Sólo uno de cada 1.000 militares españoles desplegados en misiones en el exterior presenta problemas psicológicos que obligan a su repatriación a España, un porcentaje "muy bajo" en comparación con el de otros países y que el Ejército de Tierra atribuye, entre otras cosas, a la preparación de los militares españoles, su fuerte motivación y la atención que se otorga a la salud mental y al clima laboral.
Así lo han explicado en una entrevista con Europa Press los capitanes psicólogos del Ejército de Tierra Daniel Donoso y Macarena Pascual de Riquelme, ambos con una amplia experiencia en operaciones internacionales, que les ha llevado a escenarios como Irak, Kosovo, Líbano y Afganistán.
En todas las misiones que desarrollan en el exterior los contingentes españoles cuentan con un psicólogo, que se integra en las unidades desde antes del despliegue, durante la fase de concentración, y les acompaña durante todo el tiempo que permanecen en la zona de operaciones y posteriormente continúa a su disposición.
Fuente: Europa Press
España mantendrá todo el apoyo mostrado hasta el momento con las misiones internacionales en las que participa bajo el marco de la OTAN. Pero ni una más. Si se abre un nuevo frente, la tendencia casi invertible del Gobierno será la no participación. Así se lo transmitió Mariano Rajoy al secretario General de la OTAN.
La preocupación existente en el seno de la Alianza sobre los recortes impulsados por el Ministerio de Defensa es un hecho contrastado. Y fue precisamente eso, según fuentes militares consultadas, lo que motivó que la primera de las visitas de Ander Fohg Rasmussen para preparar la cumbre de Chicago tuviera como destino Madrid, por delante de Berlín, París y otros aliados.
El ministro de Defensa, Pedro Morenés, ha anunciado este miércoles en el Congreso de los Diputados que la reorganización que el Departamento está planificando debido a la difícil situación económica "lleva a una coyuntural reducción" del número de miembros de las Fuerzas Armadas.
Así lo ha explicado el ministro ante el Pleno del Congreso en respuesta a una interpelación del portavoz de Defensa de CiU, Jordi Xuclà, quien ha llamado a hacer un "mayor sacrificio" en el establecimiento del número de efectivos "necesarios" para la eficiencia del Ejército.
Morenés no ha aclarado qué números está manejando el Ministerio, pero ha explicado que ésta es una de las conclusiones del informe solicitado al Jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), almirante Fernando García Sánchez.
"He encargado al JEMAD --ha recordado--, que me dé un escenario para el año 25, pero escalonado y progresivo desde que tenga incidencia sobre todo en temas de eficiencia y eficacia de las Fuerzas Armadas, sin prejuzgar, aunque ya puedo decir que sí lleva a una coyuntural reducción del número de tropa y marinería, en general de miembros de las Fuerzas Armadas".
Por el momento, la única reducción que se conoce es la de soldados y marineros, ya que el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado establece como nuevo límite máximo los 81.000 militares de tropa y marinería, que en 2011 estaba en 83.000. Según la Ley de la Carrera Militar, el número de miembros de las Fuerzas Armadas debe estar en una horquilla entre los 130.000 y los 140.000 militares.
Fuentes del Ministerio de Defensa han indicado que el informe elaborado por el JEMAD todavía no es definitivo ni se ha aprobado de manera definitiva, sino que se están manejando borradores.
HORIZONTE "POR LO MENOS DE DIEZ AÑOS"
En cualquier caso, Morenés ha aclarado también que, desde la orientación de la carrera de los militares, como desde el punto de vista del armamento y el material, Defensa tiene que "tener una visión a largo", que ha fijado en un escenario "por lo menos de diez años".
"No se puede ir cambiando las situaciones de las carreras personales y la orientación de la defensa con espacios temporales menores, nos llevaría a un desconcierto general y a una situación como la que podríamos vivir si no llegamos a orientar esta política en un escenario por lo menos de diez años", ha explicado.
Además de instar al ministro a "redimensionar" las Fuerzas Armadas, el diputado de CiU ha defendido la necesidad de plantearse la "utilidad de algunos cuarteles y bienes inmuebles" de la Defensa y de "revisar" los compromisos de adquisición de armamento y, en concreto, de los 19 programas especiales que acumulan una factura de más de 31.000 millones de euros.
