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Recientemente, se han publicado dos órdenes ministeriales:

  • Orden Ministerial 13/2019, de 28 de marzo, que modifica la Orden Ministerial 17/2009, de 24 de abril, por la que se establece el procedimiento y las normas objetivas de valoración de aplicación en los procesos de evaluación del personal militar profesional.

09/02/2016 -

Es costumbre, entre los militares de bien, regalar un presente al compañero que pasa a la reserva. El agasajado suele responder con un vino español.

El General Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra pasó a la reserva el día 3 de febrero. Como aguinaldo  para cientos de sus queridos suboficiales, que esperan su ascenso en cumplimiento de la disposición transitoria séptima, ha dejado un retraso injustificable después de casi cuatro meses de la publicación de la Ley 46/2015.

29/11/2104 - Europa Press -

El Ministerio de Defensa ha puesto en marcha una nueva normativa para regular las pruebas físicas periódicas que realiza el personal de las Fuerzas Armadas y que se tienen en cuenta en las evaluaciones para el ascenso, acceso a servicios de carácter permanente y para ocupar determinados destinos.

Según ha informado el Ministerio dirigido por Pedro Morenés en un comunidado, la nueva noramativa se recoge en la Orden Ministerial 54/2014, de 11 de noviembre, publicada el pasado 19 de noviembre, y en ella se establecen las pruebas mínimas que debe realizar todo el personal de las Fuerzas Armadas y su periodicidad.

La integración de escalas en la Ley de la carrera militar ha recogido, en una única trayectoria, diferentes especialidades con distintos criterios de evaluación difíciles de normalizar en cuanto a misiones, cursos, destinos, mayor antigüedad derivada de diferentes velocidades de ascenso en las escalas de origen, etc. El resultado, es que ciertas especialidades o zonas finales del escalafón de cada una de las promociones siempre se verán postergadas a los últimos puestos de la clasificación.


Es fácil caer en el tópico y cometer el error de pensar que los suboficiales retenidos no se han esforzado lo suficiente y que por ello no tienen méritos para ascender al empleo superior, pero la explicación está en la trayectoria profesional seguida antes de la entrada en vigor de la citada Ley y en los evidentes defectos, ya conocidos por los Cuarteles Generales, del actual sistema de evaluación. Conviene recordar que su implantación no tuvo periodo transitorio alguno y que el cambio fue radical, sin tiempo suficiente para reorientar la trayectoria profesional.


Llegados a este punto, conviene recordar cuáles fueron los principales argumentos que justificaron el cambio de sistema: primar el mérito y la capacidad por encima del “simple transcurso de los años” y la simplificación de las escalas existentes, racionalizando la estructura de cuerpos y escalas. Pero a la vista de los resultados obtenidos, ¿podemos decir que están prevaleciendo el mérito y la capacidad? ¿Dónde está la igualdad de oportunidades?


Lo cierto, es que algunos defensores de la norma se olvidan del significado real de lo que llaman, quizá despectivamente, “simple transcurso de los años”. Para los que a la entrada en vigor de la Ley ya llevaban, en la mayoría de los casos, más de veinte años de servicio, esa expresión supone años de academia, tanto de alumno como de profesor; cursos de especialización, destinos en diferentes unidades, permanencia en zona de operaciones, maniobras, comisiones de servicio y numerosas guardias y servicios. En definitiva, toda una trayectoria profesional desarrollada bajo unas reglas de juego que se ve sometida a una clara falta de seguridad jurídica.


Por lo tanto, quedar retenido en el empleo supone el fin de la carrera militar; sin objetivos, sin incentivos para su preparación y, en definitiva, sin futuro profesional.


No deja de ser una paradoja que a un reservista voluntario se le conceda el empleo de brigada con 120 días de activación, y se le niegue a un militar de carrera que ha sido evaluado y declarado apto en múltiples ocasiones.


Por todos estos motivos, mientras no afinen y mejoren en su normalización los procesos de evaluación y, lo que es más importante, el excesivo peso que en ellos tienen los IPEC, hay que establecer una solución de marco temporal efectiva que evite agravios reales y objetivos en las escalas.


