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La Audiencia Nacional anula una Instrucción General del Jefe de Estado Mayor del Aire, otra vez se intentaba ningunear al Consejo de Personal

10/12/2018 - 

La Audiencia Nacional ha estimado el recurso interpuesto por ASFASPRO contra la Instrucción General 60-21, 3ª revisión, del 29/11/2016, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, por la que se actualizan las normas relativas a las funciones del Suboficial Mayor en el Ejército del Aire.

La sentencia anula principalmente el reconocimiento del “Suboficial Mayor de Mando”, no obstante, el recurso de ASFASPRO no discutía el fondo -que podría haberse mejorado en el Consejo de Personal-, sino la forma.

Según la Audiencia Nacional no sólo se ha omitido la audiencia al Consejo de Personal, sino que no se ha seguido el procedimiento regulado en la Orden Ministerial 105/2002, ni en cuanto a los documentos que debe contener el proyecto de texto según su dispongo sexto, con las modificaciones establecidas en la Orden Ministerial 169/2003, de 11 de diciembre de 2003 (BOD 248/2003), ni respecto a los informes que deben solicitarse, incluido el del propio Secretario General Técnico (SEGENTE)".

El artículo 49 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas establece las funciones del Consejo de Personal, entre otras, tener conocimiento y ser oído sobre cuestiones de personal e informar, con carácter preceptivo y previo a su aprobación, las disposiciones legales y sus desarrollos reglamentarios.

Las asociaciones profesionales solicitaron en varios plenos del Consejo de Personal del año 2016 que la revisión de la Instrucción General 60-21 fuera presentada y debatida en el mismo, incluso el Secretario General Técnico se comprometió a hacerlo, una vez fuera recibida por su departamento. Sin embargo, el Ejército del Aire saltándose a la torera la Ley, las peticiones de las asociaciones y el compromiso del Secretario General Técnico publicó la revisión de la Instrucción General 60-21 omitiendo al Consejo de Personal.

La Audiencia Nacional condena en costas a la Administración, pero ¿no hay ninguna autoridad responsable del proceder contrario a Derecho del Ejército del Aire?

¿Cuántas sentencias serán necesarias para que el Consejo de Personal pueda desarrollar las funciones que establece la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas?1

 

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