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El Ministerio de Defensa se desentiende de sus suboficiales. Este es el triste resumen de la situación soportada por la categoría militar que la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, denomina “el eslabón fundamental para la organización militar”. Dicha ley contempla en su prólogo la necesidad de “potenciar el papel de los suboficiales”. En un justo quid pro quo esta potenciación debería venir acompañada del justo reconocimiento a la formación, a la experiencia y al desempeño profesional de los suboficiales. Nada más lejos de la realidad. Esto se traduce en que a un suboficial que ha cursado 3 años de academia se le exigen otros 5 para ser oficial, como a un civil que acaba de poner un pie en la milicia. Como si comenzara de cero.

La ley de la carrera militar fue modificada por la Ley 46/2015, que entre otras daba una nueva redacción al art. 62 en el sentido de impulsar y facilitar los procesos de promoción. Daba respuesta a una máxima de la gestión de recursos humanos. Los miembros del equipo de trabajo, el personal, son el recurso más preciado de cualquier negocio o de cualquier institución, porque de ellos depende el buen funcionamiento de la organización. Como siempre, hay una excepción que confirma la regla, y parece estar en el Ministerio de Defensa y en los Cuarteles Generales de los ejércitos.

Desde ASFASPRO venimos denunciando desde nuestra fundación, al parecer con poco éxito, las situaciones de inseguridad jurídica y arbitrariedad que estamos viviendo muchos miembros de las Fuerzas Armadas, con mucha más intensidad los suboficiales.

Como suele ser habitual, han comenzado a publicarse las sucesivas convocatorias de acceso a los distintos cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas1. Como vergonzoso ejemplo del sinsentido en el que se ha convertido la promoción interna en esta institución jerarquizada, disciplinada y unida, están los límites de edad que se aplican a civiles y a militares, por obra y gracia de distintas sentencias de los tribunales de justicia2 y por la inacción o falta de voluntad de los sucesivos gobiernos y responsables del Ministerio de Defensa, que no han encontrado hueco en su apretada agenda para corregir algo que sería un auténtico escándalo en cualquier otro grupo de ciudadanos.

Real Decreto 210/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2019.  

Artículo 1. Aprobación de la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2019.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar y en el artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y conforme a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2019 en los términos que se establecen en este real decreto. Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta provisión de plazas solo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas y se realizarán de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima novena de la Ley 6/2018, de 3 de julio, y con lo dispuesto en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

2. En los anexos a este real decreto se fija el número de plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación, que se desglosan en plazas de ingreso directo, plazas de promoción de militares de carrera a las escalas de oficiales, plazas de promoción y promoción interna de militares de complemento a las escalas de oficiales, plazas de promoción de militares de tropa y marinería a las escalas de oficiales y suboficiales y plazas de reservistas voluntarios.

Durante la madrugada de este pasado domingo se han producido dos ataques consecutivos contra las instalaciones del Centro de Adiestramiento de Kuolikuoro en Mali. En las acciones terroristas no han resultado heridos miembros del contingente español desplegados en este centro principal de entrenamiento y formación de la misión EUTM MALI.

La primera acción se produjo pasadas las tres de la madrugada al explotar un coche bomba en el acceso principal a las instalaciones. Algo después se recibió fuego de fusilería dirigido hacia otro segundo acceso al centro, que se prolongó hasta pasadas las cuatro de la mañana.

El pasado día 20 de febrero se publicó en el BOE la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero1, que recoge el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

Se justifica la aprobación de esta Orden en que los poderes públicos, conforme a lo que establece el artículo 14 de la Constitución, deben asumir la obligación de impulsar todas las medidas necesarias para la aplicación efectiva del principio de igualdad, especialmente en aquellas áreas que, como el empleo, favorezcan la integración de los ciudadanos en todas las esferas de la vida económica, política, social y cultural y, singularmente, en el empleo público,  que ha demostrado ser una eficaz herramienta  para  favorecer la movilidad social y la igualdad entre todos los ciudadanos.

Fruto del Consejo de Personal extraordinario de septiembre de 2018 y de la voluntad de la propia Ministra de Defensa, el pasado 9 de febrero se publicaron dos órdenes ministeriales que han modificado diferentes aspectos sobre la jornada, horario, vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias del militar. Estarán vigentes a partir del 1 de marzo.

De la Orden DEF/110/2019, de 8 de febrero, por la que se modifica la Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas, puede destacarse:

El 9 de febrero se publicó el Real Decreto 44/2019, de 8 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de destinos del personal militar profesional, aprobado por Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.

Se reforman un total de ocho artículos sobre publicación de vacantes, solicitud de vacantes, destinos de concurso de méritos, normas de asignación de destinos, destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, cese en los destinos, asignación de puestos a la militar víctima de violencia de género y asignación temporal de destinos por circunstancias excepcionales de conciliación de la vida profesional, personal y familiar.

 

Los miles de hombres y mujeres que integramos las Fuerzas Armadas cumplimos con la misión encomendada por nuestra Carta Magna de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. También preservamos la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas. Actualmente participamos en 15 misiones en el exterior, con más de 3.500 compañeros desplegados en 4 continentes. Todo ello como garantes de los derechos de la ciudadanía.

La crisis económica sufrida por nuestro país en los últimos años junto con una política de personal fracasada ha sumido a la profesión militar en la marginación social y retributiva.

Recientemente se ha publicado el Real Decreto 38/2019, de 1 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, aprobado por el Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre.

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