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09/02/2016 -

Es costumbre, entre los militares de bien, regalar un presente al compañero que pasa a la reserva. El agasajado suele responder con un vino español.

El General Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra pasó a la reserva el día 3 de febrero. Como aguinaldo  para cientos de sus queridos suboficiales, que esperan su ascenso en cumplimiento de la disposición transitoria séptima, ha dejado un retraso injustificable después de casi cuatro meses de la publicación de la Ley 46/2015.

09/02/2016 -

Artículo 103 Constitución Española

1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

11/01/2015 - Inseguridad jurídica, desmoralización, envejecimiento y abandono, son palabras que describen fielmente lo que nos viene sucediendo a los suboficiales de los tres ejércitos desde la entrada en vigor de la Ley 17/1989, reguladora del régimen del personal militar. Las Leyes 17/1999, de régimen del personal de las Fuerzas Armadas y la 39/2007, de la carrera militar, no hicieron más que consolidar un permanente estado de indefensión.

16/10/2015 -

«1. Todos los suboficiales que hubieran obtenido el empleo de sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 20 de mayo de 1999, fecha de entrada en vigor de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente, podrán obtener, previa solicitud, el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, que se les concederá con la fecha en la que hubieran pasado o pasen a la situación de reserva en los términos establecidos en esta ley, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha de ascenso, sin perjuicio de lo establecido en los apartados 2 y 3 siguientes.