Para evitar la retención indefinida en el empleo, de profesionales que han sido declarados APTOS para el ascenso hasta en ocho ocasiones, esta asociación propone incluir un coeficiente ponderador sobre la nota final de los evaluados, que aumente con cada evaluación. Es un instrumento cuyo valor puede ser controlado directamente por el Ministro de Defensa mediante la modificación de la Orden Ministerial 17/2009, por lo que no requiere modificar la LCM.


Por último, debemos recordar que estamos hablando de soluciones provisionales, porque el sistema requiere ser modificado en profundidad.

Por Resolución 564/05589/11, de 7 de abril de 2011 (BOD núm. 71 de 12 de abril de 2011), del General de Ejercito JEME, se fijan las zonas de los escalafones para las evaluaciones para el ascenso, por empleo y Escala, para el ciclo de ascensos 2011/2012,  de conformidad con lo establecido en la disposición sexta de la Orden Ministerial 18/2009, de 4 de abril, por la que se establece el máximo y el mínimo de la relación entre el numero de evaluados en cada ciclo y el de vacantes previstas para el ascenso por los sistemas de elección y clasificación durante el periodo cuatrienal de plantillas 2009/2013, en el anexo I de la citada Resolución se establece para el ciclo de ascensos 2011/2012 lo siguiente:

 - Numero de vacantes previstas para el ascenso por empleo y Escala.

- Relación aplicada entre numero de vacantes y numero de evaluados.

- Numero de evaluados para cada empleo y Escala.

- Zonas de escalafón a evaluar.

 En el Anexo I de dicha resolución se establecen las Zonas de escalafón para los ascensos por los sistemas de elección y clasificación durante el ciclo 2011/2012, así como la ratio o relación de evaluados/vacantes, estableciéndose en la misma para el Cuerpo General del E.T., Empleo Sargento 1º, Escala Suboficiales, Escala y Cuerpo de procedencia EBS CGET, zona de escalafón desde 600010 hasta el 6012980, Numero de EVALUADOS 638, VACANTES PREVISTAS 497, RELACIÓN NUMERO DE EVALUADOS/VACANTES 1.28.

Sin embargo lo anterior y pese a encontrarse previstas 497 vacantes para el empleo de brigada, lo cierto es que durante dicho ciclo únicamente se han producido 407 vacantes, con lo cual, la diferencia de vacantes de ascenso a brigada (90), por el factor de relación (1,28), hace un total de 116 sargentos primeros, a los que se les va a comunicar la anulación de su evaluación”.

Sin embargo lo anterior, esta actuación no corrige el efecto nocivo que para los evaluados tiene el hecho de haberse incluido en las zonas de escalafón a personal no evaluable.  Efectivamente, si las vacantes previstas inicialmente hubieran resultado 407 y a dicho número le hubiéramos aplicado el ratio correspondiente de 1,28, hubieran debido resultar 521 sargentos primeros evaluados ab inicio y no 638 como efectivamente se evaluaron. Este hecho, por mucho que se pretenda solucionar anulando la evaluación de 116 Sargentos Primeros que no han obtenido vacante de brigada y no han resultado ascendidos, no corrige el hecho de que el actor haya sido sobrepasado en el orden de clasificación, por sargentos 1º de promociones posteriores o con número de escalafón inferior, que no debían haber formado parte de la evaluación, al encontrarse de inicio fuera de la zona de escalafón que se debía evaluar y que en la actualidad se encuentran destinados como brigadas, a los que no se ha anulado su evaluación.

Es por ello por lo que Gabinete Jurídico Suárez-Valdés ha confeccionado un recurso de revisión tendente a instar la nulidad de pleno derecho del ciclo de ascensos 2011-2012, dado el terrible perjuicio que para la carrera profesional de tantos suboficiales, viene su poniendo el inadecuado sistema de evaluación implementado por Defensa para dicho ciclo. Dicho recurso debe ser cursado pro conducto reglamentario por todos los afectados y damnificados.

 

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GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS

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Tel.: 91 535 7770 – Fax: 91 535 7771

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Viernes, 19 de Octubre de 2012 23:26 , Tania Costa

Desde la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas también reclaman cambios en la Ley de Carrera Militar. Los ascensos preocupan y mucho. Así lo recogen las propuestas de reforma de la Ley de Carrera Militar que ha hecho la Asociación Unificada de Militares Españoles (Aume) y de la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (Asfaspro).

