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24/04/2014 - Tal y como adelantó el Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa en el pleno del Consejo de Personal de 31 de marzo, la Abogacía del Estado, el 3 de abril de 2014, ha interpuesto recurso de casación en interés de ley en el Tribunal Supremo contra la sentencia de 24 de enero de 2014, dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 1 de la Audiencia Nacional en el Procedimiento Abreviado 632/2013.

Como consecuencia del mismo, todas las solicitudes de extensión de efectos de la citada sentencia que al día de la fecha están interpuestos en citado juzgado y en virtud del artículo 110.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, quedarán en suspenso hasta que se resuelva el recurso de casación en interés de Ley.

Por la misma razón, todos los Tribunales y juzgados, que actualmente estén conociendo en Contencioso Administrativo del mismo asunto, procederán a suspender sus actuaciones hasta que se defina el Tribunal Supremo.  

Si el recurso en Interés de Ley, fuera estimado, y por tanto diera la razón a la Abogacía del Estado, se archivarían todas las solicitudes actualmente interpuestas, sin que ya pudieran realizar nuevas solicitudes de extensión de efectos.

El Gabinete Jurídico seguirá enviando al Juzgado Central cuantas solicitudes le lleguen, si bien, como se ha apuntado, quedarán en suspenso en el mismo. Si el recurso de casación en interés de Ley fuera desestimado y confirmara que la sentencia emitida el 24 de enero de 2014 es ajustada a derecho, el Juzgado Central iniciaría con carácter inmediato el procedimiento para extender los efectos de la sentencia a todas aquellas solicitudes que estuvieran suspendidas.

ASFASPRO seguirá informando de cuanto acontezca en relación al presente asunto, tanto en cuanto a las solicitudes de extensión de sentencia que se encuentran en el juzgado Central, como de la resolución de aquellos Contencioso Administrativo del mismo asunto que se encuentran en el Tribunal Superior de Justicia.

 

03/03/2014 - 20 minutos -

El Pleno de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad en relación con el Real Decreto de 2012 que suprimió la paga extraordinaria a los funcionarios. El Tribunal Constitucional acumula varias cuestiones sobre el mismo asunto, que ya han sido admitidas a trámite.

La decisión del alto tribunal ha sido adoptada con el apoyo de 17 de los magistrados que componían el Pleno, mientras que otros 14 han votado en contra, según fuentes de este órgano. Se trata de un recurso planteado por un funcionario del propio Tribunal Constitucional contra la decisión de este órgano de rechazar el recurso de alzada que el trabajador interpuso tras sufrir el recorte.

03/03/2014 -

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION Y SU POSIBLE UTILIZACION CON REFERENCIA AL PAGO DE LOS DIAS REALMENTE TRABAJADOS DE LA PAGA EXTRA DEL 2012.

 A) Introducción.

Trataremos de explicar brevemente y de una forma clara, para qué sirve el recurso extraordinario y si el mismo es aplicable para intentar el cobro de los 44 días trabajados de la paga extra suprimida por el Gobierno en el 2012. Nos centraremos en su aplicabilidad al caso que nos ocupa y los comentarios irán referidos siempre a éste caso en particular, aunque sean válidos con carácter general para otro tipo de actos firmes administrativos.

 27/02/2014 - 

Situación creada por la reciente Sentencia  14/2014 sobre  el abono de parte de la paga extra de diciembre 2012 a varios militares en el ámbito del Ministerio de Defensa,  dictada por el Juzgado Central núm. 1 de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional el 24 de enero de 2014.


1.- Situación previa.

Hasta el 24/01/2014 se habían dictado diversas sentencias en todo el territorio nacional, en diversos Tribunales Superiores de distintas Comunidades Autónomas (Galicia, Aragón) y en distintos juzgados de lo Contencioso Administrativo, en diferentes ciudades (Palencia, Alicante etc.). Algunas de ellas reconocían, a título individual, el derecho de diversos trabajadores de la Administración Pública (personal laboral, policía local, empleados de la Seguridad Social, Funcionario de un Ayuntamiento local) al cobro de la parte proporcional de la debatida paga. De la misma manera, había otros Juzgados/Tribunales que habían denegado el derecho al cobro de la misma.

 

La Junta Directiva de ASFASPRO, en nombre de sus socios, agradece a los suboficiales que ganaron esta sentencia que hayan facilitado la misma de forma altruista, con el único fin de beneficiar a toda la Escala de Suboficiales y por extensión a los miembros de las Fuerzas Armadas.

