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El complemento de dedicación especial, asignatura pendiente

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08/05/2017 - 

El pasado 26 de abril comparecieron en la Comisión de Defensa para informar sobre temas relativos al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estados para el año 2017, el Secretario de Estado, el Subsecretario de Defensa y el Jefe de Estado Mayor de la Defensa.

A lo largo de la sesión varios grupos parlamentarios de la oposición hicieron hincapié en las bajas retribuciones que perciben los militares.

 

 

Comisión de Defensa - 26 de abril. Zaida Cantera, Diputada PSOE

 

Desde esta web ya hemos ido dando buena cuenta de las diferencias retributivas de los militares con sus categorías equivalentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en los artículos Fuerzas Armadas ¿Bien pagadas? I y Fuerzas Armadas ¿Bien pagadas? II. En esta ocasión abordaremos el complemento de dedicación especial (CDE) pero solo en el ámbito de Defensa y con datos referidos al año 2016.

El complemento de dedicación especial, en correspondencia con el de productividad del funcionario civil, que debe retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria o la iniciativa con que se desempeña el puesto, ha terminado por vincularse al área de actividad, al nivel de responsabilidad y a compensar la prolongación de jornada o la jornada partida. En determinados destinos se ha convertido en un complemento fijo, en otros se ha pagado por meses de forma rotatoria, y en muchos se ha utilizado para complementar la retribución que no se pagaba suficientemente con el componente singular del complemento específico (CSCE). Finalmente, también es usado como sanción encubierta, ya que la decisión sobre su pago queda en manos del jefe de unidad.

La Orden Ministerial 190/2001, de 10 de septiembre, modificada por la Orden Ministerial 247/2001, establece criterios de concesión1, si bien sería conveniente mayor concreción y que dejara de excluirse la realización de guardias y servicios como motivo para su asignación. Produce verdadera desmotivación y numerosas fricciones que se acceda o no a este complemento en función, en ocasiones, de decisiones subjetivas que establecen el especial rendimiento o la responsabilidad por criterio de cercanía a la jefatura.

Anualmente el Subsecretario de Defensa asigna a cada uno de los ejércitos y demás organismos del Ministerio de Defensa los créditos globales para financiar este concepto retributivo. El importe gastado por categoría militar en el año 2016 fue el siguiente:

 

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El crédito asignado en concepto de CDE se repartió un 38,43% entre oficiales, otro 25,45% entre suboficiales y el restante 36,12% entre los militares de tropa y marinería.

El CDE se calcula sobre un porcentaje del complemento de empleo (destino para los funcionarios), que en el año 2016 osciló entre el 30,54% y por lo menos el 110%. La Subsecretaría de Defensa fijó para cada empleo el importe mínimo de esta retribución:

 

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Por tanto, la cuantía de un CDE del 35% no es igual para un comandante, un brigada o un cabo 1º, aunque los tres lo cobren por el mismo concepto. Anualmente el comandante percibiría 3.376€, el brigada 2.008 € y el cabo 1º 1.579 €.

Además, ni todos los efectivos lo cobran ni todos los empleos llegan a todos los porcentajes. El empleo militar es un factor decisivo para percibir o no esta retribución. La variedad de situaciones excede de estas líneas, pero sirva como ejemplo que hay unidades en las que sólo la mitad de los suboficiales pueden cobrar el 35% y los oficiales lo cobran todos, percibiendo la mitad el 35% y la otra mitad el 60%.  En este caso el comandante llegaría a cobrar anualmente 5.787 € y el brigada (si lo cobra) 2.008 €. Por tanto, hay una doble diferenciación por el empleo y por el porcentaje.

El porcentaje de cobro que más efectivos percibieron el año pasado osciló entre el 30% y el 40%. En el Órgano Central el 36,8% de los CDE´s que se devengaron estuvieron entre esos porcentajes, en el Ejército de Tierra el 86,5%, en la Armada el 90,2% y el 67,4% en el Ejército del Aire. Sin duda, los integrantes de la Unidad Militar de Emergencias, fueron los mejor retribuidos por este concepto ya que más de 2.800 efectivos de todos los empleos, incluida la tropa, cobraron el 100% o más del CDE.

En números globales, más de 5.200 efectivos de las Fuerzas Armadas se embolsaron un CDE del 100% o superior, mientras que más de 50.000 efectivos, con especial incidencia en las categorías de suboficial y militares de tropa y marinería, no lo percibieron en ninguna cuantía.

El 100% de los oficiales generales, el 78,4% de los oficiales, el 58,7% de los suboficiales y el 43% de los militares de tropa y marinería cobró algún porcentaje del CDE2. Merece especial mención el reparto realizado en la Armada, en el que el 79% de oficiales, el 59,7% de suboficiales y el 64,3% de militares de tropa y marinería cobraron algún porcentaje.

Cada uno de los ejércitos ha desarrollado criterios y procedimientos para la asignación y distribución del complemento de dedicación especial. Mientras que el Ejército de Tierra y la Armada han dado publicidad a estas normas a través de la intranet corporativa, añadiendo algo de transparencia, el Ejército del Aire ha optado por el oscurantismo y la ocultación.

En estas normas son acusadas las diferencias por categorías e incluso en determinados casos por empleos dentro de las mismas. Las autoridades con competencia para su asignación, en lo referente a su importe y al número de efectivos, tienen mayor margen discrecional en el Ejército de Tierra, siendo bastante menor en la Armada que ha establecido un reparto algo más rígido de los créditos disponibles. Por otro lado, en el Ejército del Aire es notorio que prácticamente todos los oficiales lo perciben y como a unidades con un número importante de puestos con niveles más bajos de CSCE se les compensa con mayor porcentaje de CDE.

Si bien sería necesario un incremento por este concepto en los Presupuestos Generales del Estado que permitiera un cambio de calado tanto en los criterios y procedimientos de asignación como en las propias cuantías, esto no impide la revisión de los porcentajes de CDE del 100% y superiores de los empleos más elevados, así como del número de vacantes asignadas al personal en reserva, todo ello con el fin de aumentar el número de perceptores y reducir las diferencias de porcentaje entre categorías, que ya existen con el propio empleo.

 

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1 Para la designación del personal que debe percibir algún tipo de complemento de dedicación especial por el concepto de especial rendimiento, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  • Desarrollo de una jornada laboral superior a lo establecido.
  • Trabajos que requieran una permanente localización.
  • Actividades adicionales a desarrollar, o desarrolladas.
  • Excepcional rendimiento.
  • Actividad extraordinaria e iniciativa en el desempeño del destino.

2 Datos de octubre de 2016