En su recurso ante la Audiencia Nacional, los promotores del sindicato plantean una cuestión de inconstitucionalidad sobre el citado artículo, ya que la Constitución no obliga a prohibir la sindicación de los militares, sino que señala que “la ley podrá limitar o exceptuar” este derecho. Este artículo, según el recurso, debe interpretarse a la luz de la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
En dos recientes sentencias, contra la ley francesa que impide a militares y gendarmes (cuerpo homologable a la Guardia Civil) formar sindicatos o asociaciones profesionales, el Tribunal de Estrasburgo determinó que esta prohibición viola el artículo 11 de la Convención Europea de Derechos Humanos, ya que los Estados pueden imponer “legítimas restricciones” al ejercicio de este derecho por parte de los militares, como la posibilidad de huelga o conflicto colectivo, pero no “la prohibición pura y simple de crear un sindicato”.
Los promotores del Sindicato Unificado de Guardias Civiles (SUGC) están dispuestos a llegar hasta el Tribunal de Estrasburgo si no consiguen que la Audiencia Nacional, el Supremo o el Constitucional lo legalicen. No obstante, Juan Antonio Delgado, portavoz de la AUGC, confía en que los jueces les den la razón. “Cuando el tribunal de Estrasburgo anuló la doctrina Parot, España acató el veredicto y los terroristas afectados salieron de prisión. Espero que a los guardias civiles no nos traten peor”.