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La Audiencia Nacional, estimando el recurso contencioso presentado por ASFASPRO, ha anulado por no ser conforme a Derecho la Instrucción General 60-20, 5ª revisión de 6 de marzo de 2017, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, por la que se dictan las normas complementarias para la evaluación y clasificación del personal militar profesional del Ejército del Aire, y la 1ª y 2ª enmiendas. Según la sentencia, “no sólo se ha omitido la audiencia al Consejo de Personal, sino que no se ha seguido el procedimiento regulado en la Orden Ministerial 105/2002”.

La sala llega a cuestionar la forma ilegal de proceder del Ejército del Aire “No acertándose a comprender, en cambio, que la IG objeto de este recurso, completando aquella otra que abordaba las puntuaciones y fórmulas ponderadas a aplicar en las evaluaciones, en tanto en cuanto establece la normativa para la realización de las evaluaciones para el ascenso y para la selección de asistentes a los diferentes cursos de actualización, no haya cumplimentado, así mismo, el trámite de la puesta en conocimiento y audiencia del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas”.

Publicado en ASFASPRO
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