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Provisión de plazas de las Fuerzas Armadas 2020

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Deben arbitrarse medidas que incentiven y posibiliten una promoción interna real del suboficial, tal como dispone el artículo 62.1 de la Ley de la carrera militar (modificado por la Ley 46/2015, de 14 de octubre), haciendo una valoración efectiva de la experiencia profesional, de la formación militar académica y de especialización, y de las titulaciones de Formación Profesional de Grado Superior o universitarias. 
 
Igualar el bagaje profesional de un suboficial a cero constituye un fraude de ley y es contrario a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. En una institución que se define como unida, no se puede mantener en el tiempo un sistema que no permite el desarrollo de la carrera profesional de una parte muy significativa de sus componentes al imponerle unas condiciones inasumibles para poder promocionar a la escala inmediatamente superior.
 
Informe ASFASPRO Provisión de plazas 27052020           Real Decreto 543 2020 de 26 de mayo 

Informe de ASFASPRO del Proyecto de Real Decreto

por el que se aprueba  la provisión de plazas de las

Fuerzas Armadas para el año 2020 

            

Real Decreto 543/2020, de 26 de mayo, por el que se

aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas

y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para el

año 2020