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Un grave problema de concepto y una escasa voluntad en reconocer la realidad y en llamar a las cosas por su nombre son los males que aquejan a la enseñanza militar en estos principios del siglo XXI. “Dime de que presumes y te diré de que careces”. Se vende el mensaje de la plena integración de la enseñanza militar en el sistema general de enseñanza, pero es una gran mentira. Aunque el Plan Bolonia no obligaba a cambio alguno en la formación militar, se viene repitiendo hasta la saciedad que ésta se ha transformado y se ha adaptado al mismo. El resultado ya ha sido radiografiado: puro maquillaje y auténtico fracaso. Con especialidades fundamentales cuya carga lectiva no se enfoca en su totalidad a los cometidos que deben desempeñar en las Fuerzas Armadas, en algunas poco más de la mitad, llegando al escandaloso caso de Infantería de Marina en que solamente el 8% de los contenidos sirven para su dedicación profesional. No se puede decir que aproveche mucho el estudio. Cuando los oficiales egresan de las academias necesitan completar cursos de profundización de su especialidad, y la pregunta que se hace el contribuyente es ¿pero qué han estado estudiando en la Academia?

Desde ASFASPRO venimos denunciando desde nuestra fundación, al parecer con poco éxito, las situaciones de inseguridad jurídica y arbitrariedad que estamos viviendo muchos miembros de las Fuerzas Armadas, con mucha más intensidad los suboficiales.

Como suele ser habitual, han comenzado a publicarse las sucesivas convocatorias de acceso a los distintos cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas1. Como vergonzoso ejemplo del sinsentido en el que se ha convertido la promoción interna en esta institución jerarquizada, disciplinada y unida, están los límites de edad que se aplican a civiles y a militares, por obra y gracia de distintas sentencias de los tribunales de justicia2 y por la inacción o falta de voluntad de los sucesivos gobiernos y responsables del Ministerio de Defensa, que no han encontrado hueco en su apretada agenda para corregir algo que sería un auténtico escándalo en cualquier otro grupo de ciudadanos.

LEY 17/1989: FLAGRANTE INCUMPLIMIENTO DE LAS LEYES DE INGRESO E INSEGURIDAD JURÍDICA

promocion suboficial 240419.1En el año 1989 los suboficiales no dimos la suficiente importancia a la aprobación de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, que eliminó expectativas y derechos ampliamente consolidados e incluidos en las leyes vigentes hasta la fecha, además de modificar muy significativamente nuestra carrera profesional sin establecer periodos transitorios en algunos casos e insuficientes en otros. Dedicados de lleno al cumplimiento de nuestros cometidos e ingenuamente confiados en que el Estado velaba por nuestros intereses profesionales1 no presentamos la necesaria batalla ante una ley que pasó por encima de los principios de buena fe y de confianza legítima generando gran frustración e inseguridad jurídica a todos los componentes de nuestra escala.

De todas formas, para no desanimar a nadie a su lectura, hay que decir que no tenemos la intención de repetir en este artículo todos los agravios, arbitrariedades y disparates que se han producido después de la entrada en vigor de ésta y las sucesivas leyes de personal que fueron aprobadas con posterioridad, porque ya han sido meticulosamente documentados en numerosos informes y relatados en más de una ocasión en el Congreso de los Diputados o, más profusamente, en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, sino la de visibilizar el continuo maltrato y el doble rasero que está utilizando la Administración para medir el valor humano y profesional de los suboficiales de las Fuerzas Armadas en relación con el resto de militares y otros servidores públicos. Ante esta realidad, como venimos denunciando de manera infatigable, indigna sobremanera cuando nos vemos obligados a contemplar como pasan por agraviados todos aquellos que han visto mejorada su carrera militar con la entrada en vigor de cada nueva ley.

El pasado día 20 de febrero se publicó en el BOE la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero1, que recoge el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

Se justifica la aprobación de esta Orden en que los poderes públicos, conforme a lo que establece el artículo 14 de la Constitución, deben asumir la obligación de impulsar todas las medidas necesarias para la aplicación efectiva del principio de igualdad, especialmente en aquellas áreas que, como el empleo, favorezcan la integración de los ciudadanos en todas las esferas de la vida económica, política, social y cultural y, singularmente, en el empleo público,  que ha demostrado ser una eficaz herramienta  para  favorecer la movilidad social y la igualdad entre todos los ciudadanos.

19/01/2018 - 

Hoy, con la publicación en el BOD de la Orden DEF/1341/2017, de 20 de diciembre, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse las fases selectivas del procedimiento de acceso de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, y de los militares de tropa y marinería, a una relación de servicios de carácter permanente, el Ministerio de Defensa pasa por encima de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, aplicando una injustificable doble vara para medir el valor humano y profesional de los militares.

En un Estado de Derecho, con una clase política y una sociedad civil muy sensibilizada ante las discriminaciones de todo tipo, no es de recibo que la Administración mantenga, para algunos militares, privilegios que rezuman clasismo y arbitrariedad por todos lados, por más que los que se presentan como víctimas estén realmente disfrutando de una pasarela que se sustenta en la ley del mínimo esfuerzo y en el agravio a otros colectivos, como, por ejemplo, los suboficiales de las Fuerzas Armadas.

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