La formación y la promoción interna, los sistemas de evaluaciones y ascensos, el orden y la seguridad en las Fuerzas Armadas o el sistema del pase a la reserva son los problemas que más escuecen a los miembros de Asfaspro que, como los de Aume, ven necesaria una reforma de la Ley de Carrera Militar.

Fuentes de Asfaspro aseguran a El Faro que se han generado “graves problemas” en la escala de suboficiales tras la promulgación de las tres últimas leyes de Personal. De ahí que la asociación  haya elaborado hasta diez documentos  con propuestas e informes que entre febrero y junio pasado envió al Ministerio de Defensa, a los mandos de Personal y a los responsables de los grupos políticos con representación en la Comisión de Defensa.
Y lo hacen porque en Asfaspro consideran que la escala de suboficiales ha sido la más perjudicada con la entrada en vigor de las tres últimas leyes de Personal.

Estas leyes, aseguran desde la asociación, “han afectado a su carrera militar y a las posibilidades reales de promoción”. Y van más allá. “Actualmente existe un colapso en la escala de suboficiales, que provoca un paulatino envejecimineto de los suboficiales”.
Y lo argumentan con datos. La media de edad para alcanzar el empleo de sargento era de 24 años en la década de los ochenta y ahora está en los 30 años.

El cambio en las condiciones de ingreso, la eliminación de la posibilidad de ascenso a oficial por promoción interna o el retraso en la edad con que se pasa a la reserva, sin ninguna contraprestación, están entre los problemas que más preocupan a Asfaspro.
También el colapso en las escalas de suboficiales, con pirámides invertidas donde hay muchos más subtenientes y brigadas que sargentos primeros y sargentos.

Habría que cambiar, además, según Asfaspro, las evaluaciones basadas en informes personales hechos a base de apreciaciones subjetivas   del jefe calificador.

Este punto, como publicó El Faro, está incluido entre los reclamos de los miembros de Aume.

Por si fuera poco, Asfaspro denuncia que persisten diferencias laborales entre suboficiales y el resto del personal de la Administración. Así, por ejemplo, los trienios consolidados como suboficial se pagan como tropa.

Fuente: ElFaroDigital.es

Me comenta alguien que lleva estrellas de seis puntas que continúa habiendo malestar entre los oficiales del Ejército de Tierra, sobre todo entre los que están pendientes de ascender a comandante, por el sistema de evaluación y calificación para los ascensos. Es un problema que se viene arrastrando desde lejos y que mejoró algo cuando en 2010 se introdujeron las juntas tripartitas de calificación, como informó en su momento ATENEA Digital, pero que reaparece cada vez que un profesional se considera perjudicado.
 
El sistema consta de tres grupos que aportan elementos para la valoración. El primero es el Informe de Calificación Personal o IPEC, el segundo recoge aspectos como la Trayectoria Profesional o los destinos y el tercero se ocupa de la Formación. Incluso aún queda un cuarto grupo sobre Pruebas Físicas y Sanciones que no suma, pero sí puede restar.

En concreto, el que recibe más críticas es el IPEC, porque tiene un peso enorme en la nota final de la que dependen los cambios de empleo. En los ascensos de capitán a comandante, ese IPEC pondera un 40 por ciento, pero, según mi comunicante, lo más problemático es que "es completamente subjetivo y puede llegar a ser hasta arbitrario". El IPEC se compone de tres elementos y lo elabora un comité formado por tres mandos, entre ellos el superior directo del evaluado, como parece lógico por otra parte, puesto que en teoría es el que mejor le conoce.

El primer elemento del IPEC es el de la Cualidad Profesional (mandar bien), que puntúa hasta un 1,6. El segundo elemento es el de las Cualidades Personales (buena relación con los compañeros, entre otras cosas) y puntúa un 1. Finalmente, el tercer elemento es el Prestigio Profesional (lo que piensa la gente del evaluado) con un 1,4.

El segundo grupo que entra en la calificación final contiene elementos como "Trayectoria Profesional" (1,3 puntos), "Destinos y situaciones" (2) y "Recompensas y Felicitaciones" (0,7 puntos), y también pondera un 40 por ciento.

Por fin, el tercer grupo es el de Formación (inglés, carreras universitarias, cursos militares, etc.) y pondera el 20 por ciento. Como se decía al principio, el cuarto grupo es el de Pruebas Físicas y Sanciones, que no suma y sólo resta si no se han alcanzado unos mínimos en las citadas pruebas o si ha habido algún arresto.
 
