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23/08/2013 - ASFASPRO -

Una vez más, y ya no puede deberse a la casualidad, los suboficiales de las Fuerzas Armadas nos vemos perjudicados por una norma  que presume de aplicar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

El  Real Decreto 240/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia, condena a cientos de suboficiales que prestan servicio en dicha Institución, y a los que aspiran a prestarlo en el futuro, a aceptar su inclusión definitiva en el subgrupo C1 y no en el grupo B, que les correspondería por su titulación: Técnico Superior. Es más, a pesar de que el Estatuto del Empleado Público,  Ley 7/2007, de 12 de abril,  establece las equivalencias de los distintos grupos de forma transitoria, el nuevo estatuto del CNI, en su disposición transitoria tercera, lo convierte en permanente. Esta particular interpretación impide el futuro paso de todos estos suboficiales al grupo B les obliga efectuar exámenes de promoción para poder hacerlo.

Por otro lado, el nuevo estatuto del CNI sólo autoriza la promoción, con la titulación correspondiente,desde el subgrupo C1 al subgrupo A2, extremo contrario al Estatuto del Empleado Público que permite pasar del C1 al A de manera directa, sin distinguir entre subgrupo A1 o A2. Incluso en las Fuerzas Armadas, un soldado (C2), puede promocionar directamente a oficial (A1).