CIU APOYA LA "CANCELACIÓN" DE PROGRAMAS
En concreto, Xuclà ha garantizado al Gobierno el apoyo de CiU en la "reprogramación" e incluso "cancelación" de algunos de estos proyectos industriales, que, según ha dicho, han llevado a España a situarse en el décimo puesto a nivel mundial en gasto militar por habitante, algo que, a su juicio, "no parece razonable en el actual marco y contexto".
"El gasto militar está por encima de nuestras posibilidades en este momento", ha recalcado el diputado nacionalista, que ha llamado al ministro a "afrontar este debate" de la reducción del gasto en defensa "sin miedo".
Morenés ha replicado a Xuclà apuntando que el gasto de España en defensa no es "comparable" al de otros países de Europa y rechazando que la defensa esté "sobredimensionada en España", sino "más bien lo contrario". Además, ha remachado que es "un bien irrenunciable". "No es una política de adorno, es la responsabilidad de la seguridad y defensa del Estado", ha recalcado.
No obstante, también ha reconocido el ministro que "debe gestionarse mejor" y, aunque ya se ha hecho "mucha tarea", ha admitido que hay que "hacer más cosas".
Así, ha apuntado a la necesidad de buscar una mayor "eficiencia" en el uso de los recursos que hay. Morenés ha asegurado que Defensa es "solidaria" con la situación económica por la que pasa España y tiene la lucha contra el déficit como uno de sus "objetivos".
Dicho esto, también ha hecho hincapié en que la reducción del gasto en Defensa no es "un objetivo que atienda a las necesidades españolas de la defensa, sino más bien producto de una solidaridad con otras políticas".
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Trienios C1 como A2
NOVEDADES SOBRE RECLAMACIÓN TRIENIOS MILITARES: INTERPOSICIÓN DE INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES E INICIO DE LOS TRÁMITES PARA ELEVAR EL PROCEDIMIENTO AL TEDH – ESTRASBURGO.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de 20/01/2010, recaída en el recurso contencioso administrativo 593/2008 declaró el derecho de un suboficial de las FAS a que los trienios perfeccionados por el mismo en dicha Escala, con anterioridad a la entrada en vigor de la ley 39/2007, se le abonasen conforme al subgrupo A2, con efectos de 01/01/2008. Interpuesto por la Abogacía del Estado, recurso de casación en interés de ley, el mismo ha sido resuelto, en fechas recientes, por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, estimando la pretensión de la representación del Estado y estableciendo como doctrina sobre la cuestión litigiosa que, de acuerdo con lo estipulado en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2007, en relación con la disposición adicional duodécima de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, los años de servicio prestados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre, se valorarán, tanto a efectos de perfeccionamiento de trienios, como de reconocimiento de derechos pasivos, de acuerdo con el índice de proporcionalidad o grupo de clasificación que en cada momento tuvieran asignado.
Dicha sentencia revoca, de facto, el inicial pronunciamiento evacuado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en una resolución emitida en tiempo récord por una sala de natural saturada, que indica el “interés”, que tenía la misma por resolver negativamente una cuestión altamente litigiosa a la mayor brevedad, dados los miles de procedimientos que se encontraban pendiente de resolución.
En una aplicación peculiar de la normativa vigente, se vienen aplicando por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a los procedimientos iniciados por los suboficiales de las FAS, sin dar a los mismos posibilidad de defensa o alegación en términos diferentes de los planteados en el procedimiento inicial, que no se inició en formato extensión de efectos, sino por recurso ordinario contra desestimatoria expresa, los efectos de la sentencia desestimatoria evacuada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
Por todo ello, Gabinete Jurídico Suárez-Valdés ha interpuesto en el día de hoy, en nombre de los afiliados de la asociación AS-FAS, incidente de nulidad de actuaciones, contra el primero de los autos evacuados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y que deniega el derecho de 200 de sus afiliados, a que se les reclasifiquen los trienios perfeccionados con anterioridad a 1996, al subgrupo A2.
