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Orden SND/296/2020, de 27 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para el traslado de cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Existe en la sociedad la preocupación por instaurar de manera real la igualdad hombre-mujer. Se recalca la necesidad de igual trabajo, igual salario, igual oportunidades. En general se pone el acento en la “necesidad de promover a las mujeres en su profesión”. A ella responde el convenio que con buena voluntad firmó el pasado 23 de octubre el Ministerio de Defensa con el Instituto de la Mujer1. Buena voluntad en el terreno de las ideas, porque lo malo es que mientras una mano del ministerio trabaja para abrir mentes y posibilidades, otra mano del mismo ministerio las cierra para algunas de las mujeres que visten el uniforme.

Pisando la realidad nos encontramos con que las mujeres de la categoría militar intermedia, las suboficiales de las Fuerzas Armadas, se ven frenadas en su promoción profesional, y mucho más negro es su panorama si osan compararlo con las suboficiales de la Guardia Civil. La diferencia es abismal. La limitación, curiosamente, no les viene por ser mujeres sino precisamente por ser suboficiales. El techo de cristal con el que se encuentran no tiene que ver con su género sino con los galones que lucen en su uniforme.

La prevención de riesgos laborales (PRL) no acaba de funcionar en las Fuerzas Armadas. Faltan puestos por cubrir, y pese a ello se han dejado vacantes plazas de máster en PRL por no querer que sean cubiertas por suboficiales. Y así nos va, pese a que la LODD1 indica que el Estado establecerá medidas para garantizar la seguridad y salud del personal2. La semana pasada falleció un militar en acto de servicio. DEP. Un soldado del Regimiento de Infantería “Inmemorial del Rey” nº 1. Nos unimos al dolor de su familia y compañeros cercanos. Murió, dio su vida por la Patria en el cumplimiento de su misión, y antes de que su cadáver se hubiera enfriado el Ejército de Tierra ya comunicaba por redes sociales que había sido por “causas naturales”. Dicho sea sin ningún ánimo inquisidor, las prisas nunca son buenas, y desgraciadamente nos acordamos de aquella máxima del derecho que reza excusatio non petita accusatio manifesta. Mal augurio.

Enseguida empiezan a conocerse los detalles del asunto, y trasciende que el fallecimiento ocurrió en el transcurso de una jornada de instrucción continuada (para los profanos, esto quiere decir que se empieza a trabajar a la hora de costumbre pero no se finaliza a la hora habitual sino que se siguen realizando actividades hasta el día siguiente sin solución de continuidad, más de 24 horas de servicio).

El borrador del Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas está terminando su trámite en el Portal de la Transparencia1.

Desde hace meses, tanto públicamente como en el Consejo de Personal, ASFASPRO viene denunciando el desastre profesional que supone para los suboficiales. Esta norma establece unos límites de edad que hacen irrisoria la posibilidad de promocionar a oficial2: sólo un 13% de los suboficiales podrá hacerlo a los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.

No se equivoque el lector con la fecha, esto no es una carta a los Reyes Magos. Tampoco la fecha es una casualidad, el día 6 de enero es la Pascua Militar y asistiremos a largos parlamentos en el Palacio Real. Versarán sobre la Defensa Nacional y habrá grandilocuencia, además de halagos a los hombres y mujeres que formamos las Fuerzas Armadas. Lo hemos oído ya todo, y se resume en un “Que buenos que sois, y sobre todo qué baratos, que dais vuestra vida en cumplimiento de la misión a cambio de buenas palabras”.

Habrá quien interprete este escrito como descortesía, como falta de vergüenza, otros incluso creerán que detrás hay falta de espíritu militar o hasta de disciplina. Al contrario, la disciplina y el espíritu militar llevan a describir la realidad cuando ésta no gusta a los oídos, y creemos que la Defensa Nacional y los españoles se merecen una reflexión seria, serena y, por encima de todo, veraz. La triste realidad de nuestras Fuerzas Armadas en este inicio de 2020 es la demostrada incapacidad de la institución para retener el talento, a causa de la falta de una carrera motivadora, de retribuciones dignas y justas, de condiciones de vida y trabajo adecuadas a la realidad social. La respuesta lógica hubiera sido buscar las causas y procurar poner remedio, generando una carrera militar atractiva para todas las categorías militares. En su lugar, el Ministerio de Defensa se dedica a dificultar la salida de sus militares aplicando la máxima “si no quieres arroz, toma dos tazas”.

