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Todos debemos cumplir la Ley

Los militares, en nuestro caso particular los suboficiales, somos gente que tiene por costumbre y obligación el cumplimiento estricto de las leyes y normas que nos afectan, como ciudadanos y como miembros de las Fuerzas Armadas.

 

En los inicios de la etapa constituyente, y en lógica adaptación al cambio político y social que se estaba produciendo en España, se puso en marcha el proceso de revisión de las antiguas ordenanzas, que culminó con la promulgación de la Ley 85/1978, de 28 de diciembre, de Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.

Su primer objetivo fue acomodarse a la Constitución y al marco democrático de un Estado de Derecho, con la forma de Monarquía parlamentaria, que asegura el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.

El Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, aprueba las actuales Reales Ordenanzas. Por su importancia, queremos recordar lo que dice el artículo 3, Primer deber del militar:

 

“La disposición permanente para defender a España, incluso con la entrega de la vida cuando fuera necesario, constituye el primer y más fundamental deber del militar, que ha de tener su diaria expresión en el más exacto cumplimiento de los preceptos contenidos en la Constitución, en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar y en estas Reales Ordenanzas.”

 

El Poder Legislativo, representante del pueblo soberano, nos impone a los miembros de las Fuerzas Armadas una obligación que aceptamos de buen grado: defender a España aunque ello suponga la entrega de nuestra vida. Pero también nos recuerda algo elemental y principio básico de un Estado de Derecho: el exacto cumplimiento de las leyes vigentes. Sin ese cumplimiento no existe la seguridad jurídica y los ciudadanos estaremos sometidos a la injusticia, a la corrupción o a la arbitrariedad.


Por este motivo, no entendemos que el Gobierno de la Nación haya incumplido el plazo, para la reforma del régimen transitorio de la Ley 39/07 de la carrera militar, establecido en una Ley Orgánica: la Ley 9/2011 de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.


La Ley 39/07 de la carrera militar es una mala ley. Lo es porque ha provocado situaciones arbitrarias e injustas; porque ha pasado por encima de principios tan importantes en las Fuerzas Armadas como los de jerarquía, antigüedad, mérito y capacidad y porque, en un plazo extremadamente corto desde su entrada en vigor, ha tenido que ser sometida a varias reformas legislativas. Las mujeres y hombres que juramos o prometimos entregar nuestra vida en la defensa de España nos merecemos algo mejor; y también respeto. Respeto por lo que el propio Estado nos ofreció cuando ingresamos en las Fuerzas Armadas, porque no puede inspirar confianza quien de modo inconstante pretende quitar hoy lo que ofreció ayer o no cumplir mañana las promesas de hoy.


El día 18 de noviembre del año 2009, en sesión de la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, se trataron, entre otras, varias Proposiciones no de ley –Grupo Popular, Grupo de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds y Grupo Mixto– que proponían la modificación urgente de la Ley 39/07. Propuestas –hay que reconocerlo– ilusionantes para los suboficiales, que identificaban los verdaderos problemas y que aportaban soluciones factibles a los mismos. Rechazos, sustituciones de enmiendas, auto enmiendas y enmienda transaccional por medio, lo cierto es que una vez finalizadas las votaciones los suboficiales nos quedamos sin nada, como siempre.


Pero desde esa fecha hasta la actualidad sí que se ha podido modificar la citada Ley, sobre todo para corregir situaciones desfavorables de otras escalas. De este modo, los capitanes que se integraron en la nueva Escala de Oficiales vieron garantizado su ascenso a comandante, en activo o en reserva; se produjo el ascenso, a comandante de la Escala Auxiliar del ET, de tenientes en situación de retiro desde el año 1989 o se mejoró sustancialmente la promoción interna de la tropa y marinería. ¿Cuándo va a ser el turno de los suboficiales?


Se puede caer en la tentación, así nos lo está pareciendo, de decir que no se modifica la Ley –en lo relativo a los suboficiales– porque las soluciones adoptadas en el pasado han empeorado las cosas. Esta es una excusa que no supera un análisis serio. Las pocas soluciones adoptadas hasta el momento se tomaron sin contar con los afectados y sin tener en cuenta los informes y propuestas que la Asociación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, ASFAS, envío tanto al Ministerio como a la Comisión de Defensa.


Las asociaciones profesionales inscritas en el RAPFAS tenemos el derecho, reconocido en el artículo 40 de la LODD, a realizar propuestas, emitir informes y dirigir solicitudes y sugerencias relacionadas con nuestros fines. El citado artículo establece también el derecho a recibir información del Ministerio de Defensa sobre régimen de personal, protección social y sobre cualquier otro asunto que favorezca la consecución de sus fines. Por tanto, si se han formado grupos de trabajo para la reforma de la Ley 39/07, ¿por qué no se cuenta con las asociaciones profesionales?


Los que hasta ahora han tenido responsabilidades en el Ministerio de Defensa o en los Mandos de Personal, no han sabido o no han querido –quizá porque lo veían como algo lejano y ajeno– resolver los graves problemas de la Escala de Suboficiales. Desde ASFASPRO hemos remitido a todas las partes informes, propuestas y soluciones a estos problemas. No se trata de simples ocurrencias sino de un serio y leal intento de mejorar la operatividad de nuestras Fuerzas Armadas.


Mientras tanto, quedamos a la espera de que el sentido común y la buena voluntad traigan por fin un modelo de carrera si no definitivo, sí justo, eficaz y duradero.

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