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Defensa convoca 100 plazas para el acceso a tropa permanente en 2013

01/08/2013 - Atenea Digital -

El Ministerio de Defensa ha publicado hoy, en el Boletín Oficial de Defensa, las convocatorias de selección para el acceso de los militares de tropa y marinería y de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, a una relación de servicios de carácter permanente en las Fuerzas Armadas.

En concreto, Defensa convoca 31 plazas para los militares de complemento y 100 para los soldados y marineros que opten  el compromiso permanente. De estas 100 plazas para el ascenso a cabo o cabo 1º, 54 son para el Ejército de Tierra -16 para la Agrupación de Especialidades Operativas y 38 para la Agrupación de Especialidades Técnicas-; 24 para la Armada, -16 para el Cuerpo General y 8 para Infantería de Marina-; y 22 para el Ejército del Aire.

El plazo de presentación de solicitudes para ambas convocatorias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa. Es decir, el plazo concluye el 21 de agosto. Los candidatos a las dos convocatorias deberán tener suscrito un compromiso de larga duración, haber sido evaluado favorablemente para adquirir la condición de militar de carrera y encontrarse en la situación de servicio activo o en la de excedencia cuando el pase a esta situación se haya producido al amparo de lo recogido en el artículo 110.1 de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar. Tampoco podrán concurrir los candidatos que hayan superado el número máximo de tres convocatorias para acceder a una relación de servicios de carácter permanente.

Los militares de tropa y marinería que opten al compromiso permanente deberán tener un tiempo mínimo de servicios de catorce años en la fecha límite de presentación de solicitudes, habiendo prestado los cinco últimos años en el Ejército con el que se pretende establecer la relación permanente. En el caso de aquellos soldados y marineros  militares de tropa y marinería a la entrada en vigor de la Ley 8/2006, de 24 de abril, deberán llevar al menos ocho de servicios, que deberán haberse cumplido de manera continuada en el Ejército en el que se pretende establecer dicha relación. Además, todos los candidatos deberán acreditar que poseen, como mínimo, el título de Técnico del Sistema Educativo General o equivalente. 

Los militares de complemento que opten a formalizar una relación permanente deberán tener cumplidos diez años de servicio como militar de complemento en la fecha límite de presentación de solicitudes y estar adscrito a los Cuerpos y Escalas de las plazas a las que se opta. Además, los aspirantes con responsabilidad en vuelo del Ejército del Aire deberán aportar la tarjeta de aptitud, en vigor, expedida por el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial. De las 31 plazas para militares de complemento, 14 serán para el Ejército de Tierra, 4 para la Armada y 5 al Ejército del Aire, mientras que las 8 restantes son para los Cuerpos Comunes.

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