Seguimos, como en ocasiones anteriores, con un Gobierno en funciones y un equipo ministerial en el mismo estado.

Las retribuciones siguen en un recóndito cajón y el toro de la fracasada Ley de la carrera militar continúa dando cornadas en forma de desarrollos normativos que empeoran aún más eso mismo, la carrera profesional. El futuro no es nada alentador, el Reglamento de ingreso y promoción auspiciado por la Directora General de Reclutamiento y Enseñanza Militar finiquitará la promoción interna del suboficial y el Reglamento de segundas especialidades se perfila como un elfo que otorgará mayores conocimientos y responsabilidades, pero no superiores titulaciones y retribuciones, al menos para el avejentado eslabón fundamental.

No podemos seguir así. Se puede decir más fuerte o más alto, pero no más claro. La política de personal de las Fuerzas Armadas necesita con urgencia un cambio de rumbo. Esto hace aguas y de seguir así vamos a chocar con el iceberg de la más absoluta desmotivación del personal, con todo lo que ello implica en operatividad y eficacia. Hace cuatro años ASFASPRO avisaba de la necesidad de cambiar el rumbo. Hoy estamos peor.

https://www.asfaspro.es/index.php/rss/item/2040-consejo-personal-fuerzas-armadas-cambiar-rumbo

El Ministerio de Defensa dedica miles de millones de euros a grandes contratos de material, pero resulta que no hay presupuesto para un simple programa de vestuario. Y, además, el panorama retributivo de una buena parte de los militares profesionales es desolador e injusto, sobre todo si tenemos en cuenta que no ha habido problema alguno para destinar estos dos últimos años cientos de millones de euros para la equiparación salarial de las FCSE. En estas circunstancias en las que el sueldo medio de un soldado es de 900 €, ni siquiera han sido capaces de encontrar menos de catorce millones para solucionar la discriminación que sufren los militares al cumplir 63 años, cuando ven disminuir por segunda vez sus retribuciones en la reserva. Cada vez es más evidente que por el personal militar no hay preocupación, dejándolo en una situación marginal y de desigualdad efectiva con el resto de servidores públicos.

Hace pocas semanas, el pasado 4 de octubre, en el último pleno del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas ASFASPRO preguntó por el estado del estudio facultativo sobre la llamada “prueba de unidad” a que el Ministerio de Defensa se había comprometido a realizar en el cuarto pleno de 2016, ante una propuesta presentada por esta asociación1. Había habido incidentes, con bajas y algún fallecido2, y ya desde el 2014 ASFASPRO viene presentando propuestas para evitar las bajas3. Ese mismo año 2016 ASFASPRO había puesto a disposición del personal militar la iniciativa “No más muertes en la prueba de unidad”4, que fue cursada por numerosos militares.

Según la respuesta del gabinete del subsecretario de Defensa el estudio facultativo no se ha realizado ni se iba a realizar, sino que la Inspección General de Sanidad se limitaba a revisar la Instrucción Técnica 10/17 que regula la prueba de unidad. Solamente se había propuesto a la Dirección de Sanidad del Ejército de Tierra que creara un grupo de trabajo para contrastar la bondad de la aplicación de la IT 10/17. Es decir, que el acuerdo del Consejo cae en saco roto y el mismo que debe ordenar su ejecución pasa de hacerlo.

Desde hace unos meses el ministerio en funciones pretende activar un procedimiento para conocer el listado de afiliados de cada asociación. Según afirmó el Subsecretario de Defensa en el último pleno del Consejo de Personal no iban a renunciar a ello.

Para tener representación en el Consejo de Personal las asociaciones profesionales de militares deben disponer de un porcentaje mínimo de afiliados respecto de los efectivos de las Fuerzas Armadas. No hay votaciones de representantes, como ocurre en la Guardia Civil, en la Policía Nacional o en cualquier otro ámbito.

