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Promoción: de vuelta con los límites de edad

Desde ASFASPRO venimos denunciando desde nuestra fundación, al parecer con poco éxito, las situaciones de inseguridad jurídica y arbitrariedad que estamos viviendo muchos miembros de las Fuerzas Armadas, con mucha más intensidad los suboficiales.

Como suele ser habitual, han comenzado a publicarse las sucesivas convocatorias de acceso a los distintos cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas1. Como vergonzoso ejemplo del sinsentido en el que se ha convertido la promoción interna en esta institución jerarquizada, disciplinada y unida, están los límites de edad que se aplican a civiles y a militares, por obra y gracia de distintas sentencias de los tribunales de justicia2 y por la inacción o falta de voluntad de los sucesivos gobiernos y responsables del Ministerio de Defensa, que no han encontrado hueco en su apretada agenda para corregir algo que sería un auténtico escándalo en cualquier otro grupo de ciudadanos.

De este modo, si eres ciudadano español y no vistes uniforme militar, puedes presentarte a la convocatoria de los Cuerpos de Intendencia de los Ejércitos o al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad medicina3, sin que tu edad sea un obstáculo porque no tienes límite alguno como requisito a cumplir en la convocatoria. Pero si eres militar de carrera, suboficial, por ejemplo, ya no puedes hacerlo si tienes cuarenta o más años.

Y la pregunta que surge, ya que la primera sentencia del Tribunal Supremo es del año 2014, ¿en todos estos años nadie ha hecho nada para poner fin a esta arbitrariedad y discriminación?

La respuesta es no, porque las reiteradas propuestas de ASFASPRO, los acuerdos del Consejo de Personal y el dictamen de la Subcomisión para el estudio del régimen profesional de los militares de tropa y marinería han caído en saco roto. Es necesaria y urgente la modificación del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

Como se puede comprobar, la doble vara que mide nuestro valor humano y profesional no solo se aplica a nuestras retribuciones, sino que parece que exista una obsesión porque la restricción de derechos que tenemos los militares en el aspecto político se extienda a cualquier aspecto de nuestra vida laboral, para convertirnos sea como sea en ciudadanos de segunda y empleados públicos de tercera, minusvalorando nuestra profesionalidad y nuestra formación, coartando nuestra dignidad profesional con cualquier excusa. Esto es contrario a la ley.

 


1 http://www.reclutamiento.defensa.gob.es/como-ingresar/oficiales-con-titulacion/convocatoria-plazas/

2 http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=7400588&links=%22474%2F2013%22&optimize=20150608&publicinterface=true

3 Tampoco hay límites de edad para el ingreso directo en el Cuerpo Jurídico Militar y en el Cuerpo Militar de Intervención.

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