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La problemática de personal se incorpora a la Directiva de Defensa Nacional. Este verano se ha promulgado por fin la nueva Directiva de Defensa Nacional que deroga la anterior de 2012. Si tenemos en cuenta que venía siendo habitual que este documento, marco general de la defensa nacional, fuera renovado a cada inicio de legislatura, es decir, cada cuatro años, nos encontramos ante una noticia importante. Efectivamente, se ha adaptado a la realidad actual incluso haciendo mención a las necesidades del personal y a la importancia de que estas estén cubiertas para que se pueda cumplir adecuadamente la misión.

Las asociaciones profesionales nos centramos en las cuestiones referentes al personal, no en balde nuestra finalidad es la promoción y defensa de los intereses profesionales, económicos y sociales del militar. Desde este punto de vista es importante que la Directiva de Defensa Nacional 2020 haya incorporado por primera vez entre las directrices de actuación: “La calidad de vida y unas condiciones de trabajo seguras y dignas para los miembros de las Fuerzas Armadas”. La importancia de estas ha sido resaltada ya tanto por el Observatorio de la Vida Militar –en su Memoria informe del año 2015- como por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados en el dictamen sobre dicho informe, en 2017.

Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.
Esta Ley Orgánica regula la defensa nacional y establece las bases de la organización militar conforme a los principios establecidos en la Constitución.

Real Decreto 1310/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de funcionamiento del Consejo de Defensa Nacional y la composición y funciones de la Comisión Interministerial de Defensa.
El Consejo de Defensa Nacional es el órgano colegiado, coordinador, asesor y consultivo del Presidente del Gobierno en materia de defensa. La Comisión Interministerial de Defensa es un órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Defensa a través de la Secretaría General de Política de Defensa, que se constituye en el órgano de trabajo permanente del Consejo de Defensa Nacional.

Real Decreto 47/2004, de 19 de enero, por el que se establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
Los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire son órganos colegiados asesores y consultivos del Ministro de Defensa y del Jefe del Estado Mayor del Ejército respectivo. Las Juntas Superiores del Cuerpo Jurídico Militar, del Cuerpo Militar de Intervención, del Cuerpo Militar de Sanidad y del Cuerpo de Músicas Militares son órganos colegiados asesores y consultivos del Ministro de Defensa y del Subsecretario de Defensa.

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