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21/03/2014 - lamoncloa.gob.es -

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las iniciativas y quejas que puede plantear el militar en relación con el régimen de personal y las condiciones de vida.

El artículo 29 de la Constitución reconoce a todos los españoles el derecho de petición y añade que los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.

Al amparo de dicho derecho fundamental, el artículo 28 de la Ley Orgánica de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas del 27 de julio de 2011, reconoce al militar el derecho a plantear iniciativas y quejas relativas al régimen de personal y a las condiciones de vida.

El Gobierno ha llevado a cabo el desarrollo del mencionado artículo mediante una disposición por la que se establece una nueva vía de participación del personal militar a título individual, adicional a las otras opciones que se contemplan en la citada Ley Orgánica, el conducto reglamentario y la vía asociativa.

El Real Decreto que se aprueba introduce un procedimiento diferenciado para la articulación de las iniciativas y de las quejas.