Desarrollo del pleno
Bajo la presidencia de la Ministra de Defensa cada uno de los cinco representantes ministeriales -Subsecretaria de Defensa, Directora General de Personal y Mandos de Personal- expusieron extensamente aspectos y estadísticas sobre la Operación Balmis, la incidencia de la enfermedad en las Fuerzas Armadas y la normativa aprobada durante la crisis sanitaria. La Subsecretaria de Defensa anunció que están trabajando para pagar en agosto el CDE al personal implicado en la operación y que está en marcha la medalla conmemorativa.
La ministra hizo un reconocimiento expreso a los intervinientes en la Operación Balmis. Habló del funeral oficiado en la Catedral Castrense por los siete fallecidos (3 militares y 4 civiles) y de que no hay dinero para cuantificar ese componente plus de generosidad y humanidad de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Las tres asociaciones proponentes del pleno extraordinario -ASFASPRO, AUME y ATME- expusieron diferentes problemas relacionados con la implementación de las medidas del plan para la transición hacia una nueva normalidad, la situación del derecho a la conciliación ante las nuevas normas emitidas por el Ministerio de Defensa y también propusieron la creación de una comisión de trabajo temporal para el seguimiento de las medidas que afectan a las condiciones de trabajo de los miembros de las Fuerzas Armadas como consecuencia del COVID-19.
ASFASPRO incidió en las siguientes cuestiones:
La falta de agilidad en la convocatoria del pleno. El pleno extraordinario se solicitó el 25 de mayo para tratar asuntos relacionados con el Plan de Transición hacia una Nueva Normalidad y se celebra 43 días después, finalizado el estado de alarma y la transición.
El ninguneo del Consejo de Personal. El Consejo ha sido mantenido al margen en todo momento, cuando precisamente tiene encomendado el tener conocimiento y ser oído en la determinación de las condiciones de trabajo (art. 49 LODD). Las asociaciones profesionales tienen derecho a recibir información (art. 40 LODD), sin embargo, se han ido enterando de la promulgación de normativa relacionada con el personal militar con ocasión de su publicación en el Boletín Oficial de Defensa, sin comunicación previa al Consejo y sin que este las informara.
El retraso o falta de respuesta a las solicitudes de las asociaciones. Se ha dilatado en extremo la respuesta a muchas de nuestras solicitudes de información, algunas de las cuales aún esperan respuesta, incluso alguna directamente se nos ha denegado con la manida excusa de que se trataba de una “operación militar” y tras solicitar resolución expresa con objeto de acudir a los tribunales, se facilitaron algunos datos, pero no todos. No es aceptable que el ministerio conteste que “no procede comunicar al solicitante más datos que los que consten que ya se hayan comunicado a otros solicitantes o que se hayan hecho públicos”. La prevención de riesgos y la protección de la salud entran dentro del ámbito del Consejo y de las asociaciones.
El desplazamiento al domicilio familiar. El colectivo militar sufre como pocos el problema de la movilidad geográfica, que se ha visto agravado con la crisis sanitaria. Han hecho falta varias normas - la Instrucción 19/2020, de 14 de mayo y la Orden Ministerial 21/2020, de 8 de junio, por la que se autoriza el desplazamiento de los miembros de las Fuerzas Armadas desde la localidad de destino hasta la localidad donde se encuentre el domicilio habitual, temporal o familiar- para que el personal militar haya podido desplazarse para atender a su familia cuando el domicilio familiar y el de la unidad no coinciden.
La movilidad geográfica del militar, muy por encima de cualquier empleado público, y que tiene una incidencia transcendental en la vida personal y familiar, sigue sin valorarse ni compensarse económicamente de forma adecuada.
La incorporación presencial. Respecto a los porcentajes máximos de incorporación presencial de personal en las unidades, que iban en función de la fase de desescalada de su ubicación y fueron definidos por Resoluciones de 17 de mayo del Subsecretario de Defensa, detectamos bastante descoordinación en un primer momento, como si los ejércitos hubiesen sido sorprendidos por estas resoluciones lo mismo que lo fueron las asociaciones. A muchos efectivos reincorporados no se le ha realizado prueba alguna. Se solicita que el Ministerio preste especial atención a los rebrotes que se están produciendo en las unidades.
Modalidad no presencial de prestación del servicio. ¿Cómo adaptará el Ministerio de Defensa al personal militar la Resolución del Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, de 17 de junio de 2020, de medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración General del Estado con motivo de la nueva normalidad? Especialmente su disposición cuarta sobre la modalidad no presencial de prestación del servicio. Solicitamos que de esta adaptación informe el Consejo de Personal. El ministerio respondió en el apartado de ruegos y preguntas.
Vacaciones obligatorias en julio y agosto. En algunas unidades se han dado algunas instrucciones para que el personal consuma todos sus días de vacaciones entre julio y agosto, lo cual, además de no ajustarse a la normativa -a la Orden DEF/253/2015, de 9 de febrero, por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias de los miembros de las Fuerzas Armadas- deja en el aire las futuras necesidades familiares tras el verano.
