El Ministerio de Defensa es el departamento de la Administración General del Estado al que le corresponde la preparación, el desarrollo y la ejecución de la política de Defensa determinada por el Gobierno y la gestión de la administración militar.
La Administración militar ejerce su actividad en todo el territorio del Estado a través de las Delegaciones de Defensa y de las Subdelegaciones que de ellas dependan. Las Delegaciones de Defensa son órganos territoriales que se constituyen en el ámbito de las comunidades autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, y las Subdelegaciones de Defensa son órganos territoriales que ejercen en el ámbito provincial.
Orden 93/1993, de 21 de septiembre, por la que se establece una nueva clasificación de las Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire. y Orden 278/1999, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Orden 93/1993, de 21 de septiembre, por la que se establece una nueva clasificación de las Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire.
Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.
Esta Ley Orgánica regula la defensa nacional y establece las bases de la organización militar conforme a los principios establecidos en la Constitución.
Real Decreto 1310/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de funcionamiento del Consejo de Defensa Nacional y la composición y funciones de la Comisión Interministerial de Defensa.
El Consejo de Defensa Nacional es el órgano colegiado, coordinador, asesor y consultivo del Presidente del Gobierno en materia de defensa. La Comisión Interministerial de Defensa es un órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Defensa a través de la Secretaría General de Política de Defensa, que se constituye en el órgano de trabajo permanente del Consejo de Defensa Nacional.
Real Decreto 47/2004, de 19 de enero, por el que se establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
Los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire son órganos colegiados asesores y consultivos del Ministro de Defensa y del Jefe del Estado Mayor del Ejército respectivo. Las Juntas Superiores del Cuerpo Jurídico Militar, del Cuerpo Militar de Intervención, del Cuerpo Militar de Sanidad y del Cuerpo de Músicas Militares son órganos colegiados asesores y consultivos del Ministro de Defensa y del Subsecretario de Defensa.