Mi comunicante considera más lógico que en lugar de que la nota final se basara en la proporción 40+40+20, debería hacerlo a la inversa: 20+40+40. Es decir, quitar peso a la evaluación subjetiva (el IPEC) para dárselo al tercer grupo que es más objetivo. Considera que actualmente, cualquier militar depende demasiado de "si le cae bien o mal" a su jefe

Los oficiales no son los únicos que se quejan del IPEC. También lo sufren los suboficiales y la clase de tropa. La Asociación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, ASFAS, califica este sistema como "la peor forma de aplicar los principios de mérito y capacidad que deberían presidir la carrera militar, y sin embargo siguen aportando un peso importantísimo a la nota final de las evaluaciones. Desde ASFAS pensamos que los IPEC,s han producido daños irreparables o de muy difícil solución, tales como saltos en los ascensos, destinos que no se han alcanzado, cursos a los que no se ha podido asistir, etc".

Esta asociación publicó en marzo un informe titulado "Problemática de la Escala de Suboficiales", en el que proponía "Eliminar de forma inmediata el uso de los IPEC´s como elemento de valoración en los procesos de evaluación, de asignación de destinos y de cursos, en tanto no se estudie dentro del Consejo de Personal un procedimiento más transparente, imparcial, eficiente y eficaz de valoración del desempeño. Subsidiariamente, si se considera necesario mantenerlo para evitar litigiosidad, reducir su peso en las evaluaciones a un 10% hasta que se disponga del citado procedimiento".

Un amigo que trabaja cerca de la Cibeles, en Madrid, reconoce que el IPEC "tiene un peso brutal en relación a otros conceptos", incluso todavía mayor para los ascensos a empleos superiores. Por ejemplo, de teniente coronel a coronel, donde la proporción es 50+40+10. Es decir, la ponderación del IPEC para coronel equivale a la mitad de toda la nota. Sin embargo, opina que este informe "podría ser equivalente a la entrevista personal que en el campo civil hace un experto en Recursos Humanos, que también tiene un importancia decisiva en los procesos de selección".

Este amigo mío me dice: "si me preguntas mi opinión, te diré que el proceso me parece justo tras la creación de las juntas tripartitas de evaluación, aunque también existen otros procedimientos de evaluación como el método de los 360º que podrían ser más precisos. Se ha mejorado, pero aún falta". Vamos, que el actual método tampoco acaba de convencerle.


Fuente: Atenea Digital

Se trata de ascensos honoríficos que hasta ahora sólo se habían concedido a militares fallecidos en combate.

Los 28 ascensos aprobados este viernes en el Consejo de Ministros afectan a militares heridos en Afganistán, Irak y también en atentados terroristas en territorio español. Los ascensos, concedidos a sólo a heridos que han tenido que abandonar las Fuerzas Armadas, son honoríficos por lo que no conllevarán compensaciones económicas.

Si fueron heridos como capitán el ascenso es a comandante. Si lo fueron siendo comandante, a teniente coronel. Estos ascensos honoríficos (recogidos en la Ley de la Carrera Militar) sólo se habían venido produciendo a título póstumo. Ahora por primera vez el Ministerio de Defensa los concede también a heridos que hayan tenido que abandonar las Fuerzas Armadas por la gravedad de las heridas sufridas.

Sin embargo, según el Ministerio de Defensa, estos ascensos no se concederán automáticamente sino que requerirán un estudio "caso a caso" para valorar si concurren las circunstancias necesarias: haber sido herido en misiones internacionales, en atentado terrorista, o en ejercicios en territorio nacional.

Heridos en Afganistán e Irak

Entre los 28 ascensos honoríficos aprobados hoy en el Consejo de Ministros se encuentran cuatro militares heridos en ataques insurgentes en Afganistan e Irak: Sergio del Cristo Santisteban, que fue herido en un atentado en Diwaniya el 26 de febrero de 2004 al explosionar un artefacto al paso de su patrulla ; Gonzalo Miguélez y Antonio Cures heridos en atentado terrorista en Afganistán el 9 de noviembre de 2008 con la explosión de un vehículo suicida lanzado contra el BMR en el que patrullaban; y Agustín Gras y Jenyfer García, heridos en Afganistán el 18 junio de 2011 en la explosión de un artefacto explosivo al paso de un vehículo Lince en el que viajaban.

