Si bien el Informe Personal de Evaluación supone un avance en la transparencia[1] del proceso, los IPECs anteriores a la entrada en vigor de la Orden Ministerial 55/2010, de 10 de septiembre, siguen sin darse a conocer al evaluado, a pesar de su importante peso en la puntuación final.
La modificación de la fórmula de normalización e inclusión de umbrales demostrará, con su aplicación en el tiempo, si realmente supone un avance real para el evaluado o tan sólo sirve para reducir la carga de trabajo de los órganos de evaluación u órganos técnicos.
Finalmente, pasar del triple de la desviación típica al doble es simplemente incidir en un artificio matemático, que si bien demuestra el interés por parte del Ministerio de eliminar notas discordantes respecto a la media del evaluado, puede provocar aberraciones si no se tiene en cuenta que la desviación típica no hace otra cosa que indicarnos el grado de dispersión de los elementos de la muestra.
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