Esta carencia democrática permitiría tener presentes en el Consejo hasta 100 asociaciones, llegado el caso, todo un despropósito imposible de gestionar. Tampoco es baladí que actualmente el número de representantes o asientos por asociación en el Consejo es el mismo tanto si la asociación tiene 1.000 como si tiene 100.000 afiliados. También es conocido que las asociaciones profesionales no reciben ningún tipo de subvención o ayuda económica1, independientemente del número de socios. En definitiva, en la normativa vigente no hay ventaja alguna en atesorar, una vez superado el porcentaje mínimo, más o menos afiliación.

Las asociaciones profesionales deben acreditar anualmente mediante una declaración responsable el número de oficiales, suboficiales y militares de tropa que son miembros de la asociación y que a 31 de diciembre no tienen la condición de militar en suspenso. Por tanto, las asociaciones no ceden en ningún caso un listado con nombres, apellidos y DNI´s de afiliados, sólo tienen la obligación legal de dar números.

Un militar solo puede pertenecer a una asociación. Si cree que puede estar afiliado a dos asociaciones porque ha peregrinado de una a otra, tan sólo tiene que solicitar un documento o correo justificativo de baja al órgano de gobierno de la correspondiente asociación.

Las declaraciones responsables están sujetas al artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las Administraciones podrán requerir en cualquier momento que se aporte la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y el interesado deberá aportarla, pero obviamente siempre con sujeción al resto del ordenamiento jurídico.

 

¿Cómo pretende el ministerio que las asociaciones profesionales acrediten los números?

Entregando el listado de DNI´s de los socios al ministerio para su cotejo. El progresista equipo ministerial del PSOE quiere saltarse los artículos 18 y 105 de la Constitución, la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y las garantías fundamentales que promulga la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

El ministerio olvida que el afiliado tiene el derecho legal a no declarar su pertenencia a una asociación legalmente constituida y que las asociaciones profesionales tampoco pueden exigírselo ni pueden aportar los datos del socio que este no le haya autorizado previamente a cederlos a terceros. Los datos personales no pueden ser cedidos sin el consentimiento expreso del socio.

Por tanto, si el socio no quiere declarar su afiliación ni quiere ceder sus datos, ¿qué datos pueden facilitar las asociaciones profesionales? ¿cómo acreditar el cumplimiento de los requisitos?

Es fácil concluir que el establecimiento de elecciones de representantes, con el consiguiente cambio de la Ley de derechos y deberes, eliminaría el problema. El voto libre, directo y secreto de todos los miembros de las Fuerzas Armadas es el que debe otorgar representatividad y legitimidad.

También cabe el ejemplo de la orden ministerial sobre subvenciones de las asociaciones profesionales de la Guardia Civil2, en la que el Ministerio del Interior exige un documento notarial acreditativo del número de afiliados, salvaguardando sus identidades. Si para un colectivo de naturaleza militar es válido un documento notarial, ¿por qué no lo es para otro?

Y aquí llegamos al nudo gordiano de la cuestión. Pertenecer a una asociación profesional todavía no está bien visto en muchos ámbitos de la institución.

Conviene recordar que la propia Ley de derechos y deberes prohíbe a las asociaciones profesionales las reuniones informativas y el uso de locales en las unidades, hasta hace poco tiempo había censura previa de las comunicaciones que las asociaciones colgaban en los tablones de anuncios, que hay tablones que no reúnen las condiciones adecuadas, que varios representantes asociativos han sido sancionados en el ejercicio de su actividad3, que para ocupar determinados destinos se interroga por la afiliación a asociaciones, que un documento interno del Jefe de las Fuerzas Terrestres equiparó asociacionismo y yihadismo4, que se impidió a ASFASPRO la publicación de un anuncio publicitario en una revista digital del ministerio, que hace pocos meses no se autorizó a que las asociaciones profesionales se reunieran con los medios de comunicación en la Delegación de Defensa de Madrid5, que se impide la colaboración de las asociaciones en carreras cívico-militares6, sin olvidar que el ministerio incumple acuerdos7 del Consejo de Personal o trata de evitar la actuación legalmente reconocida8 a este órgano.

Con esta realidad no se puede pretender que el militar quiera dar a conocer su afiliación. Quiere estar asociado, pero que no lo sepan sus jefes de los que dependen los Informes Personales de Calificación - y a la postre el ascenso-, el complemento de dedicación especial (productividad) y la concesión de cursos, recompensas e incluso destinos.

