22/11/2017 -
Si el evaluado está procesado o inculpado ante la jurisdicción militar, o investigado o encausado ante la jurisdicción ordinaria, o si se han adoptado medidas cautelares contra él en un proceso penal, o si se ha incoado contra él procedimiento disciplinario por falta muy grave, esta información se incluirá en el acta de los resultados de la evaluación que se eleva a la autoridad responsable de la concesión del ascenso.
07/12/2015 - PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1314/2015, DE 4 DE NOVIEMBRE.
El Gobierno ha aprobado este viernes el Real Decreto por el que crea el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, que se convertirá en el órgano de interlocución entre las asociaciones profesionales de militares y el Ministerio de Defensa y que podrá expresar su opinión sobre todos los aspectos que afecten al régimen social y profesional de los miembros de los Ejércitos y la Armada.
Según ha recordado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, este nuevo órgano --creado por mandato de la Ley de Derechos y Deberes de los Militares aprobada en 2011-- será el "cauce de participación" de las asociaciones profesionales de las Fuerzas Armadas y de interlocución con el Ministerio de Defensa, al margen de la "representación institucional" que se ejerce "a través de la cadena de mando".
La número dos del Gobierno ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el Real Decreto se ha aprobado con el dictamen favorable del Consejo de Estado "y de las asociaciones que van a formar parte, en condiciones de igualdad" de este nuevo órgano.
El Consejo de Personal estará adscrito a la Subsecretaría de Defensa y deberá ser "oído en todos los asuntos que afecten a la modificación del estatuto de personal, el régimen disciplinario, condiciones de trabajo, retribuciones, formación, permisos, vacaciones y licencias", es decir, "todos los aspectos sociales, profesionales y económicos que afectan" a los militares.
Las asociaciones profesionales que formen parte del Consejo podrán realizar además propuestas y dirigir solicitudes o sugerencias en materias relacionadas con el estatuto profesional y la condición militar.
El Real Decreto aprobado por el Gobierno establece que el Consejo estará compuesto por igual número de representantes del Ministerio de Defensa y de las asociaciones que alcancen el grado de representatividad fijado en la Ley de Derechos y Deberes.
En la actualidad, se han registrado cuatro asociaciones como asociaciones profesionales --la Asociación Unificada de Militares Españoles, la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, la Asociación de Militares de Tropa y Marinería y la Asociación de Tropa y Marinería Española--, aunque, según los criterios de representatividad previstos por la ley orgánica, sólo la primera de ellas tendría garantizada su participación en el Consejo, por el número de asociados con los que cuenta.
El Real Decreto también regula el estatuto de los miembros del Consejo, incluyendo aspectos como sus derechos, sus incompatibilidades o las causas de pérdida y suspensión de la condición de miembro.
UN CORONEL, SECRETARIO PERMANENTE.
En cuanto a sus órganos, además de un presidente y de la posibilidad de crear comisiones de trabajo, se prevé la figura de un secretario permanente que contará con apoyo administrativo. La semana pasada ya fue designado para este puesto el coronel del Ejército de Tierra Jesús de Ramos Calvente.
Según lo previsto en la ley orgánica, en el seno del Consejo se debatirán las propuestas de las asociaciones y las conclusiones de los debates se elevarán al Observatorio de la Vida militar, órgano adscrito a las Cortes Generales, que todavía no ha sido creado.
La Ley Orgánica de Derechos y Deberes establecía que tanto el Consejo de Personal como el Observatorio Militar debían estar regulados en un plazo de seis meses posterior a la entrada en vigor de la ley, el pasado 1 de octubre.
Fuente: EuropaPress