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El pasado lunes 5 de octubre en el programa “Herrera en COPE” un periodista presentó una crónica sobre la gestión de la pandemia. Cada uno es muy libre de tener sus opiniones y de manifestarlas allá donde le den cancha, faltaría más. Pero es aconsejable hacerlo sin faltar al respeto a los demás lanzando afirmaciones gratuitas que pueden ser ofensivas. Nuestro protagonista –seguramente de manera inconsciente se atrevió a declarar públicamente a través de las ondas, en un alarde de prejuicio e ignorancia, que los militares están ociosos en los cuarteles1. Le faltó poco para llamarlos, llamarnos, vagos e inútiles, esto quedaba entre líneas.

El que se puedan producir situaciones como esta, y que ninguno de los contertulios objete al comentario, es el resultado de la desaparición de la milicia de la vida normal. Solo han quedado los tópicos. Desde la suspensión de la mili, o de la prestación del servicio militar obligatorio (seguramente habrá a quien aquel vocablo coloquial no le diga nada) los militares han desaparecido de las conversaciones familiares, y de paso han desaparecido también los uniformes de las calles de nuestros pueblos y ciudades. Desde hace décadas los militares no van de uniforme desde su domicilio hasta su lugar de trabajo (a esto también ayudaron los atentados terroristas, cierto), como siguen yendo en otros países de la OTAN. En otros países se puede uno cruzar con militares en uniforme de campaña que vuelven a casa en el ferrocarril de cercanías, como en Alemania. O patrullando armados en el metro de París, o patrullando en la operación Strade Sicure en las ciudades italianas desde el 2008. Los ciudadanos de estos países respetan y estiman a sus militares. En España….

los militares “están ociosos en los cuarteles”. Eso dicen.

La movilidad geográfica a la que está sujeto el militar implica que, en muchas ocasiones, la residencia habitual sea un alojamiento logístico (una habitación) y el domicilio familiar esté a cientos de kilómetros. Con la crisis sanitaria, muchos militares han quedado confinados en los alojamientos logísticos, con unas condiciones de habitabilidad muy mejorables y con la consiguiente desatención a sus respectivas familias.

El viernes 24 de abril el Segundo Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra mediante oficio estableció que “a partir de la fecha y hasta nueva orden, NO se autorizan los desplazamientos al domicilio familiar cuando éste sea diferente de su residencia habitual”.

No es nuevo que desde diferentes asociaciones y colectivos acogidos a la Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) y al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) intenten, y con razón, la eliminación del pago farmacéutico al pasar a la condición de jubilado o retirado.

El funcionario o militar paga durante toda su vida (activo y retiro) el 30% del precio de los medicamentos, a diferencia de los acogidos al Régimen General de la Seguridad Social que en activo aportan el 40%, 50% o 60% según renta, y jubilados el 10% o 60% con topes máximos mensuales según renta (cuadro nº 1).

SÍ.

Para responder a esta pregunta debemos consultar la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y dos importantes sentencias1, una del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del año 2015 y otra del Tribunal Supremo del 2017.

El artículo 13 de la cita ley establece:

“1. El militar podrá ejercer el derecho de reunión, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión pero no podrá organizar ni participar activamente en reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical.

03/01/2018 -

Hace varias semanas que se publicó la Instrucción 77/2018, de 29 de noviembre, del Subsecretario de Defensa, por la que se modifica la Instrucción 1/2013, de 14 de enero, de Ja Subsecretaría de Defensa, por la que se dictan normas sobre la determinación y control de las bajas temporales para el servicio del Personal Militar.

Esta Instrucción adapta el Real Decreto 956/20181, de 27 de julio, estableciendo que el militar que se encuentre en la situación de baja médica percibirá el 100% de las retribuciones básicas y complementarias del mes de inicio de la incapacidad temporal, quedando a la normativa correspondiente el complemento de dedicación especial. Este cambio tiene efectos retroactivos desde 31 de julio de 2018.

20/11/2017 -

Ahora que los tristes acontecimientos de Cataluña han traído al primer plano de la actualidad y puesto en boca de todos el concepto de “golpe de estado”, con toda la carga de amenaza, falta de respeto, incumplimiento y desprecio de la Ley que conlleva su definición.

Ahora que vivimos un momento trascendental para nuestro país en el que hemos entrado en una alocada carrera de revisión de nuestra historia reciente y pasada, con continuas menciones a Franco, Carlos II, los Austrias, los Borbones, los Reyes Católicos... Con mucho ruido, distorsión y demasiada frivolidad.

20/09/2017 -
 
El viernes 15 de septiembre se publicó en el BOE la Resolución de 1 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convocan cursos de formación de examinadores para la posterior provisión de puestos de trabajo de examinador, adscritos a los subgrupos C1 y C2.
 
Podrá participar en el proceso el personal militar de carrera en activo que cumpla con los requisitos mínimos para obtener destino fuera de las Fuerzas Armadas y que cuente con la previa autorización de la Subsecretaría del Ministerio de Defensa.

05/01/2017 - boe.es -

Consejo de Estado: Dictámenes

Número de expediente: 481/2016 (DEFENSA)

Referencia: 481/2016

Procedencia: DEFENSA

Asunto:Solicitud de indemnización formulada por los familiares de los militares españoles, fallecidos en el accidente aéreo ocurrido el día 26 de mayo de 2003, en Trazbon (Turquía), en el que fallecieron 62 militares españoles cuando regresaban a territorio nacional, procedentes de Afganistán, donde habían participado en una misión internacional.

Fecha de aprobación: 20/10/2016

13/12/2016 - ejercito.mde.es -

Los mejores deportistas militares del año se dieron cita en el Cuartel General del Ejército, el 12 de diciembre, para asistir a la recepción que el JEME, general de ejército Jaime Domínguez Buj, organizó para agradecerles su esfuerzo y los títulos conquistados.

«Si estáis aquí es por la trascendencia de lo que hacéis, y porque sois un ejemplo», les indicó el JEME durante la audiencia, en la que quiso destacar que los triunfos que todos ellos han conseguido a nivel individual son una fuente de inspiración para todos sus compañeros, y una forma de proyectar una imagen del militar que redunda en la imagen de todo el Ejército.

18/11/2015 - prensaempleo.gob.es

Sra. Ministra Fátima Báñez: ¿no debería excluirse a aquellas policías locales [1] que han cerrado la puerta a los militares de tropa y marinería?

 

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social informa a las plataformas de policías locales sobre el procedimiento de anticipación de la edad de jubilación.

 

El secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, y el Subsecretario del Departamento ministerial, Pedro Llorente, han mantenido este martes un nuevo encuentro con los representantes de las plataformas de policías locales para informarles sobre la marcha del procedimiento de la anticipación de la edad de jubilación del colectivo.

En el transcurso de la reunión, continuación de la mantenida el pasado 21 de octubre, se ha informado a los portavoces de la policía local sobre el estado del procedimiento de reconocimiento de los coeficientes reductores de su edad de jubilación, cuyo inicio fue anunciado por la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, el pasado mes de mayo.

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