Deber inexcusable por cierre de centros educativos. Conviene que el ministerio aclare la vigencia de la Resolución 430/04057/20, del Subsecretario de Defensa, del 11 de marzo de 2020, sobre jornada laboral para el personal militar de las Fuerzas Armadas, con motivo de las medidas excepcionales adoptadas por las autoridades de salud pública para la contención del COVID-19. Especialmente en lo referente a la consideración de deber inexcusable y el cierre de centros educativos o de atención a mayores. Nosotros entendemos que la resolución no estaba circunscrita al estado de alarma y por tanto sigue vigente.
Restricciones de fin de semana a los alumnos. Sobre la restricción actual de desplazamientos de fin de semana para los alumnos de la Armada operada por la Resolución 455/08225/20, de 5 de junio, del Subsecretario de Defensa, el ministerio respondió en el apartado de ruegos y preguntas.
Comisión Temporal. Desde una Comisión Temporal podrían seguirse las medidas que afectan a las condiciones de trabajo de los miembros de las Fuerzas Armadas como consecuencia del coronavirus.
La Subsecretaria de Defensa dijo que estudiarían todas las cuestiones planteadas, respondiendo a todas por escrito. Rechazó la creación de la comisión temporal, considerando más útil y eficiente trabajar en pleno.
Ruegos y preguntas
ASFASPRO realizó varias preguntas, unas fueron respondidas en el pleno y otras no. La Subsecretaria de Defensa anunció que se contestaría por escrito a todas ellas:
Primera. – ¿Cómo adaptará el Ministerio de Defensa al personal militar la Resolución del Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, de 17 de junio de 2020, de medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración General del Estado con motivo de la nueva normalidad? Especialmente su disposición cuarta sobre la modalidad no presencial de prestación del servicio.
DIGENPER respondió que habrá que valorar su transposición o no al ámbito militar. El 24 de junio la Subsecretaria de Defensa dictó instrucciones para el estado de normalidad, establecido normas sobre la jornada de verano. El derecho al deber inexcusable sigue vigente en la Orden Ministerial por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias.
MAPER ET explicó que las normas que dan los jefes de unidad sobre la restricción de las vacaciones sirven para alertar a sus subordinados sobre las necesidades de preparación que van a tener, para que puedan organizarse sus vacaciones de la mejor forma posible. Afirmó que no se está obligando a coger vacaciones en julio y agosto, porque sería una ilegalidad. Rogó que así se trasmitiera a los asociados.
Segunda. – Los alumnos que se encuentran cursando la enseñanza de formación en las Academias y Escuelas fueron enviados a sus domicilios al comenzar el estado de alarma.
Muchos alumnos residían en los centros docentes militares en régimen de internado y, en cumplimiento de las órdenes recibidas, se trasladaron a sus domicilios familiares realizando un desembolso económico. Este desembolso ha sido aún más gravoso para los procedentes del territorio insular, que tuvieron que adquirir títulos de transporte más caros de lo habitual por la situación de urgencia.
Los viajes de vuelta a las Academias y Escuelas también han sido sufragados por los alumnos.
¿Tiene previsto el Ministerio de Defensa resarcir de algún modo el gasto generado por tal situación a los alumnos de formación?
No hubo respuesta en el pleno.
Tercera. – El pasado 16 de junio regresó a Territorio Nacional el último contingente que se encontraba participando en la operación EUTM en Mali. Entre sus componentes había dos suboficiales del Cuerpo de Infantería de Marina que dieron positivo en el test PCR por coronavirus COVID19.
Esta asociación es conocedora que el personal afectado que dio positivo en PCR fue enviado en la mañana del viernes 19 de junio a sus domicilios en situación de cuarentena. Sin embargo, esa misma tarde recibieron una llamada de su unidad comunicándoles que no era necesario que hicieran cuarentena y que comenzaban automáticamente su descanso de fin de misión.
a) ¿Por qué el Ministerio de Defensa no ha ordenado la cuarentena para todo el personal involucrado en la operación EUTM-MALI que regresó en un mismo avión y a continuación tuvo que trasladarse de Málaga a Cádiz en el mismo autobús?
b) ¿Se han seguido los protocolos establecidos para evitar la transmisión de la enfermedad entre compañeros y familiares?
c) ¿El tiempo que debe pasar el militar en cuarentena en su domicilio debe contarle como días de descanso de fin de misión definidos en la disposición final cuarta de la Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, modificada por la Orden DEF/110/2019, de 8 de febrero?
ALPER contestó que el protocolo seguido ha sido el establecido por el Ministerio de Sanidad actualizado a 16-6-2020. Se considera caso confirmado con infección resuelta, independiente del resultado de la prueba PCR, si hay positividad para IgG en personas asintomáticas. Al ser infección resuelta no es necesario el aislamiento ni la búsqueda de contactos. Los suboficiales fueron positivos en PCR y también en IgG. La última cuestión no tuvo respuesta.
