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La prevención de riesgos laborales (PRL) no acaba de funcionar en las Fuerzas Armadas. Faltan puestos por cubrir, y pese a ello se han dejado vacantes plazas de máster en PRL por no querer que sean cubiertas por suboficiales. Y así nos va, pese a que la LODD1 indica que el Estado establecerá medidas para garantizar la seguridad y salud del personal2. La semana pasada falleció un militar en acto de servicio. DEP. Un soldado del Regimiento de Infantería “Inmemorial del Rey” nº 1. Nos unimos al dolor de su familia y compañeros cercanos. Murió, dio su vida por la Patria en el cumplimiento de su misión, y antes de que su cadáver se hubiera enfriado el Ejército de Tierra ya comunicaba por redes sociales que había sido por “causas naturales”. Dicho sea sin ningún ánimo inquisidor, las prisas nunca son buenas, y desgraciadamente nos acordamos de aquella máxima del derecho que reza excusatio non petita accusatio manifesta. Mal augurio.

Enseguida empiezan a conocerse los detalles del asunto, y trasciende que el fallecimiento ocurrió en el transcurso de una jornada de instrucción continuada (para los profanos, esto quiere decir que se empieza a trabajar a la hora de costumbre pero no se finaliza a la hora habitual sino que se siguen realizando actividades hasta el día siguiente sin solución de continuidad, más de 24 horas de servicio).

Además, la instrucción que parece se llevaba a cabo era de control de masas, con prácticas de esfuerzo físico para reducir o inmovilizar gente, con un uso gradual de energía o violencia (como los antidisturbios, vamos). Desgraciadamente, el compañero fallecido era APL, es decir, apto con limitaciones para el servicio. Como es lógico, parece que hay una investigación en marcha para esclarecer adecuadamente los hechos.

En nuestra profesión todos hemos perdido a algún compañero por unas causas u otras, y lo asumimos. Con dolor, pero lo asumimos. Pero no se trata de morir por morir, no puede resultar algo fortuito dar la vida por la Patria, tiene que estar plenamente justificado, ya lo dicen las Reales Ordenanzas3 en su art. 57: “Considerará la vida de sus subordinados como valor inestimable y no los expondrá a mayores peligros que los exigidos por el cumplimiento de la misión. Será su preocupación constante velar por la protección y seguridad del personal a sus órdenes”.

Lo que nos parece preocupante son las ganas del Ejército de Tierra por echar tierra encima del asunto desde el primer momento. Esto no ha sido un alarde de rapidez comunicativa en un ejercicio de transparencia administrativa. Esto puede entenderse como un aviso a navegantes sobre la preocupación existente en la Administración por las vidas de su personal en un ámbito laboral de riesgo y tan exigente físicamente como es el militar.

A finales del año pasado el Ministerio de Defensa ordenó suspender la realización de la llamada Prueba de Unidad4 -una prueba colectiva de esfuerzo realizada en el Ejército de Tierra- tras que se produjera en la misma semana un fallecimiento y varios hospitalizados graves en la realización de la misma en dos unidades diferentes. Casualmente unas semanas después de que ASFASPRO preguntara en el Consejo de Personal por el estado de un estudio facultativo que sobre dicha prueba estaba pendiente de realizar desde 2016 por un acuerdo alcanzado en el Consejo tras una propuesta de ASFASPRO.

Pues bien, resulta que el Ejército de Tierra ha comunicado a sus unidades que próximamente se va a volver a realizar la prueba colectiva de esfuerzo, pero ahora no se va a llamar Prueba de Unidad. No, ahora va a llamarse “Ejercicio de Cohesión de Unidad”. Con esto parece que se ha dado por finalizado el problema. Con un simple cambio de nombre y una actualización de la Instrucción Técnica que la regula, pero sin señal alguna de haber sido realizado el estudio facultativo pendiente. Visto y no visto.

Nos preocupa, y nos preocupa mucho. Porque lo ocurrido con el compañero del Inmemorial –una unidad directamente dependiente del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra- nos indica lo que pueda ocurrir con la futura Prueba de Unidad o como se llame–el refranero castellano ya nos lo dice, aunque la mona se vista de seda, mona se queda-. Esta prueba cuenta desgraciadamente con algunos fallecidos en su haber y con unos cuantos hospitalizados, aunque ya barruntamos lo que nos dicen los augurios, lo que venga será presumiblemente por “causas naturales”, naturalmente. Dios no lo quiera.

Mientras, seguimos esperando que se realice el estudio pendiente y sigue pasando el tiempo. Mal augurio.

 

 


1 Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

2 Art. 27.4 de la LODD: “El Estado promoverá las medidas necesarias para garantizar, en lo posible, la seguridad y salud del personal de las Fuerzas Armadas al utilizar los medios y equipos puestos a su disposición, con especial atención a los riesgos específicos que se deriven de sus funciones. A tal fin se desarrollará una política activa de prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud y se proporcionarán los equipos de protección individual necesarios para el cumplimiento de su misión, facilitando la formación e información suficientes en materia de prevención”.

3 Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.

4 https://www.asfaspro.es/index.php/rss/item/2588-asfaspro-exige-dimision-subsecretario-defensa-por-no-actuar-ante-avisos-prueba-de-unidad

 
 
 
 
 
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