La aguja contaminada en el hospital de campaña

La capitán R.M.F. que ha sido ascendida a comandante no resultó herida en atentado ni por un ataque insurgente. El 18 de Diciembre de 2007, estando destinada en Afganistán la capitán estaba atendiendo de urgencia a un civil herido en atentado terrorista cuando sufrió un pinchazo accidental con una aguja contaminada en el hospital de campaña español Role 2 de Herat. El pinchazo desembocó en una enfermedad vírica que ha sido calificada por defensa de "nulas posibilidades de recuperación". La capitán pasó a retiro como consecuencia de acto de servicio el 11 de enero de 2011 tras batallar por que Defensa reconociese que su enfermedad era una "herida en acto de servicio". La hoy comandante...lo consiguió.

 

Fuente: Cadena Ser

El presidente de ASFAS, compañero de fatiga en estas circunstancias que nos está tocando vivir, ha publicado un artículo sobre nuestros compañeros, que si nadie lo impide, quedarán retenidos en el empleo para el resto de su carrera. Por su interés, plena actualidad y por ser también una de nuestras mayores preocupaciones y máxima prioridad en estos momentos, reproducimos aquí parte de ese artículo.

La inseguridad jurídica a que se están viendo sometidos 10 brigadas de la VII promoción de la Academia General Básica de Suboficiales (AGBS) del Ejército de Tierra, que habiendo sido declarados APTOS  para el ascenso hasta en  8  evaluaciones (4 de ellas tras la entrada en vigor de la L 39/07 de la carrera militar), quedando si no se remedia postergados/ inmovilizados  en el empleo, no tiene parangón en la historia de nuestras Fuerzas Armadas.

A pesar de las expectativas de carrera amparadas por ley que les ofrecía el Estado cuando ingresaron en la academia tras aprobar una dura oposición y superar los planes de estudios correspondientes, pasarán más de 20 años de su vida profesional en el mismo empleo.

Contrariamente a lo que la anterior  ley de personal (L. 17/99) establecía; que en el ascenso por selección, una vez reordenados los evaluados para el mismo, ascenderían todos aquellos declarados aptos, estos hombres cuya hoja de servicios es intachable, sin embargo, no han disfrutado de este derecho.

A pesar de que la inmensa mayoría de estos brigadas ocupan y/o desempeñan destinos y cometidos de subteniente o de superior categoría, no ascenderán.

En definitiva, a pesar de haber sido declarados APTOS hasta en 8 ocasiones para desempeñar cometidos que ya vienen realizando, si esta injusticia no se remedia, no ascenderán. Y no somos capaces de determinar una razón objetiva que lo justifique, aunque alguien pretenda motivarlo con consideraciones que pudieran ser válidos para otra escala, pero no para estos militares.

A los suboficiales se nos ha sustraído el derecho a ascender a promoción por año, como sí lo han hecho otras escalas. Los suboficiales no hemos tenido cupo anual de pase a la reserva a petición propia, como sí lo han tenido y tienen otras escalas. La anulación del derecho de ascenso en activo a teniente usurpado en las leyes de personal, ha impedido un adecuado flujo de ascensos para los suboficiales,  colapsando la escala, ya que solo ha permitido el ascenso en los últimos 10 años a costa de incrementar hasta un 57% la plantilla de subtenientes.  Aplicar  cualquiera de estas variables sin otras consideraciones,  hubiera solucionado el tema de estos compañeros.

 

Leer el resto del artículo.

 

Va siendo habitual ver este titular en negrita y mayúsculas en el apartado V.- Otras Disposiciones, del Boletín Oficial de Defensa. Frecuente, porque en tan sólo 36 meses hasta ocho Instrucciones de los tres Jefes de Estado Mayor establecen, suben, bajan y derogan valoraciones, puntuaciones y fórmulas a aplicar en las evaluaciones.

No es de extrañar un número tan elevado, porque las órdenes Ministeriales publicadas sobre evaluaciones y ascensos no son pocas: siete.

Para tratar de aclarar órdenes ministeriales, instrucciones y resoluciones, los Jefes de Estado Mayor publican, además, guías e instrucciones generales o técnicas que acaban de rematar el maremágnum en el que se ahoga el evaluado.

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