 

EL MINISTERIO DE DEFENSA CONDENADO A ABONAR A VARIOS SUBOFICIALES EL 25% DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD 2012 - AVALADA LA INICIATIVA DE GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS Y ASFASPRO CONTRA LA MEDIDA DEL GOBIERNO DE ELIMINAR LA PAGA DE DICIEMBRE COMPLETA AL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Como por todos es conocido ya, en fecha 14 de julio del 2012, se ha publicado en el BOE número 168, el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entre otras medidas, incorpora la eliminación a los miembros de las Fuerzas Armadas, de su paga extraordinaria de diciembre. Como quiera que ASFASPRO y el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés consideraron desde el principio dicha medida, confiscatoria, por cuanto supone la detracción de una parte de dicha paga de navidad, que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, ya se había devengado -las pagas extras constituyen una retribución diferida que se devenga por días trabajados, aun cuando su vencimiento se genera a final de año-, es por lo que nuestro despacho inició, con carácter inmediato, en el mes de julio del 2012, una reclamación en masa, tendente a la solicitud del abono del 25% de dicha paga, que habría comenzado a devengarse el día uno de junio de ese mismo año.

Una gran cantidad de miembros de las Fuerzas Armadas cursaron nuestras instancias, las cuales fueron desestimadas sistemáticamente por el Ministerio de Defensa. Contra las sucesivas denegatorias el Gabinete Jurídico interpuso un importante número de contenciosos administrativos. De forma paralela se elevaron solicitudes a la Defensora del Pueblo solicitando que se pronunciase sobre la legalidad de la pretensión confiscatoria del Gobierno.

17/12/2013 - Poder Judicial España -

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 de Santander ha desestimado el recurso presentado por dos empleados públicos con régimen de personal estatutario de los servicios de salud que solicitaban la devolución de parte de la paga extraordinaria de Navidad del pasado año 2012.

Estos trabajadores solicitaban la devolución de la parte proporcional de la paga extraordinaria que se abona en diciembre correspondiente al mes de junio y los catorce primeros días de julio, dado que la ley que eliminó esta paga entró en vigor el 15 de julio del mismo año.

El juez concluye que "no es preciso" que la ley especifique el carácter retroactivo de la norma -la suspensión de la totalidad de la paga extraordinaria, incluido el periodo entre el 1 de junio y el 14 de julio.

Madrid, 24 de febrero de 2013.

En el BOE nº 47 publicado el sábado 23 de febrero de 2013, se ha publicado el Real Decreto Ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita.

En la parte final de este real decreto-ley se incluye, en primer lugar, una disposición adicional que viene a regularizar la situación creada en relación con el abono de las cuotas de derechos pasivos y de las cotizaciones a las respectivas mutualidades de funcionarios tras la supresión de la paga extraordinaria y la paga adicional o equivalente del complemento específico del personal del sector público y de los altos cargos, del mes de diciembre de 2012, efectuada por los artículos 2 y siguientes del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Como consecuencia de lo establecido en el artículo 23.2 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, y en la disposición final cuarta, dos, de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, tanto la cuota de derechos pasivos como la de las respectivas mutualidades de funcionarios se abonaron doblemente en el mes de diciembre de 2012.

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID AVALA LA INICIATIVA DEL GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS Y ASFASPRO CONTRA LA MEDIDA DEL GOBIERNO DE ELIMINAR LA PAGA DE DICIEMBRE COMPLETA AL PERSONAL DE LAS FF.AA.

Como por todos es conocido ya, en fecha 14 de julio del 2012, se ha publicado en el BOE número 168, el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entre otras medidas, incorpora la eliminación a los militares de las FAS Españolas, de su paga extraordinaria de diciembre. Como quiera que Gabinete Jurídico Suárez-Valdés considera dicha medida, confiscatoria, por cuanto supone la detracción de una parte de dicha paga de navidad, que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, ya se había devengado (las pagas extras constituyen una retribución diferida que se devenga por días trabajados, aun cuando su vencimiento se genera a final de año), es por lo que el servicio jurídico de ASFASPRO inició, con carácter inmediato, en el mes de julio, una reclamación en masa, tendente a la solicitud del abono del 25% de dicha paga, que habría comenzado a devengarse el día uno de junio y a la regularización de las retenciones practicadas en concepto de IRPF (disponible al final de esta página).

De forma paralela se elevaron solicitudes a la Defensora del Pueblo solicitando que se pronunciase sobre la legalidad de la pretensión confiscatoria del Gobierno.

En fechas recientes, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha evacuado una sentencia, que amparando los argumentos jurídicos defendidos desde el principio por Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, estima contrario a derecho, la aplicación de la retirada de la paga extra de navidad del 2012, con carácter retroactivo y con respecto a cantidades que ya habían sido devengadas a la fecha de entrada en vigor de la norma, como sucede en relación con el personal funcionario, que a 15/07/2012, tendría ya devengado un 25% de su paga extraordinaria, como bien reclamamos en su día.

MADRID, 3 Ago. (EUROPA PRESS) -

Asociaciones profesionales de militares están impulsando recursos contra la eliminación de la paga extra de Navidad, animando a los miembros de las Fuerzas Armadas a recurrir ante el Ministerio de Defensa y solicitando a la defensora del Pueblo, Soledad Becerril, que presente un recurso de inconstitucionalidad.

Al igual que los sindicatos de funcionarios, las dos asociaciones que agrupan a militares de tropa y marinería --ATME y AMTM-- y la asociación de suboficiales (ASFASPRO) han puesto a disposición de sus asociados instancias para la reclamación de parte de la paga extra de Navidad. En concreto, solicitan que se abone el importe proporcional correspondiente a los seis primeros meses del año, antes de que entrara en vigor el recorte aprobado por el Gobierno.

