Iniciativas
Respecto a las iniciativas, se configura un régimen específico que incluye la posibilidad de que dichas iniciativas se estudien, llegado el caso, por un grupo de trabajo que proporcione los elementos de juicio necesarios para fundamentar la resolución del órgano competente.
Quejas
En relación con las quejas, se crea un procedimiento en dos instancias: primera, en la que se tramitarán las quejas siguiendo el conducto regular de la estructura jerárquica de las Fuerzas Armadas; segunda, para aquellas quejas que se considere que no han sido lo suficientemente atendidas, mediante la tramitación directa ante los Mandos o Jefaturas de Personal de su ejército respectivo o, llegado el caso, ante la Subsecretaría de Defensa.
Los acuerdos que se adopten deberán ser motivados y resolverse en un plazo de seis meses, y carecen del carácter de reclamación en vía administrativa.
Por otra parte, se prevé que anualmente se elabore un informe con todas las iniciativas o sugerencias que se remitirá al recién constituido Observatorio de la vida militar.
Otras modificaciones reglamentarias
Además, se introducen dos modificaciones reglamentarias para facilitar la continuidad de los reservistas voluntarios y favorecer el acceso a la condición de permanente de los militares de tropa y marinería, ampliando el número de convocatorias.