El ministerio puede hablar de la supuesta seguridad9 del procedimiento, de la protección y borrado de los datos y también de las faltas y delitos en los que puede incurrir el personal implicado en el mismo, pero lo cierto es que un listado con los DNI´s de todos los socios estaría en un ordenador del mismísimo Ministerio de Defensa.

 

¿Cuáles pueden ser los motivos reales del ministerio para la fiscalización de socios?

Desactivar el creciente movimiento asociativo motivado especialmente por las bajas retribuciones y la funesta política de personal producto de la Ley de la carrera militar y su desarrollo reglamentario. Situación que apunta a una más que probable movilización en las calles de la capital.

ASFASPRO no facilitará dato personal alguno de sus socios, aunque suponga la expulsión de la asociación del Consejo de Personal, y ejercitará todas las acciones legales necesarias para combatir este procedimiento en caso de su entrada en vigor en los términos actuales.


1 Las asociaciones profesionales están fuera del Plan estratégico de subvenciones del Ministerio de Defensa y nunca han recibido subvención o ayuda económica alguna:

https://www.defensa.gob.es/Galerias/transparencia/Plan-estrategico-subvenciones-MINISDEF-2018-2020.pdf

Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre (BOE núm. 230, de 25 de septiembre), por la que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles:

https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-9959-consolidado.pdf

https://elpais.com/politica/2017/01/24/actualidad/1485281195_991935.html

Sentencia del Tribunal Supremo 4901/2015:

http://www.poderjudicial.es/search/openDocument/1dfcfb1e8c4c47c3/20151207

Sentencia del Tribunal Supremo 2171/2015:

http://www.poderjudicial.es/search/openDocument/3ef3a59c0e9f0db7/20150529

https://www.eldiario.es/sociedad/Defensa-Teresa-Franco-investigada-Ejercito_0_821718107.html

http://www.lawyerpress.com/news/2013_07/3007_13_012.html

https://m.eldiario.es/politica/Ejrcito-asociaciones-militares_0_586542227.html

https://www.asfaspro.es/index.php/rss/item/2525-bloqueo-accion-asociativa-asfaspro

https://www.asfaspro.es/index.php/component/k2/item/2524-censura-en-la-carrera-del-ebro-2019

https://www.asfaspro.es/index.php/component/k2/item/2087-truco-trato-acuerdos-consejo-personal

https://www.asfaspro.es/index.php/component/k2/item/2558-audiencia-nacional-anula-instruccion-general-evaluaciones-ejercito-aire

https://www.asfaspro.es/index.php/component/k2/item/2300-tribunal-supremo-tumba-reglamento-invied-eludir-informe-consejo-personal

https://www.elmundo.es/espana/2019/03/11/5c865869fdddffea018b4687.html

 

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

12 de octubre, día del Pilar, día festivo en el que conmemoramos la fecha en la que una expedición organizada por la monarquía hispánica descubre un nuevo continente. Una fecha de escala planetaria elegida como Día de la Fiesta Nacional para regocijo de todos los españoles.

Aquella de finales del siglo XV era una sociedad con empuje, con ganas de ampliar el mundo, en la que la milicia –entonces dedicación a tiempo parcial- tenía un papel destacado y sus integrantes prestigio social. Hoy estamos a las antípodas de aquella situación para quienes visten uniforme. Los miembros de las Fuerzas Armadas están en el vagón de cola de las retribuciones de los empleados públicos, muy separados del resto. Cualquier comparación con otros uniformados del ámbito de la seguridad pone los pelos de punta. No sólo en la nómina, en consideración social o reconocimiento del nivel de formación, en compensación del tiempo de servicio… Otras profesiones cuentan con un coeficiente compensatorio de unos factores de peligrosidad y penosidad que les hace llegar antes a la jubilación, pero a los militares se les regatea todo, tal vez porque no debe ser peligroso ni penoso trabajar con armas y explosivos en cualquier punto del mundo donde se manda a estos mismos militares a quienes se homenajea participando en desfiles, en los Campos Elíseos o en la Castellana. Malas pagas.

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