Además, como ASFASPRO y ATME consideran que la medida aprobada por el Gobierno es "un atropello contra las maltrechas economías" de los militares, han solicitado al Gabinete Jurídico Suárez-Valdés que estudie "cuantas medidas legales resulten procedentes en defensa de los derechos de todos los militares españoles".

Mientras tanto, la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) ha solicitado a la defensora del Pueblo que presente un recurso de inconstitucionalidad contra la suspensión de la paga extraordinaria, porque consideran, entre otras cosas, que no respeta el principio de proporcionalidad y vulnera la "dignidad" de la persona en relación con sus derechos constitucionales.

Además, en el recurso presentado esta semana, AUME apunta que el real decreto aprobado por el Gobierno lesiona a nivel colectivo e individual "a todos los profesionales al servicio de las Administraciones Públicas". "Todo un mensaje --señala el recurso-- sobre lo que el poder político piensa del trabajo prestado por el interés general de todos los ciudadanos, en régimen de concurrencia selectiva y competitiva y adquirido mediante los correspondientes procesos selectivos de mérito y capacidad".

Fuente: EuropaPress

Como por todos es conocido ya, en fecha 14 de julio del 2012, se ha publicado en el BOE número 168, el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entre otras medidas, incorpora la eliminación a los Suboficiales de las Fuerzas Armadas, de su paga extraordinaria de diciembre. Como quiera que ASFASPRO considera dicha medida, un atropello contra las ya maltrechas economías de los subofiales que constituyen, de facto, el furgón de cola retributivo de los funcionarios, es por lo que ha encargado a Gabinete Jurídico Suárez-Valdés  el inicio de cuantas medidas legales resulten procedentes en defensa de los derechos de todos los Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Como primera actuación, les proponemos que cursen, a partir del lunes 30/07/2012, la instancia que se acompaña con el presente correo y mediante la que se pretende el abono de un sexto y medio de la paga extra de navidad, que ya se considera devengada a la fecha de entrada en vigor del citado Real Decreto-Ley. Así mismo se insta al servicio de retribuciones a la regularización de las cuantías detraídas al funcionario en concepto de IRPF, clases pasivas e ISFAS. 

La instancia pueden descargarse en el siguiente enlace:

 

 Descargar Documentos

 GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS

C/ Bravo Murillo, 101, planta 11. 28020 MADRID

Tel.: 91 535 7770 – Fax: 91 535 7771

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www.suarezvaldes.es

 

 


 

Miércoles 17 de Octubre de 2012

LA DEFENSORA DEL PUEBLO AVALA LA INICIATIVA DE GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS CONTRA LA MEDIDA DEL GOBIERNO DE ELIMINAR LA PAGA DE DICIEMBRE A LOS SUBOFICIALES DE LAS FAS.

Como por todos es conocido ya, en fecha 14 de julio del 2012, se ha publicado en el BOE número 168, el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entre otras medidas, incorpora la eliminación a los Funcionarios del Cuerpo de la Guardia Civil y de las FAS, de su paga extraordinaria de diciembre. Como quiera que Gabinete Jurídico Suárez-Valdés considera dicha medida, confiscatoria, por cuanto supone la detracción de una parte de dicha paga de navidad, que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, ya se había devengado (las pagas extras constituyen una retribución diferida que se devenga por días trabajados), es por lo que nuestro despacho  inició con carácter inmediato en el mes de julio, una reclamación tendente a la solicitud del abono del 25% de dicha paga, que habría comenzado a devengarse el día uno de junio y a la regularización de las retenciones practicadas en concepto de IRPF (se adjunta con el presente correo).

Mas de 10.000 militares han cursado dichas instancias encontrándonos, a la fecha, a la espera de la resolución de las mismas.

De forma paralela se elevaron solicitudes a la Defensora del Pueblo solicitando que se pronunciase sobre la legalidad de la pretensión confiscatoria del Gobierno.

Ahora, la Defensora del Pueblo nos ha dado la razón en su informe de 15/10/2012, en el que, recogiendo el criterio de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés,  se recomienda a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que no se aplique la supresión de la paga extra de Navidad a la cuantía devengada de la misma, al momento de publicación del Real Decreto-Ley 20/2012 (se adjunta con el presente correo).

Este hecho, no hace sino confirmar nuestra convicción sobre la viabilidad de la acción que ya hemos iniciado y animarnos a llevarla hasta la última vía judicial, elevando, si fuera preciso, cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Européas, no reparándose en medios para la mejor defensa de nuestros afiliados.

Como de costumbre, se informa a todos los afiliados que, el procedimiento de reclamación de la parte proporcional de su paga extra de Navidad, tendrá para los mismos un coste de abogados y procuradores de 0 €.

Animamos a todos nuestros afiliados y simpatizantes, que todavía no lo hayan hecho, a secundar nuestra iniciativa, presentando la instancia de reclamación del abono del 25% de la paga extra de Navidad ya devengada.

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