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Un informe del CGPJ cuestiona que un mando militar decida cómo ejecutar una pena

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07/10/2013 - larazon.es -

La Comisión de Estudios debatirá hoy un informe del anteproyecto del nuevo Código Penal Militar, que sustituirá al vigente de 1985. Como principio general, el texto, del que es ponente la vocal Margarita Uría y al que ha tenido acceso íntegro LA RAZÓN, considera positiva la elaboración de este nuevo código,

«a la vista del cambio de las circunstancias que se ha producido desde 1985 y de las funciones y configuración actual» de las Fuerzas Armadas y la necesidad de recoger las «obligaciones convencionalmente asumidas por España desde 1989 en el ámbito de la prevención de las violaciones de Derecho Internacional Humanitario, las aportaciones doctrinales y de la Sala Quinta del Tribunal Supremo en la interpretación de los delitos e infracciones militares y la necesidad de introducir figuras de nuevo cuño, como el acoso sexual en el ámbito militar o el delito contra la salud pública por militar y en lugar militar».

En este punto coincide con el dictamen del Consejo Fiscal, al igual que en la necesidad de que se incorpore como pena menos grave la posibilidad de que los tribunales puedan imponer una multa económica en lugar de, obligatoriamente, una privativa de libertad.

El texto que estudiará el CGPJ considera igualmente positivo la inclusión en el Código Penal Militar de delitos que, hasta ahora, son comunes, como los atentados contra la libertad o indemnidad sexual o el acoso sexual y profesional de un superior con relación a su subordinado, ambos militares, el trato degradante de maltrato de obra o atentado contra la libertad sexual entre militares de igual rango, perpetrados en lugares de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil.

Otra de las recomendaciones que se realiza en el informe de la vocal Margarita Uría, a lo largo de más de cien folios, es que se incluya entre las penas que se puedan imponer por los delitos militares la de trabajos en beneficios de la comunidad, «sin perjuicio de las particulares de las FAS y de la Guardia Civil», como formar parte de contingentes internacionales, funciones de prevención de incendio o auxilio en eventuales catástrofes o ayuda humanitaria».

Por otro lado, la Fiscalía del Estado ha informado de forma favorable a la «proyectada reforma en profundidad» del Código Penal Militar, no sólo por el tiempo transcurrido desde que entró en vigor el actualmente vigente, en 1985, sino también porque se incide en «otras circunstancias que aconsejan la proyectada reforma en profundidad del Código Penal Militar, como son el proceso de modernización de la organización militar, la profesionalización de la Fuerzas Armadas, el despliegue territorial y la participación en misiones internacionales, así como el cumplimiento de obligaciones convencionales asumidas por España». También se estima «imprescindible», a juicio de la Fiscalía, introducir nuevas figuras delictivas que otorguen «protección penal al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas de los militares», tales como las penas de prisión para los delitos de carácter sexual.