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DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA

16/10/2015 -

«4. Hasta el 31 de julio del año 2013 seguirá siendo de aplicación el supuesto de pase a la situación de reserva, previsto en el artículo 144.2.b) de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, para los pertenecientes a los cuerpos generales, de infantería de marina y de especialistas, extendido a partir del 1 de julio del año 2009 a los tenientes coroneles procedentes de las escalas de oficiales de dichos cuerpos que se hayan integrado en las nuevas escalas, siéndoles de aplicación lo previsto en el artículo 113.6 de la presente ley. En el caso de que no se tengan cumplidos los cincuenta y seis años se retrasará el pase a la reserva al momento de cumplir esa edad.

Hasta el 30 de junio de 2019 el personal mencionado en el párrafo anterior, así como los tenientes coroneles procedentes de las escalas de oficiales que no se hayan integrado en las nuevas escalas y los suboficiales mayores de los citados cuerpos, con más de treinta y tres años desde su ingreso en las Fuerzas Armadas, podrán solicitar el pase voluntario a la reserva siempre que tengan cumplidos cincuenta y ocho años de edad, siéndoles asimismo de aplicación lo previsto en el artículo 113.6. En el caso de que no tengan cumplida esa edad en el momento de la petición, se les concederá con efectos de la fecha en que la cumplan, aunque esta sea posterior a la indicada en el inicio de este párrafo

 

Efectos de la disposición transitoria octava.

  1. Aquellos (suboficiales de los Cuerpos Generales e Infantería de Marina) que a 31 de julio de 2013 tuvieran 33 años de servicios como militar de carrera, pasarán a la reserva a los 56 años y por la DT7ª ascenderán a teniente a esa edad. Se puede cumplir los años con posterioridad a 31 de julio de 2013.
  2. Aquellos (suboficiales de los Cuerpos Generales e Infantería de Marina) que a 30 de junio de 2019 tuvieran 33 años de servicios desde el ingreso en las Fuerzas Armadas podrán solicitar el pase voluntario a la reserva a los 58 años, y por la DT7ª ascenderán a teniente. Se puede cumplir los años con posterioridad a 30 de junio de 2019. Afecta a todos aquellos que ingresaron en las Fuerzas Armadas antes del 1 de julio de 1986.

Ejemplo:

Suboficial, nacido en 1968, ingresa en las Fuerzas Armadas el 30 de junio de 1986, cumple 33 años de servicio el 30 de junio de 2019. Podrá pasar voluntariamente a la reserva a los 58 años, en el año 2026. Por la DT7ª ascenderá a teniente a esa edad.

Si no solicitara el pase a la reserva puede continuar en servicio hasta los 61 años, pasando a la reserva en el año 2029 y ascendiendo a teniente con efectos desde los 58 años.

 

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