Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
En el ámbito del Ministerio de Defensa, la Ministra dictará las instrucciones y resoluciones necesarias para determinar el régimen jurídico aplicable tanto en lo que se refiere al carácter esencial de sus servicios como a la organización concreta de los mismos.
Orden SND/296/2020, de 27 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para el traslado de cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Ciertamente, la situación extraordinaria en la que vivimos nos trae incoherencias involuntarias o provocadas.
Un día el presidente del Gobierno nos dice que ya no nos percibe como un gasto superfluo y, otro, la ministra de Defensa nos agradece la entrega y el esfuerzo.
Un día el Gobierno dice que la situación era impredecible y, otro, se descubre que el Ministerio de Defensa pidió numeroso material médico a la OTAN el 9 de marzo, 5 días antes del Real Decreto por el que se declaró el estado de alarma.
Circular Subsecretario de Defensa
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La ministra de Defensa, Margarita Robles, ha hecho llegar al Presidente de la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (ASFASPRO) la siguiente Carta de Agradecimiento. Palabras que nos ruega traslademos a todos nuestros socios y resto de compañeros.
“…A las Fuerzas Armadas y a la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que ahora percibimos como un escudo insustituible y no como un gasto superfluo”.
Presidente del Gobierno. Palacio de la Moncloa, 21 de marzo de 2020.
Parece que este maldito virus no solo nos trae muerte, dolor y miseria, sino que saca a relucir en nuestros más altos gobernantes percepciones asentadas en un atrasado resentimiento hacia las Fuerzas Armadas absolutamente ayuno de razón.
Resentimiento desenterrado e impropio de cualquier democracia avanzada, que pone en duda la profesionalidad de unos y en peligro la seguridad de todos. Esa seguridad que sólo se percibe cuando no se posee, de forma similar a la libertad deambulatoria, que es realmente apreciada cuando queda restringida a la terraza de casa.
El lector ha leído bien, es la gran estafa, y los estafados, una vez más, son los suboficiales de las Fuerzas Armadas. Ahora a cuenta de las segundas especialidades para el personal militar. La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar1, establece que a partir de determinados empleos los militares “reorientarán su perfil profesional para el cumplimiento de tareas en distintos campos de actividad”. Se supone que con la idea de un mayor aprovechamiento de la experiencia conseguida tras los primeros empleos, contando con una mayor edad en el personal, dándoles mayor formación y, se supone, convirtiendo la carrera militar en algo más atractivo para el personal a la vez que beneficioso para la institución.
Desde el 2007 han pasado trece años y el asunto de las especialidades del segundo tramo de la carrera militar sigue sin desarrollarse. En la actualidad está a punto de ser informado por el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas un proyecto de Real Decreto sobre segundas especialidades, que resulta ser como una carcasa completamente vacía, realizado de espaldas a las asociaciones profesionales y sin tener muy claro para qué quieren las Fuerzas Armadas estas segundas especialidades. Simultáneamente, el Ejército de Tierra ha publicado en el BOD una convocatoria de cursos de Técnico Especialista Militar para algunos de los sargentos 1º que han terminado el curso de ascenso a brigada. No habrá para todos. Ya tenemos uno de los problemas.
La Operación Balmis amplia su dispositivo hasta los 3.111 militares de la UME, del Ejército de Tierra y de la Armada Española que están colaborando en trabajos de desinfección, reconocimiento y vigilancia en 203 localidades.
ACCIONES LLEVADAS A CABO POR LAS FUERZAS ARMADAS
Entre otras las Fuerzas Armadas están llevando a cabo las siguientes labores:
El Jefe del Estado Mayor de la Defensa, general del Aire Miguel Angel Villaroya, ha confirmado que están desplegados los siguientes efectivos:
Dada la premura y la situación excepcional de la declaración del estado de alarma, el Real Decreto no deja claro algunos aspectos en cuanto a la “suspensión de plazos que dispone”, con lo cual es muy posible que, en los próximos días, sigan publicándose nuevas normas que añadan o amplíen lo dicho en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo1. En lo que se refiere a lo principal que pudiera afectar al personal militar de las Fuerzas Armadas, en síntesis:
Suspensión de plazos procesales
Se suspenden los términos e igualmente se suspenden e interrumpen los plazos procesales en todos los órdenes jurisdiccionales, incluida la contenciosa administrativa y la contenciosa disciplinaria.