Cuarta. - Por Orden 261/09158/20, de 22 de junio, del JEMAD (por de legación de la Ministra de Defensa) y Resolución 261/09159/20, de 22 de junio, del JEMAD (ambas BOD n.º 128) se publican los listados con las recompensas concedidas en atención a los méritos y circunstancias que concurren en las personas relacionadas por haber destacado especialmente en el cumplimiento de los cometidos en la OPERACIÓN BALMIS.
El reparto de recompensas entre las categorías militares es muy dispar y más bien alejada del militar profesional que ha estado en el terreno realizando las diferentes labores encomendadas. Las unidades de tipo sección y pelotón, con mayor contacto con la población y riesgo de contagio, han quedado relegadas a un segundo plano.
a) A la vista de la estadística por empleos, ¿Considera el Ministerio de Defensa adecuado y suficientemente justificado el reparto de las recompensas efectuado por parte del Estado Mayor de la Defensa?
b) ¿Por qué no se ha considerado meritorio el trabajo desempeñado por los integrantes de las secciones y pelotones, especialmente en la Armada?
No hubo respuesta en el pleno.
Quinta.- La Resolución 455/08225/20, de 5 de junio, del Subsecretario de Defensa, por la que se dictan normas para la incorporación de los alumnos de los últimos cursos de la Enseñanza de Formación de las Escalas de Oficiales, Técnica de Oficiales y de Complemento para la integración y/o adscripción al Cuerpo de Ingenieros de la Armada, así como de la Escala de Suboficiales para el Cuerpo General de la Armada y el Cuerpo de Infantería de Marina para realizar las prácticas de Instrucción y Adiestramiento, el módulo de Formación en Centros de Trabajo y determinados módulos militares, correspondientes a sus planes de estudios para su inmediata incorporación a las Fuerzas Armadas, establece su apartado 5.k) como medida organizativa a adoptar en las Escuelas de la Armada implicadas, “evitar los desplazamientos de fin de semana”.
ASFASPRO solicitó el 15 de junio a la Sra. Ministra de Defensa y Presidenta del Consejo de Personal que se eliminara la citada medida teniendo en cuenta que la Orden Ministerial 21/2020, de 8 de junio, autoriza el desplazamiento de los miembros de las Fuerzas Armadas desde la localidad de destino hasta la localidad donde se encuentre el domicilio habitual, temporal o familiar, sin establecer exenciones para los alumnos de la Armada.
El 29 de junio la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar respondió denegando lo solicitado porque le parecía una medida acertada.
Actualmente, los alumnos de la Escuela de Infantería de Marina General Albacete Fuster que tienen a su familia -hijos incluidos- fuera de Murcia, tienen prohibido el desplazamiento los fines de semana.
Finalizado el estado de alarma, resulta aún más discriminatorio excluir a los alumnos de la Armada, que podrían seguir desarrollando sus cometidos de aprendizaje, conciliando al mismo tiempo con su desarrollo personal y familiar.
¿Permitirá el Ministerio de Defensa el desplazamiento de fin de semana a los alumnos de la Armada por motivos de conciliación?
La Subsecretaria de Defensa respondió que la Resolución cuenta con el informe favorable de IGESAN. La medida es común para el resto de ejércitos. En la Armada los alumnos van a realizar las prácticas necesarias para obtener los empleos correspondientes, teniendo un mayor riesgo porque van a estar en los centros de formación y en los buques. La exposición crecería si además tienen contactos familiares. Es un recurso crítico, deben garantizar a los ejércitos que van a disponer de los oficiales y suboficiales que necesitan. Además, si el alumno sufre un contagio y no puede hacer las prácticas no puede salir de teniente o sargento. Si el entorno de compañeros alumnos entrara en cuarentena, tampoco saldrían. Señaló que esto los prepara para la profesión militar, porque estarán muchos meses embarcados y en condiciones de aislamiento en operaciones. Finalmente afirmó que los positivos han sido aislados, curados y reincorporados.
Sexta. – Mientras que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pelean por el reparto de otros 247 millones de euros para mejorar sus sueldos, la nueva crisis económica que se avecina no debería ser la excusa perfecta para congelar o recortar nuevamente nuestras maltrechas retribuciones. Desde luego que no nos merecemos este trato, porque la verdad incómoda que se oculta o no se quiere reconocer es que un guardia civil o un policía recién egresados cobrarán a partir de septiembre casi 1.000 € más que un soldado, 500 € más que un sargento, e incluso más que un teniente de las Fuerzas Armadas. ¿Cuándo va a abordar el Ministerio de Defensa el problema de las retribuciones?
No fue respondida en el pleno.
La ministra terminó la sesión aludiendo a la importancia del Consejo y de las asociaciones, pero que la dura crisis sufrida y el estado de alarma hicieron que las normas de funcionamiento normal no pudieran llevarse a cabo porque jurídicamente estaban en suspenso y no eran posible las convocatorias ni las videoconferencias. Dijo que en la gestión ha habido errores, pero se ha hecho todo lo humanamente posible. Afirmó que el derecho no puede ser un lastre cuando hay vidas humanas o la humanidad está en juego. Finalmente, agradeció el trabajo de las Fuerzas Armadas.