En este punto coincide con el dictamen del Consejo Fiscal, al igual que en la necesidad de que se incorpore como pena menos grave la posibilidad de que los tribunales puedan imponer una multa económica en lugar de, obligatoriamente, una privativa de libertad.
El texto que estudiará el CGPJ considera igualmente positivo la inclusión en el Código Penal Militar de delitos que, hasta ahora, son comunes, como los atentados contra la libertad o indemnidad sexual o el acoso sexual y profesional de un superior con relación a su subordinado, ambos militares, el trato degradante de maltrato de obra o atentado contra la libertad sexual entre militares de igual rango, perpetrados en lugares de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil.
Otra de las recomendaciones que se realiza en el informe de la vocal Margarita Uría, a lo largo de más de cien folios, es que se incluya entre las penas que se puedan imponer por los delitos militares la de trabajos en beneficios de la comunidad, «sin perjuicio de las particulares de las FAS y de la Guardia Civil», como formar parte de contingentes internacionales, funciones de prevención de incendio o auxilio en eventuales catástrofes o ayuda humanitaria».
Por otro lado, la Fiscalía del Estado ha informado de forma favorable a la «proyectada reforma en profundidad» del Código Penal Militar, no sólo por el tiempo transcurrido desde que entró en vigor el actualmente vigente, en 1985, sino también porque se incide en «otras circunstancias que aconsejan la proyectada reforma en profundidad del Código Penal Militar, como son el proceso de modernización de la organización militar, la profesionalización de la Fuerzas Armadas, el despliegue territorial y la participación en misiones internacionales, así como el cumplimiento de obligaciones convencionales asumidas por España». También se estima «imprescindible», a juicio de la Fiscalía, introducir nuevas figuras delictivas que otorguen «protección penal al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas de los militares», tales como las penas de prisión para los delitos de carácter sexual.