Sin embargo, agregan los suboficiales en un comunicado remitido a Efe, el anteproyecto introduce una absorción de competencias hacia la jurisdicción penal militar de figuras delictivas que anteriormente venían siendo conocidas por la jurisdicción penal ordinaria y que, si sale adelante este anteproyecto, comenzarán a ser conocidas por los tribunales penales militares.
El anteproyecto absorbe penas del Código Penal, pero "mutando las penas a imponer", señala ASFASPRO, que agrega que tanto la pena de trabajos en beneficio de la comunidad como la de multa son compatibles con la condición militar.
"Es necesario aclarar las condiciones de suspensión de la ejecución de la pena de manera estricta, de lo contrario se caería siempre en el criterio impreciso y discrecional de afectación de la disciplina", advierten los suboficiales.
En este sentido precisa que "en varios artículos no es posible hacer una distinción clara de conductas que hayan de ser enjuiciadas por vía penal militar o disciplinaria".
El anteproyecto, en fase de consultas, ha pasado ya por el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que lo ha avalado.
El futuro Código, que sustituirá al de 1985, introduce como delitos los daños a la dignidad de los militares por razones sexistas, xenófobas o profesionales y cometidos por militares de otro o igual rango, además de contemplar que actúe la jurisdicción militar contra civiles en casos de "conflicto armado".