La intención de AS-FAS es la de elevar la cuestión litigiosa, primero ante el Tribunal Constitucional y si fuera preciso, posteriormente al Tribunal Europeo de Derecho Humanos, en defensa de los derechos retributivos de los Suboficiales y ante el atropello que sus derechos están sufriendo. Se elevará ante el TEDH un único procedimiento, ya que en caso de que el mismo estimase nuestra pretensión, con posterioridad iniciaríamos los trámites para interesar la extensión de los efectos de su sentencia al resto del colectivo. Nos espera un procedimiento largo de mas de 4 años de duración.
Los afiliados de ASFAS no tendrán que abonar cuantía alguna en concepto de dicho recurso ante el TEDH, que será sufragado en su integridad por la asociación.
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de 20/01/2010, recaída en el recurso contencioso administrativo 593/2008 declaró el derecho de un suboficial de las FAS a que los trienios perfeccionados por el mismo en dicha Escala, con anterioridad a la entrada en vigor de la ley 39/2007, se le abonasen conforme al subgrupo A2, con efectos de 01/01/2008, con todos los efectos económicos añadidos.
Ante dicha sentencia nuestro despacho propuso un doble sistema de recurso, que en un principio no fue bien entendido y que consistía, por un lado en instar la extensión de los efectos de la sentencia recaída y, por otro lado en cursar instancia en solicitud de regularización de los trienios perfeccionados con anterioridad a 1996, en previsión de posibles recursos de la Abogacía del Estado que pudieran paralizar la anterior vía y para tener una doble opción.
Finalmente el tiempo nos ha dado la razón puesto que, como nos temíamos, el Abogado del Estado interpuso, recurso de casación en interés de ley contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el mismo ha sido resuelto con el peor de los resultados posibles para los miembros de las FAS, ya que, en fechas recientes, por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, estimando la pretensión de la representación del Estado y estableciendo como doctrina sobre la cuestión litigiosa que, de acuerdo con lo estipulado en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2007, en relación con la disposición adicional duodécima de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, los años de servicio prestados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre, se valorarán, tanto a efectos de perfeccionamiento de trienios, como de reconocimiento de derechos pasivos, de acuerdo con el índice de proporcionalidad o grupo de clasificación que en cada momento tuvieran asignado.
Dicha sentencia revoca, de facto, el inicial pronunciamiento evacuado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en una resolución emitida en tiempo record por una sala de natural saturada, que indica el “interés”, que tenía la misma por resolver negativamente una cuestión altamente litigiosa a la mayor brevedad, dados los miles de procedimientos que se encontraban pendiente de resolución.
A juicio de este despacho, la sentencia evacuada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, si bien presenta una base interpretativa incontestable, adolece de serias quiebras jurídicas, como resultan la inadecuación del procedimiento elegido para la revocación de la sentencia impugnada o la realidad fáctica de los hechos existente en relación especialmente con la Escala de Suboficiales que perpetúa situaciones arbitrarias y altamente agraviantes de percepción de trienios consolidados en un nivel y relación de servicios de suboficial y que, sin embargo, son abonados en la actualidad incluidos en un subgrupo de tropa.
Por todo ello,, nuestro despacho tiene intención de solicitar, en primer lugar la suspensión de la totalidad de los procedimientos que se vienen tramitando ante Tribunal Superior de Justicia de Madrid en espera de la resolución del incidente de nulidad y posterior recurso de amparo interpuesto por el recurrente cuya sentencia estimatoria ha resultado revocada por la sentencia de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
Si, como parece, dicha solicitud de suspensión no fuese acogida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el momento en el que se reciban las sentencias denegatorias de nuestra pretensión, siguiendo las indicaciones de nuestro cliente corporativo AS-FAS, procederemos a iniciar los trámites para recurrir una de las mismas (se elegirá aquel procedimiento con el mayor número de recurrentes acumulados), primero ante el Tribunal Constitucional y si fuera preciso, posteriormente ante el Tribunal Europeo de Derecho Humanos, en defensa de los derechos retributivos de los Suboficiales de las Fuerzas Armadas.
En el caso de que en alguna de dichas instancias se consiguiese la obtención de una sentencia estimatoria de nuestras pretensiones, inmediatamente se iniciarían los trámites para la extensión de los efectos de la misma al resto de los afectados.
Nuestro despacho les tendrá informados a través de su web www.suarezvaldes.es, así como de la Asociación www.as-fas.es, en el entendimiento de que se trata de un procedimiento que puede tardar en sustanciarse, no menos de cuatro años.