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Hace meses ASFASPRO intentó que se tratara en el Consejo de Personal una posible solución al problema de la aplicación del IRPF con ocasión de las misiones internacionales, sin embargo -como en demasidas ocasiones-, la Subsecretaría de Defensa rechazó su debate. 

Aunque algunos compañeros han conseguido la devolución del IRPF "erróneamente" retenido, otros siguen a la espera, e incluso se les deniega. Tampoco desde el Ministerio de Defensa y de Hacienda se da una solución definitiva que ajuste en el futuro las retenciones correspondientes de forma automática.

Por ello la asociación está promoviendo una INICIATIVA, regulada por el Real Decreto 176/2014, con el fin de que desde el Ministerio de Defensa se impulse y promueva la modificación de la Ley del IRPF que evite este trato injusto del personal que participa en las misiones internacionales.

25/05/2018 -

Desde ASFASPRO estamos promoviendo una INICIATIVA, regulada por el Real Decreto 176/2014, con el fin de impulsar la modificación de la Ley de Clases Pasivas del Estado, para que tengan consideración de accidentes en acto de servicio:

  • Aquellos que sufra el personal al ir o al volver del lugar de trabajo.
  • Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el personal, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

La Iniciativa es el derecho que tiene el militar de plantear a título individual cualquier tipo de actuación, incluida la modificación de normativa, relativa al régimen de personal y las condiciones de vida, ya sea de carácter general o específica de su unidad, que afecte a los miembros de su categoría.

Iniciativa: Perfeccionamiento de trienios como suboficial.

ASFASPRO ha preparado una nueva iniciativa para su trámite[1] individual en virtud del Real Decreto 176/2014, de 21 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las iniciativas y quejas relativas al régimen de personal y a las condiciones de vida que pueda plantear el militar.

Se trata de una de las reivindicaciones más antiguas de los suboficiales y oficiales procedentes de suboficial: que todos los trienios perfeccionados en la categoría de suboficial se reclasifiquen al subgrupo retributivo A2.