ULTIMAS NOTICIAS
  • Real Decreto 177/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre.

Real Decreto 1772021 de 23 de marzo

En 2015 se modificó la Ley 39/2007, de la carrera militar, para tratar de garantizar la promoción interna del militar, pero el Ministerio de Defensa se empeña en impedirlo por la vía reglamentaria.

En el BOE de hoy se publica el Real Decreto 556/2020, de 9 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. Los nuevos límites de edad impiden la promoción a más del 86% de los suboficiales, llegando al 99,6% en el caso de la especialidad de vuelo del Ejército del Aire. Los límites de edad no se encuentran objetivamente justificados y son discriminatorios.

Publicadas las convocatorias de los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares:

MINISTERIO DE DEFENSA

Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas
  • Resolución 452/38153/2020, de 10 de junio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera al Cuerpo Jurídico Militar, al Cuerpo Militar de Intervención, al Cuerpo Militar de Sanidad con titulación universitaria previa y al Cuerpo de Músicas Militares de las Fuerzas Armadas.

PDF (BOE-A-2020-5979 - 58 págs. - 1.533 KB)

La Sentencia de 26 de abril de 2018 del Tribunal Supremo, declaró la nulidad del Real Decreto 641/2016, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre1.

El Real Decreto 641/2016, de 9 de diciembre2, recogía el acuerdo del Pleno del Consejo de Personal, de fecha 24 de marzo de 2015, -producto de una propuesta de ASFASPRO- de incluir a un representante de las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas con representación en el Consejo de Personal en la Junta de Gobierno del ISFAS. Tras su anulación este representante desapareció, volviendo a la situación anterior.

Deben arbitrarse medidas que incentiven y posibiliten una promoción interna real del suboficial, tal como dispone el artículo 62.1 de la Ley de la carrera militar (modificado por la Ley 46/2015, de 14 de octubre), haciendo una valoración efectiva de la experiencia profesional, de la formación militar académica y de especialización, y de las titulaciones de Formación Profesional de Grado Superior o universitarias. 
 
Igualar el bagaje profesional de un suboficial a cero constituye un fraude de ley y es contrario a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. En una institución que se define como unida, no se puede mantener en el tiempo un sistema que no permite el desarrollo de la carrera profesional de una parte muy significativa de sus componentes al imponerle unas condiciones inasumibles para poder promocionar a la escala inmediatamente superior.
 
Geolocalización mediante el móvil:
 
- Aplicación informática para el apoyo en la gestión de la crisis sanitaria, que no sustituirá en ningún caso la consulta con un profesional médico
debidamente cualificado.
 
- Análisis de la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento.

Orden SND/296/2020, de 27 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para el traslado de cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

  • Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Declaracion Estado de Alarma BOE

Real Decreto 210/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2019.  

Artículo 1. Aprobación de la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2019.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar y en el artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y conforme a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2019 en los términos que se establecen en este real decreto. Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta provisión de plazas solo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas y se realizarán de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima novena de la Ley 6/2018, de 3 de julio, y con lo dispuesto en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

2. En los anexos a este real decreto se fija el número de plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación, que se desglosan en plazas de ingreso directo, plazas de promoción de militares de carrera a las escalas de oficiales, plazas de promoción y promoción interna de militares de complemento a las escalas de oficiales, plazas de promoción de militares de tropa y marinería a las escalas de oficiales y suboficiales y plazas de reservistas voluntarios.

El 9 de febrero se publicó el Real Decreto 44/2019, de 8 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de destinos del personal militar profesional, aprobado por Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.

Se reforman un total de ocho artículos sobre publicación de vacantes, solicitud de vacantes, destinos de concurso de méritos, normas de asignación de destinos, destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, cese en los destinos, asignación de puestos a la militar víctima de violencia de género y asignación temporal de destinos por circunstancias excepcionales de conciliación de la vida profesional, personal y familiar.