. No es de extrañar, por tanto, que los suboficiales contemplemos escépticos determinadas promesas y buenas intenciones al tiempo que nos invade una enorme preocupación por algunas formulaciones, a buen seguro muy difíciles de desarrollar, que afectarían negativamente al futuro de las Fuerzas Armadas si llegaran a llevarse a cabo. No podemos olvidar que la frustración que generan los incumplimientos es causa de desmoralización y desmotivación entre el colectivo afectado.

Por otro lado, el desconocimiento del funcionamiento interno y la casi nula información sobre las Fuerzas Armadas, hacen que tanto los políticos como la sociedad civil tengan una visión difusa sobre la realidad del trabajo diario y las condiciones de vida del militar. Además, el excesivo respeto de la clase política por las decisiones de la cúpula militar da lugar a que estas sean escasamente cuestionadas.

En consecuencia, desde esta asociación profesional, no pretendemos hacer pública una lista de propuestas que puedan considerarse como una “carta a los reyes magos” –expresión pronunciada en su día por un ilustre general refiriéndose a las justificadas y argumentadas demandas de ASFASPRO– sino establecer una líneas generales de actuación que se traduzcan en un compromiso claro y sincero para reconocer, sin complejos, la singularidad de la profesión militar por las especiales circunstancias de penosidad, peligrosidad y disposición permanente para el servicio que conlleva. Además, en relación con los suboficiales, la Administración debe trabajar para recuperar la confianza perdida tras la quiebra de la seguridad jurídica producida después de la aplicación de las tres últimas leyes de personal militar, por la constante violación de lo pactado a nuestro ingreso en las Fuerzas Armadas. La reciente Ley 46/2015, de 14 de octubre, que modificó la Ley 39/2007 de la carrera militar, se ha quedado lejos de reparar los errores y agravios que hemos venido denunciando y cuya solución sigue pendiente.

En lo que se refiera a las acciones futuras en materia de personal militar, es cierto que hay modificaciones que requieren de un estudio y una planificación exhaustivos, sin embargo, hay otras que solamente necesitan de la voluntad del legislador y de respeto por aquellos a quienes van dirigidas. Por ejemplo, se puede modificar la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para que sean deducibles las cuotas satisfechas a asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, porque a diferencia de otros funcionarios, trabajadores y profesionales que pueden deducirse las cuotas desembolsadas a entidades que defienden sus derechos e intereses profesionales, como sindicatos y colegios profesionales, los militares somos discriminados económicamente porque ni podemos afiliarnos a sindicatos ni la colegiación es obligatoria ni tampoco pueden deducirse las cuotas satisfechas a las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas. Los poderes públicos no pueden permanecer al margen del papel fundamental que desempeñan las asociaciones profesionales de militares, que contribuyen al ejercicio activo de la ciudadanía y a la consolidación de una democracia avanzada, representando los intereses de los militares.

También se puede y se debe modificar el Título III de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, porque se regula con excesivas cortapisas el derecho fundamental de asociación en el ámbito profesional y su participación en el Consejo de Personal. Deberían permitirse reuniones informativas en las unidades, así como facilitarse locales y medios adecuados en las mismas. Respecto al Consejo de Personal, que su regulación tiene carácter de ley ordinaria, los representantes asociativos deberían elegirse por sufragio y los acuerdos adoptados, votados y vinculantes.

Hay que actuar con urgencia sobre la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas, para adecuarla a la nueva realidad fruto de la constante transformación que sufre la institución. Adoptando las recomendaciones incluidas en el informe del Observatorio de la vida militar se mejorarán sustancialmente las condiciones de vida de los militares.

Muy importante es la mejora de la transparencia en las evaluaciones para el ascenso y la revisión de los requisitos exigidos para la promoción interna a la escala inmediata superior, así como el reconocimiento de la experiencia profesional en los planes de estudios y su duración.

De igual manera, facilitar el desarrollo efectivo y digno de la carrera del suboficial, instaurando un sistema de enseñanza de perfeccionamiento que le permita, a lo largo de su carrera, la obtención de una equivalencia a una titulación de grado específico militar, en consonancia con las nuevas funciones y cometidos asignados a los empleos de brigada, subteniente y suboficial mayor.

Por último, pero no menos importante, se debe revisar, con seriedad y huyendo de posturas demagógicas y cortoplacistas, la duración de los compromisos que recoge la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, con el fin de permitir un rejuvenecimiento adecuado de las Fuerzas Armadas así como su reincorporación al mundo laboral en las mejores condiciones.

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