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Elementos filtrados por fecha: Septiembre 2025

Fruto del Consejo de Personal extraordinario de septiembre de 2018 y de la voluntad de la propia Ministra de Defensa, el pasado 9 de febrero se publicaron dos órdenes ministeriales que han modificado diferentes aspectos sobre la jornada, horario, vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias del militar. Estarán vigentes a partir del 1 de marzo.

De la Orden DEF/110/2019, de 8 de febrero, por la que se modifica la Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas, puede destacarse:

Publicado en Noticias
Miércoles, 13 Febrero 2019 07:54

Modificación del Reglamento de Destinos

El 9 de febrero se publicó el Real Decreto 44/2019, de 8 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de destinos del personal militar profesional, aprobado por Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.

Se reforman un total de ocho artículos sobre publicación de vacantes, solicitud de vacantes, destinos de concurso de méritos, normas de asignación de destinos, destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, cese en los destinos, asignación de puestos a la militar víctima de violencia de género y asignación temporal de destinos por circunstancias excepcionales de conciliación de la vida profesional, personal y familiar.

 

Publicado en Te interesa Saber

Los miles de hombres y mujeres que integramos las Fuerzas Armadas cumplimos con la misión encomendada por nuestra Carta Magna de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. También preservamos la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas. Actualmente participamos en 15 misiones en el exterior, con más de 3.500 compañeros desplegados en 4 continentes. Todo ello como garantes de los derechos de la ciudadanía.

La crisis económica sufrida por nuestro país en los últimos años junto con una política de personal fracasada ha sumido a la profesión militar en la marginación social y retributiva.

Publicado en Titulares

Recientemente se ha publicado el Real Decreto 38/2019, de 1 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, aprobado por el Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre.

Publicado en Te interesa Saber

En el mes de marzo se cumplirán cuatro años de la publicación en nuestra web de un artículo en el que resumíamos la promoción de los suboficiales como una carrera de obstáculos1. Durante todo este tiempo ha quedado patente la nula voluntad de la Administración y los grupos políticos para corregir una normativa que ha dejado a los suboficiales de las Fuerzas Armadas en una situación injustificable de “apartheid profesional”, inexistente en cualquier otro grupo de empleados públicos. Estamos, aunque con tintes más dramáticos, como la anécdota del banco pintado ante el que Napoleón Bonaparte ordenó poner un centinela que fue mantenido en el tiempo sin que se generase discusión alguna sobre los motivos de su continuidad, pues una legislatura tras otra los distintos equipos ministeriales se van pasando la pelota de la inacción sin querer asumir ninguna responsabilidad para cambiar una legislación que discrimina y separa. Mientras tanto ajo y agua para los suboficiales, además de una buena dosis de frustración. Pero lo que realmente nos indigna es que nadie se ha atrevido a implantar un sistema tan segregacionista o restrictivo en otros ámbitos de la Administración, ni siquiera en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de carácter similar a las Fuerzas Armadas (por más que lo nieguen algunas autoridades del Ministerio de Defensa), siendo la respuesta más evidente la de que están protegidas por el Estado de Derecho y su aplicación sería rechazada de plano por todos los grupos políticos, las instituciones y la sociedad civil. ¿Por qué entonces se sostiene una legislación tan lesiva para la carrera militar de los suboficiales?   

Publicado en Hablando Claro

El día 29 de enero el Secretario de Estado, el Subsecretario de Defensa y el JEMAD comparecieron en la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados con motivo de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2019.

Aquí se muestran las intervenciones sobre las retribuciones y el estudio en el que el Ministerio lleva trabajando más de un año.

Tal y como ha reclamado el JEMAD “en 2019 debemos ver políticas de personal relacionadas con la subida de retribuciones”.

Publicado en Noticias

Para el próximo pleno del Consejo de Personal, ASFASPRO ha elaborado y presentado las siguientes 10 propuestas.

  • Ampliar el pase voluntario a la reserva establecido en la DT8ª de la Ley de la carrera militar, al personal que hubiera ingresado en las Fuerzas Armadas antes de 1 de enero de 2008, fecha de entrada en vigor de la ley.

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  • Disminuir hasta un 20% la valoración de los Informes Personales de Calificación en el ascenso por el sistema de clasificación.

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  • Permitir que los calificados puedan consultar sus Informes Personales de Calificación en el Portal Personal.

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  • Aumentar en un ciclo el número máximo de ciclos para que el militar deje de ser evaluado para el ascenso y quede retenido en el empleo.

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  • Establecer la promoción interna especifica de los suboficiales con titulación universitaria.

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  • Aplicar a la promoción interna de los militares de carrera los cuadros médicos de exclusiones del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.

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  • Modificar las condiciones de ascenso honorífico de los retirados por discapacidad.

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  • Habilitar el acceso de los militares profesionales al Portal Personal, a través de la extranet, con el DNI electrónico.

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  • Modificar la Resolución 600/05522/14, de 8 de abril, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada por la que se determinan los destinos de la Estructura Orgánica de la Armada en los que se cumple el tiempo de permanencia en determinado tipo de destinos, necesario para el ascenso del Personal Militar.

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  • Establecer la reposición de prendas del uniforme para personal destinado en la Fuerza de Infantería de Marina.

reposicionvestuarioinfanteriamarina coperfas ASFASPRO

Publicado en ASFASPRO
Jueves, 17 Enero 2019 13:07

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Jueves, 17 Enero 2019 13:06

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